hola tengo 19 años y mis padre se separaron cuando yo tenia 2 años en todo este tiempo mi madre me tenia que haber pasado la manutención y nunca me a pagado nada.
Sigo estudiando y me hace falta mas de lo que mi padre me puede dar, quería saber si puedo denunciarla y que me pagara los años que me debe aunque no se si siendo mayor de edad puedo conseguir algo o si puedo acusarla por abandono? pueden ayudarme? Gracias.
Hola, ¿ tú has vivido con tu padre o con tu madre todo este tiempo ?, ¿quién tenía tu custodia mientras eras menor?, ¿ había un convenio o sentencia en el que se estipulase una cantidad x ?.
Si aclaras esas preguntas quizás se te pueda ayudar antes de que te juzguen de esta manera en el foro.
De todos modos ya te adelanto que aunque seas mayor de edad, mientras no seas independiente y estés aprovechando tus estudios, sí tienes derecho a ser sustentado por AMBOS progenitores, y que para este tipo de reclamaciones solo puedes pedir los últimos 5 años, siempre y cuando hubiese una cantidad establecida.
No estoy de acuerdo, no tienes derecho a ser sustentado por ambos progenitores porque sí, sólo tienes el derecho de alimentos entre parientes, que está en función de las posibilidades del alimentista y las necesidades del alimentante, lo que valorará el juzgador en su caso.
Agripa, este es un tema interesante, pues mi abogada habló en estos terminos cuando le planteé la anulación de la pensión alimenticia, ahora hay que ver quien es el alimentante y el alimentista, y cuales son los criterios que siguen los jueces.
un saludo
Vz19, prefiero pensar que no ha sido muy afortunada su redacción a la hora de plantear sus inquietudes. Con todos mis respetos, es de agarrarla con pinzas.
Si existía una sentencia que obligaba a su madre al pago de una prestación por alimentos, en civil podría ir a una ejecución y solicitarle las cantidades adeudadas sobre los últimos 5 años. En penal, si pudo pagar y no pago, hasta se le podría imputar el delito que menciona. Si no existía esa sentencia, como mucho podría invocar alimentos entre parientes. Hasta aquí lo que dicen los libros gordos de Petete.
Ahora bien, sospecho, quizás me equivoque, que puede tener usted algún tipo de trauma, y no digo que no sea natural, debido a ese abandono materno. Creo que antes de nada debe de deshacerse de ese trauma, no son sanos esos traumas, su salud se lo agradecerá.
Como comentario personal, no vinculante, yo pasaría página. Me diría a mi mismo que si he sobrevivido 19 años sin esa persona puedo sobrevivir 90 más, por lo menos. He pasado por varias situaciones de esas y pasé página, no hurgué en mis llagas, simplemente las curé. Asumí mis circunstancias como parte de la vida y seguí adelante sin cargas innecesarias. El tiempo es lo suficientemente vengativo como para poner a cada quien y a cada cual en su sitio.
la custodia la tiene mi padre y si que había cantidad establecida y no recibió mi padre nada ni por alimentos ni por nada todo lo a pagado el hasta ahora.
Y lo de tener morro nada, con perdón, pero yo creo que si tienes hijos tienes que mantenerlos no desacerté de ellos. yo nunca le he pedido nada porque no me a echo falta pero ahora para seguir estudiando si. un saludo
A ver porque aquí existe un problema .
Primeramente al existir una sentencia con cantidad de manutención establecida ,el encargado de demandar por ejecución de sentencia recaeria en el padre custodio ,en ningún caso en el hijo.
El hijo podria entablar un procedimiento en relacion al 142 de CC ,derecho de alimentos entre parientes.
Curioso el enfoque de la gente, ¿Las respuestas hubiesen sido las mismas si en vez de madre hubiese puesto padre?...me temo que no. Si cuando un padre incumple su obligcion para con los hijos se aconseja y se apoya su denuncia, no entiendo porque tiene que ser diferente si la que incumple es la madre. Aqui tenemos un ejemplo de que ser buen padre no es cuestion de sexos como se empeña en hacernos creer la justicia.
Así es, si las custodias fueran al 50% para hombres y mujeres, los pecados(impago de pensiones,de visitas,peticiones de custodia compartida para no pagar pensión....)también se igualarian.
Cosa que no verán ni nuestros nietos, ya que la custodia seguirá siendo,casi siempre, para las mamás.
Si existe una obligación en resolución judicial (de separación o divorcio) establecida a favor del entonces menor (quien pregunta), tu padre (no tú) está legitimado para: a) actualizar la pensión; y, b) reclamar el pago de los últimos 5 años pues los restantes, están prescritos.
En consecuencia, tu papá tiene el mismo derecho que muchas mamás, a ejecutar la sentencia y reclamar en tu nombre de tu madre, lo que te corresponde legalmente.
Cuestión diferente es si tu padre considera que tienes todo lo que necesitas o no. Y con 19 años, puedes colaborar (pues también tienes obligaciones) a tu sostenimiento.
Un saludo.