Quería saber si existe alguna posibilidad de reclamación o de impugnar el registro de una marca. Yo llevo trabajando a nivel local 5 años con una marca (que no registré en su día) ahora esta en proceso de registro por parte de otra empresa utilizando mi mismo logotipo de diseño exclusivo.
Consideramos que habría que dar dos enfoques a tu respuesta, en primer lugar acerca de LA PROPIEDAD INTELECTUAL sobre el logotipo que aparece en tu marca. Es decir, si podemos demostrar que ese logo es de tu creación y tú eres el autor podrías oponerte al registro de la marca a nombre de aquella empresa. Esto es así ya que no hay registro que prevalezca a la fecha de creación de una obra por su autor. El autor ostenta la protección de la Ley desde el momento de la creación de la obra.
Desde el punto de vista de la protección que te ofrece LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, la única protección que podrías ostentar es la de la marca “notoria”, en la medida que puedas demostrar que tu marca es notoria es cuando tendrás poder para oponerte a la solicitud de la empresa que utiliza tu mismo logotipo.
La marca notoria es aquella marca conocida por el público al que se destinan sus productos o servicios y si no está registrada tendrías legitimidad para ejercitar la correspondiente acción de nulidad y paralelamente a presentar oposición al registro en la vía administrativa.
Del mismo modo cuando la marca es conocida por el público en general, se considera que la misma es renombrada y el alcance de su protección se extiende a cualquier género de productos o servicios. Es decir, si tu marca es muy conocida en el sector por publicitar, por ejemplo candelabros, nadie podrá utilizar tu marca aunque sea para publicitar productos diferentes (como podrían ser zapatos).
Te informamos que si la marca solicitada está en proceso de publicación tenemos acción para oponernos al registro. Del mismo modo consideramos que tendríamos acción por competencia desleal contra la marca solicitada similar o idéntica a la tuya.
Te informo que en virtud de un acuerdo de colaboración alcanzado con PORTICOLEGAL te ofrecemos asesoramiento telefónico gratuito o en persona en nuestro despacho de Barcelona, así que llámanos y te asesoraremos.
Informa a la secretaria que llamas vía PORTICOLEGAL.
Esperamos haberte ayudado y quedamos a tu entera disposición.
Atentamente
José Coll & Pablo Castells
Abogados
ASESORÍA JURÍDICA DE LAS ARTES
Tel: 93 366 39 90
Mail: propiedadintelectual@pique-aa.com
Hola Javier,
En relación a tu consulta, para presentar oposición por vía administrativa en base a tu "marca notoria no registrada", es necesario además de alegarlo en la oposición, acreditar debidamente y a nivel nacional (no solamente local) por medio de documentación; nivel de facturación, inversión en publicidad, declaraciones de proveedores, antigüedad, etc. Te informo que en muchos casos y a la hora de admitir o no dicha notoriedad, toda prueba es poca, y más aún indicando que has usado la marca solo a nivel local.
No obstante, se podría intentar por vía administrativa su denegación, que si se consigue sería menos costoso que ante tribunales, pero lo más probable es la necesidad de iniciar una acción civil pidiendo la nulidad de esa marca por mala fe y competencia desleal, demostrando la posible relación comercial y conocimiento que hubiera podido existir entre ambas empresas.
Si deseas más información, puedes contactar conmigo.