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Mi hijo ya trabaja ¿cesa ya su pensión?

16 Comentarios
 
15/11/2013 12:05
Hola

No me expreso bien o no me aclaro. Tengo 2 dudas:

Si mi hijo ya no vive con su madre y yo empiezo el proceso para que se extinga o como se llame el convenio y cuando salga la sentencia pueda dejar de pagar la manutención y vendemos el piso y lo repartamos.

1ª - ¿A quién le tengo que seguir pagando los 500 e hasta que salga la sentencia?

2ª Si es a mi hijo, que creo que sería lo lógico, porque si se los paso a ella no se los va a dar. ¿Le puedo pagar a mi hijo en mano y que me firme un justificante de que lo ha recibido en vez de hacerlo por transferencia? ¿Es legal o no?

Gracias y un saludo.
15/11/2013 08:24
Yocampanilla, si, puede solicitar la extinción de la pensión e incluso la devolución del dinero indebidamente pagado pues existe jurisprudencia al respecto. Además, puede extinguir la atribución del uso y disfrute de la vivienda y la obligación de pago de los gastos extraordinarios. Un saludo.
14/11/2013 10:35
Gracias

¿Pero tu hijo vive con tu ex? Porque el mio no.

¿A quién le sigues pasando la pensión?

Me sigue quedando la duda de si se la puedo pasar a él porque si se la paso a mi ex no se la va a dar y se la va a quedar ella y eso no es justo.

Si es así ¿se la puedo dar a mi hijo en mano y que me firme un papel diciéndome que la ha recibido?

Un saludo.
14/11/2013 10:25
Para pedir modificación de medidas deben existir razones duraderas.
Que lleve dos semanas trabajando nose yo si juez lo va a considerar suficiente como para extinguir pension xq y si tendro de 2 meses le echan o se acaba contrato??
Yo estoy en situacion similar mi hijo tiene contrato de practicas por 6 meses y creo argumentaciones contrarias me harian perder dinero en la demanda, asi que yo esperare a proximo contrato para que no digan que solo fueron 6 meses de practicas pagadas
13/11/2013 11:46
En caso de que opineis que mejor siga pagando a mi hijo hasta que dentro de un año salga la sentencia.
¿Podría pagarle en mano y que él me firmara un papel como que lo ha recibido? ¿Eso sería válido? ¿O es obligatorio que le haga una transferencia?

Es que él no quiere que le siga pagando porque ya trabaja y no lo vé justo y si hacemos lo de dárselo en mano y que me firme un papel sería una manera, pero si legalmente no es posible....

Saludos.
13/11/2013 11:41
Hola

Desde el día 1 de este mes mi hijo ya no vive con su madre y se ha empadronado en la nueva vivienda y sigue trabajando.

¿Tengo obligatoriamente que contratar un abogado para presentar en el juzgado que no le siga pasando la pensión?

¿No podría presentar yo el certificado de empadronamiento y su nómina y un papel en donde pido que ya no le pague la pensión y ya está?

En este caso ¿Qué pongo en el papel?

Como ha dicho josejuan64 en el convenio dice que tengo que pasarle la pensión hasta que él trabaje o hasta que cambie de estado civil y ya trabaja así que... ¿no debería ser más fácil que contratar un abogado y un procurador y esperar un año al juicio?

Gracias y un saludo.
29/10/2013 13:43
Hola Pulpo,la ley dice que la pensión alimenticia debe de pagarse hasta que el hijo o hija se hayan emancipado económicamente,y por lo que cuentas su hijo ha encontrado trabajo por lo tanto debe solicitar la anulación del convenio regulador con respecto a ese hijo,siempre que usted demuestre que su hijo está trabajando,de todas maneras no deje de pasar ni un instante más y vaya a un abogado aportando toda la información necesaria,porque por sistema si usted no hace nada ese hijo seguirá cobrando un dinero que ya en teoría no le corresponde,así que vaya a un abogado sin perder tiempo,que 500 euros es el sueldo de muchas familias españolas.Desde luego que cada día me quedo más sorprendido al leer todos los casos de las pensiones de alimentos a nuestros hijos. Suerte amigo.
29/10/2013 01:16
Buenas noches:
Podría intentar solicitarse la modificación de medidas con efecto retroactivo hasta la fecha que se considerara oportuna la cesación de la obligación de pago.
Si lo desea puede contactar conmigo, e intentaré asesorar le sin compromiso alguno.
Britos_canete_abogados@hotmail.es.
Un saludo
28/10/2013 20:46
Y digo yo: ¿podría presentar como medida provisional la suspensión del pago?
28/10/2013 19:36
El comentario efectuado por Pulpo Paul, es el acertado. Ese mismo caso he tenido yo, y mi ex me demandó por no pasar la manutención, ya que mi hija trabajaba y vivía con su novio. Mi ex me damandó solicitándome el pago de los cuatro últimos años. Menos mal que la juez sólo reconoció uno, y porque mi hija cobró en B, y no lo pude demostrar... . El caso es que he tenido que soltar la gallina... . Ni se te ocurra cortar el pago, porque de lo contrario te arrepentirás. Para ello y repito lo de PulpoPaul, busca un abogado y un procurador y solicita mediante la modificación de medidas, la extinción del pago. Ello te costará un precio aprox. de 1400 euros. Animo y sobre todo mucha suerte para que te lo concedan ya que es muy poco el tiempo que lleva trabajando tu hijo.
Mikell.
28/10/2013 18:30
Hola:

