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mi marido firmó el finiquito

12 Comentarios
 
18/08/2007 18:20
Estoy contigo Dune.

He encontrado a través de google una Sentencia que puede interesar:
http://www.ugt.es/pvalenciano/almacen/normativaempleo/pdfstsj/882005.pdf
18/08/2007 13:33
Sin embargo, a pesar de la coletilla, el finquito no puede suponer una renuncia a derechos irrenunciables ni a las diferencias salariales que le corresponden por convenio.
O sea, si en vez de finiquitarle en base a 1000 euros, le finquitas en base a 50 euros..el hecho de que firme no implica que renuncie a su salario mensual..y el finiquito por mucha coletilla que tenga se puede reclamar.
¿No es asi?
18/08/2007 11:40
Perdonad, ha salido por triplicado, no fue mi intención.
No sé que ha pasado.
18/08/2007 11:18
Hola de nuevo,

Yo entiendo, que aunque firmes la carta de despido en la que se reconoce la improcedencia y no pongas "no conforme" puedes reclamar igual.

Otra cosa es que te convenga o no.
De hecho si la empresa ofrece la indemnización en la carta y no la deposita en el Juzgado tal y como señala el E.T. correrán los salarios de tramitación. No basta con que la ofrezca y la ponga a disposición del trabajador a través de talón o transferencia.

Saludos
18/08/2007 11:07
Hola de nuevo,

Yo entiendo, que aunque firmes la carta de despido en la que se reconoce la improcedencia y no pongas "no conforme" puedes reclamar igual.

Otra cosa es que te convenga o no.
De hecho si la empresa ofrece la indemnización en la carta y no la deposita en el Juzgado tal y como señala el E.T. correrán los salarios de tramitación. No basta con que la ofrezca y la ponga a disposición del trabajador a través de talón o transferencia.

Saludos
18/08/2007 11:03
Hola de nuevo,

Yo entiendo, que aunque firmes la carta de despido en la que se reconoce la improcedencia y no pongas "no conforme" puedes reclamar igual.

Otra cosa es que te convenga o no.
De hecho si la empresa ofrece la indemnización en la carta y no la deposita en el Juzgado tal y como señala el E.T. correrán los salarios de tramitación. No basta con que la ofrezca y la ponga a disposición del trabajador a través de talón o transferencia.

Saludos
18/08/2007 10:28
Dune todo depende de cómo esté redactado cada documento, y desde luego en mi empresa al finiquito se le pone una coletilla con la cuál el trabajador declara que no se le debe ninguna cantidad. Si él la firma tal cuál, no podrá reclamar nada, si no está conforme debería indicarlo en el documento. De esa manera sólo reconoce haber recibido esas cantidades pero no que sean correctas. La carta de despido en sí misma, es una comunicación y el firmarla no implica la aceptación sino la recepción. Otra cosa es que en la misma se reconozca la improcedencia y se indique la indeminización. Si es así, y el trabajador firma, pues deberá poner no conforme o estará aceptando como buena la indemnización. El problema es que no sabemos con exactitud qué es lo que ha firmado ni la redacción de cada uno de los documentos.
Un saludo
17/08/2007 21:21
Tengo entendido que la firma de la carta de despido, comunicando el mismo, si no se añade "no conforme" implica la aceptacion de la finalizacion de la relacion laboral, por lo que no ha lugar reclamacion.
El mutuo acuerdo entre las partes es una de las condiciones para la finalizacion del contrato segun el art. 49 del ET.
En cuanto al finiquito, su firma indica que se han recibido las cantidades en el indicadas, no implicando en ningun caso que se pierda el derecho a reclamar cualquier cantidad no incluida en finiquito y que debia haberlo estado (vacaciones pagadas de menos, etc..)

Eso tengo entendido yo de siempre.
17/08/2007 19:45
En principio el despido parece improcedente, vamos, suele serlo, por lo que debes diferenciar 2 conceptos: el finiquito que son las cantidades debidas, nómina si la incluye, parte proporcional de vacaciones devengadas y no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra si no estaban prorrateadas. Por otro lado está la indemnización si han reconocido la improcedencia del despido. Ésta será de 45 días por año trabajado. Qué es lo que ha firmado? Si es el finiquito... normalmente tiene una coletilla como te comenta Matmal, por lo que míralo bien. Si es la indemnización, no podrá reclamar nada. En caso de que no hayan reconocido la improcedencia, debe demandar.
Que no sea justo que se despida a un trabajador por estar de baja, lo pensamos todos, incluso el legislador al establecer que los despidos cuando son improcedentes han de ser indemnizados. La indemnización no es un premio, como cualquier otra indemnización, son unas cantidades "pensadas" para compensar lo que podríamos denominar el "lucro cesante", es decir, lo que has dejado de ganar.
Un saludo
17/08/2007 19:06
Perdonadme, pero es que me pierdo.
Vamos a ver, el hecho de que firmes la carta de despido no significa que estés de acuerdo, sino simplemente que la recibes. contra la decisión empresarial de extinguir la relación laboral en base a unos hechos inciertos puedes emprender acciones legales dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de efectos del mismo. En la carta, la empresa supongo que reconoce la improcedencia del mismo???

Normalmente el finiquito dice que te das por saldado y finiquitado no teniendo nada más que reclamar.
Yo aún así, creo que no afecta para nada, dependiendo de mi estado de ánimo y ganas, quizá interpusiera reclamación.

Saludos
16/08/2007 21:52
Permiteme diferenciar entre el finiquito y la carta de despido.
Si se firma el despido y no se especifica "no conforme", el despido no se puede reclamar, para reclamar el despido el plazo es de 20 dias laborables, incluidos sabados desde la fecha del mismo.
Si el finiquito se firma, solo se indica que se ha recibido la cantidad indicada, no que se este conforme, por lo que se puede interponer una reclamacion de cantidades por el importe abonado de menos, el plazo es de un año, cualquiera cantidad anterior al año se pierde, no da derecho a reclamacion.
16/08/2007 16:46
El hecho de que se firme un finiquito no quita que puedas acudir a la vía jurisdiccional, si no estás de aucerdo, tienes 20 días desde la firma del mismo para recurrir y antes de ir a juicio puedes acudir a la extrajudicial, normalmente los sindicatos suelen llevar bastante bien esos temas, con lo cual podéis acudir a ellos, que os indicarán los pasos a seguir y como bien dices si es por un accidente, el despido puede ser improcedente. Espero haberte ayudado un poco y para otra vez aunque firme que lo haga poniendo que no "no conforme"
Mi marido firmó el finiquito
16/08/2007 15:57
mi marido fue y firmo el finiquito, y como el dice siempre que ellos saben mas que nosotros de este tema que seguro que esta bien. Y yo creo que no, porque mi marido cree que todo el mundo es bueno y como el que no sabe es como el que no ve, pues así nos la dan todas.
Y ahora digo yo esto tiene solusión,pues creo que es muy poco lo que ha cobrado y que no es justo que lo despidan por haber tenido un accidente de tráfico no laboral y que encima fue porque nos echaron de la carretera.
Un saludo a todos y que quien pueda disfrute de sus vacaciones.