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mi hijo de seis años miente?

24 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 24 comentarios
25/05/2009 09:27
en estos momentos no puedo enviar ni la solicitud de personacion ni la autorizacion para la presentación de documentos, pero a lo largo de hoy o como mucho mañana intentaré colgarlos.
Un saludo.
25/05/2009 08:00

RAKHSUN, creo que como coguionistas de una serie de televisión no tendríamos precio, jejeje. Lamentablemente, en nuestro país y en otros de rancia tradición hispana, rige la LOME (Ley Orgánica del Mínimo Esfuerzo) y unos de sus artículos reza:
“No hagas el trabajo que pueda ser realizado por otro, en otra ventanilla” No hay más, son casos agudos de “vaguitis”.

ZORAIDA, interesante lo de ese escrito en caso de que nos manden a freír espárragos y muy acertada tu apreciación sobre las realidades paralelas y difícil, muy difícil, hacerlas coincidir.

CARLOS, como te indica Nuria convenio en mano y, sí, ciertamente es un despelote pretender que después de hacerte 400 Km. te digan que Lourdes queda 50 Km. más allá. Si el sistema funciona como se supone que debe funcionar, ¿no enviarían del juzgado una orden a la policía?, a esos mismos agentes, para que efectuaran las correspondientes diligencias. Huy, huy, huy, quizás no ande tan desencaminado en mis apreciaciones y quizás esos agentes saben:

1º Que redirigiéndote a los juzgados se quitan el muerto de encima.
2º Que el juzgado no va a cursar orden alguna.

¿Me equivoco?

Un cordial saludo
25/05/2009 07:59
Hola:

Intentaré contestar a todos.

MARTA, estoy muy de acuerdo que las actuaciones que se van a realizar por la policía dependen de la Comunidad Autónoma, del Cuerpo, es más, yo diría que hasta de la localidad. No debiera ser así, pero es. Problemas de un sistema político ya denominado como el de “los Reinos de Taifa”, un despelote de rango 17 más 2, expertos en política y famosos augures de futuribles, consultados por muchos gobiernos, afirman el fracaso de tal sistema. En mi comunidad y mi localidad, la policía me garantiza su disponibilidad para intervenir en estos casos, se lo pregunté directamente.
Ciertamente, en tales casos, viene a resultar imprescindible portar, junto con el DNI, el Convenio de Separación o Divorcio más la sentencia que lo ratifica, como bola de presidiario que nos acompañará de por vida por el hecho de ser separados o divorciados.
No quejarse, no vaya a ser que nuestro gobierno invoque un retorno a nuestras raíces culturales y resucite más viejas formas, incluido el paseo, sentado en montura asnal, con capirote en la cabeza y mirada a la parte trasera del animalito. Huelga decir que la modernidad impediría el lanzamiento de ciertos productos de huerta, los precios son prohibitivos, más con la crisis.

Estoy de acuerdo, Marta, en que, en algunos casos, engordar un poquito la gravedad de los hechos pudiera resultar efectivo. He dicho un poquito, tampoco nos pasemos. Téngase en cuenta que es muy probable que tengamos que requerir los servicios de dichos agentes en más de una ocasión, sobre todo en poblaciones pequeñas.
Por otra parte, si se negaran a acudir al lugar de los hechos, creo recomendable argumentar lo ya expuesto, que dichos hechos, al amparo de nuestro Código Penal, podrían ser constitutivos de falta o delito tipificado. No conozco en profundidad la legislación española pero en otras esto está claramente articulado y ante una falta de respuesta por parte de la autoridad luego vendría Paco, el de las rebajas.

También, estoy de acuerdo con que, al ser separado o divorciado, nos tengamos que convertir en unidades de inteligencia, libreta en mano, anotando todo tipo de datos, grabadora de audio o video de por medio, monitoreo de llamadas entrantes o salientes de nuestro teléfono, etcétera. Y no veas como tengas una orden de alejamiento, la mía se anuló por la indefensión que padecí en el juicio en la que se dictó. Ahora nos vienen con las “memeces” de las pulseras o mejor dicho, tobilleras, parece ser. A mi entender, mejor harían en ponerlas al supuesto delincuente y a la “víctima”, única manera de saber, mediante análisis vectorial y seguimiento satelital, quien se aproxima a quien, te lo dice todo un experto, reconocido por el Estado Español, trabajé como tal para él, en electrónicas varias. Al final, todos perros, los hijos “michinos” y el verdadero problema sin resolver.

Para mí la solución, en mi caso, es clara. Mis hijos, no nacidos aquí, y yo fuera de este insano país, asunto solucionado. Te garantizo que hay muchos países que no tragan ni asientan en su sistema legal el despelote que existe en el nuestro.