No, YoCampanilla, no hay otra forma que la de interponer una demanda de modificación de medidas, para lo cual necesitará de los servicios de abogado y procurador.

Al ser un convenio firmado entre usted y su ex son ustedes dos los principales protagonistas. Y se equivoca si cree que su ex no le puede denunciar en caso de impago de prestaciones.

En su caso creo factible hacer lo siguiente:

1.- Presente demanda de modificación de medidas, en la misma solicite efectos desde su presentación.

2.- No pague a su ex, pague a su hijo, de forma fehaciente, aunque no sea real, pero que conste el pago. Se le podría acusar de no cumplir estrictamente la sentencia, si es que en la sentencia pone que debe ingresar en la cuenta tal a nombre de su ex, pero no del impago de prestaciones en sí, con sus consecuencias civiles y penales.

Como quiera que va a tener que contratar un abogado coméntele esto que le expongo.

En ningún caso se le ocurra cortar el pago de la prestación de motu propio porque, como poco, acumularía deuda e incluso se le podría imputar un delito de impago de prestaciones a partir del impago de dos meses consecutivos.

Consulte en el SOJ (Servicio de Orientación Jurídica) o Colegio de Abogados de su localidad o próxima más relevante por si fuera acreedor del beneficio de justicia gratuita.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
28/10/2013 17:05
Pues si cree que su hijo no le va a denunciar, entonces no siga pagando. Ya sé que es un poco fuerte eso de dejar de pagar, pero según entiendo el juez declarará extinta la pensión con carácter retroactivo desde la fecha en que esta ya no era pertinente, y su madre no podrá demandarle por dejar de hacerlo. Pregúntele a un abogado antes, que lo mismo estoy mal informado y se mete en un lío.

Suerte.
28/10/2013 13:30
Hola
Francola: ¿me puedes decir cuál es la jurisprudencia?

PulpoPaul: Pero según eso si mi hijo se va de casa y gana un sueldo y yo pongo una demanda de modificación de medidas y actualmente cuesta alrededor de 1 año que salga el juicio, si durante esos 12 meses le sigo pagando a mi ex esos 500 €, los disfruta ella ¿no? y si en el juicio es retroactivo y me dan la razón para rato me los devuelve.....

No lo veo lógico que le tenga que seguir pasando los 500 € cuando mi hijo no los va a disfrutar.

¿No hay alguna manera de evitar eso?

almendraleja: Yo creo también que me tendría que denunciar mi hijo, cosa que no va a hacer, pero si tengo que seguir pasando la pensión no me sobra dinero para contratar un abogado, por eso estoy preguntando aquí.

Gracias por contestarme
27/10/2013 23:15
Además creo recordar que en caso de no pagar sería su hijo mayor de edad el legitimado para denunciarle a usted. Pero no estoy seguro. Consúltelo con un abogado.
27/10/2013 21:29
Hola:

La prestación por alimentos establecida en un convenio-sentencia de separación, divorcio o similares no se extingue automáticamente nunca. Para que se extinga es necesario interponer una demanda de modificación de medidas solicitando al juez su extinción.

Obviamente, estando de acuerdo el hijo, va a ser mas fácil que se conceda.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
27/10/2013 12:37
Hay nueva jurisprudencia del 2012 que la paga de alimentos cesa, a los 18 años, solo queda la obligacion de alimentos si no es independiente economicamente, por lo tanto informese bien en un abogado.
Mi hijo ya trabaja ¿cesa ya su pensión?
26/10/2013 19:11
Hola.
Estoy divorciado hace 10 años y mi hijo vive con su madre en nuestro piso.
Le paso a mi hijo una pensión de manutención de 500 € al mes y hace 2 semanas mi hijo, de 21 años, se ha puesto a trabajar y en cuanto cobre la primera nómina se va a ir de casa, porque se lleva muy mal con su madre.
He leido algo de que si él trabaja y se va de casa a un piso de alquiler que va a pagar con su sueldo, yo ya no tengo obligación de pasarle la pensión, si él me firma un papel diciendo que no la quiere y luego la llevo al juzgado.

Mi pregunta es: ¿valdría con eso?
Y, ¿alguien sabe qué es lo que tengo que poner necesariamente en la carta para no tener problemas? ¿Alguien tiene una "carta tipo"?

Gracias y un saludo.