Por lo demás, ante semejante realidad, muy correctas sus apreciaciones.


FERRO, intentaré explicar porque prefiero la comisaría al juzgado. Es subjetivo, desde luego. Diré, en primer lugar, que tengo una dilatada experiencia de juzgados y comisarías, este mes, el 21, me estrene como imputado. Según mi abogado, tras la declaración ante el juez, es muy probable que no salga ni juicio y el juez desestime la denuncia interpuesta por mi ex, lleve preparada una declaración escrita de 4 hojas más 114 hojas de anexos que sustentaban mi declaración.

En líneas generales, creo que la presentación de una denuncia en los juzgados si puede influir en una actuación más rápida. Pero, desde mi experiencia personal, he visto de todo, hasta un caso, muy doloroso para mí, mediando la muerte de un menor, hace 25 años, donde llegaron a hacer desaparecer un expediente entero en los juzgados, había muchas autoridades implicadas. En aquel tiempo fue la Policía Nacional la que destapó todo, en mi presencia y en un plis-plas, su actuación fue, simplemente, excelente.
También he podido observar a raíz de una denuncia interpuesta en el 2007, como se limitaron a recoger mi denuncia escrita en el juzgado y en una semana serme contestada con un auto de sobreseimiento provisional, sin mediar investigación alguna y prefiero no seguir contando. Sin embargo, es rara la vez que mediando denuncia en comisaría, en mis casos, está no venga a ser ampliada con actuaciones policiales directas, algunas de ellas en mi presencia que vienen a corroborar lo denunciado y esto siempre viene bien. Creo que es algo a tener en cuenta en ciertos casos.

Como digo son apreciaciones personales que no tienen porque sentar norma, obviamente, que estas cuestiones más que ciencia son arte.
24/05/2009 22:11
hola carlos,siga las intrucciones de NURIA MG,creo q son las correctas,

por cierto,se le puede escribir un carta al juez??
como se la hacen llegar??
24/05/2009 21:23
Debe llevar siempre encima la sentencia judicial, y si la policía se niega a hacer su trabajo con esa disculpa, insistir en que porta una sentencia judicial que dispone la entrega del menor, si mantienen esa actitud, debe presentar la oportuna queja pues va a constar que hizo la llamada y que ésta no se ha personado a su requerimiento.
Es lamentable.
Un saludo.
24/05/2009 19:29
policía nacional siempre.

Suerte
24/05/2009 17:56
Es una triste y lamentable situacion que se repite diariamente.
Nosotros hemos solicitado en innumerables ocasiones que la policia se personse y no lo ha hecho.
Acutalmente, tengo preparada una plantilla de SOLICITUD DE PERSONACION para no solicitar oralmente que venga a auxiliarnos, sino que quede constancia de ello y si no vienen, ya veremos quien debe responder.
Paciencia, debes reunir pruebas, cuantas más mejor y luego tener "suerte" en tu procedimiento judicial. Una cosa es la verdad efectiva que se vive y se sufre y otra cosa, es conseguir hacer esa realdiad "verdad legal" y encontrarle una fundamentación jurídica.
Suerte.
24/05/2009 13:17
Un par de errores;
"en las que indican que NO se acudira a este tipo de servicios"
"los agentes NO pueden obligar a nadie a hacer entrega del menor al otro si se niega"
Disculpar
24/05/2009 13:14
Una aportación sobre el tema de llamar a la policía por incumplimientos. Depende mucho de la comunidad dónde resida, en la mayoria de cuerpos hay instrucciones en las que indican que se acudira a este tipo de servicios porque NO se puede hacer nada si no hay denuncia del progenitor afectado, los agentes pueden obligar a nadie a hacer entrega del menor al otro si se niega. Esta media viene porque los viernes por la tarde se colapsan los telefono de emergencia por este tipo de servicios, en los cúales, desgraciadamente no se puede hace nada. Si quieren que acuda un patrulla al lugar, cuando llamen exageren un poco la situación "discusión" entre ex-pareja por la entrega de los menores, la madre se ha "encerrado" en casa y prohibe..., me ha insultado, amenazado, etc. CON LA SENTENCIA EN LA MANO, IMPORTANTE. Una vez consiga que vayan, anotese la hora que han sucedido los hechos, dónde, que agentes han acudido (número de identificación,etc. Raramente elaboraran un atestado sobre los hechos, lo que si que se crea es un incidente por cada llamada recibida dónde se indican la hora del incidente, quién ha llamado, el día, el lugar, los doatos de las dos partes y la problematica surgida. Con esto que queda registrado se va a comisaria y interpone denuncia haciendo contar en la misma que se persono una patrulla tal dia, a tal ora en tal lugar y medio entre las partes. Con eso el juez o su abogado ya sabran como solicitar el incidente.
Esto solo sirve si hay un incidente puntual de estira y afloja, en el caso que usted vaya a recógerlo y no esten o situaciones similares, no hace falta que llame a la policía. Aquí solo le serviria un testigo que corooborara su versión en el juicio.
La policía es un mero intermediario en estos casos entre nosotros y el juzgado. Si no hay incidente y le es posible presentar la denuncia en el juzgado, yo lo haria asi, es más rápido.
24/05/2009 01:52
Dicho lo cual ser pudiera que la señora en alguna de sus fiestas etílicosicotrópicas diera por buena o mala suerte a parar de bruces con la policía, y de tal encuentro resultara una interesante amistad....
24/05/2009 01:42
Los 400km me los hago gustoso para ver a mi hijo... el Juzgado de guardia está a unos 50 km de la localidad donde reside mi hijo. Vamos 400 km para no ver a mi hijo y según la policía mejor me hago otros 50 a ver que me cuentan en el juzgado de guardia. Un despelote.
Sobre la señora mejor no hablar porque no pararía, desde un aborto de un hijo que no podía ser mío por no haber mantenido relaciones en 5 meses (me fui a trabajar fuera) hasta fines de semana desaparecida llegando a casa con signos de haber consumido sustancias ilegales y alcohol, tener un accidente con el coche yendo ebria, etc etc. Suerte para ella que nunca quise que le ocurriese nada malo y de tanto protegerla fui tonto.
24/05/2009 01:05
Gracias emigrante por aclarar la cuestión de la obligatoriedad del atestado, lo cierto es que el hecho de que la policía le dijera a carlos que las denuncias en comisaría no son válidas, ya indican un poco que dichos agentes no tienen ni idea de lo que dicen.

Y digo yo, sin ánimo de levantar morbo fácil, ¿cabría posibilidad de que la señora se hubiera beneficiado a dichos inútiles agentes, o tenga relación amistosa alguna?

Lo digo, porque me parece harto raro que los agentes le recomienden a un padre desesperado que se haga 400 km hasta el juzgado para denunciar....
24/05/2009 00:47
emigrante un dia en este foro o en el otro deberias aclarar tu preferencia por la policia.
Un saludo
24/05/2009 00:01
Gracias emigrante, mis dudas ahora sí que están más que respondidas, supongo que es la experiencia lo que manda en estos casos.
Un cordial saludo. Gracias.
23/05/2009 23:43
Hola, Carlos:

Ante todo decirle que ante semejantes circunstancias, típicas, tómese su tiempo para tranquilizarse, disminuya la “calentura”, el lógico estado de exaltación inicial, sea cual sea el despropósito cometido, pretender actuar bajo ese estado suele resultar muy contraproducente. No piense que la situación se va a resolver de la noche a la mañana, en estos casos hay que tener más paciencia que el santo Job. Esto, como le indican, es vital.

Una pequeña recomendación, no implique a terceras personas, sobre todo a aquellas que ni pinchan ni cortan en los temas que hay entre su ex y usted. No llame a la pareja de su ex, se puede “mosquear” y con razón, usted no es nada de él, ni él de usted. Se lo dice alguien a quien la pareja de su ex amenazo de muerte, ahora deberá responder por ello.

La policía, se lo puedo garantizar en la medida que me lo garantizaron mandos y personal policial, está obligada a actuar en esos casos, sin entrar en mayores profundidades. Decirle que porque su ex no coge el teléfono o no abre la puerta no van a actuar, no procede, por decirlo suavemente. Si le dicen eso de nuevo, les dice que, efectivamente, ellos no están para obligar a que su ex abra la puerta a su personal requerimiento o conteste al telefonillo o a obligarle a que su ex entregue a un menor sin que medie orden judicial expresa, pero si están obligados a realizar actuaciones, a levantar el correspondiente atestado, constatando hechos, cuando no abrir la puerta, contestar al telefonillo o no entregarle al menor, pudieran constituir ilícito penal, ya sea como falta al amparo del artículo 168.2 del Código Penal o delito al amparo del artículo 556 del mismo código. ¿Le sirve esto como razonamiento jurídico? Si se niegan a ello vaya a comisaría, identifíquese, diga que es el que ha llamado hace X tiempo desde el móvil tal y tal y que si antes venía a interponer una denuncia ahora viene a interponer dos. Todo muy finamente, diplomáticamente, asépticamente, como que con usted no va la cosa, sin exaltaciones ni odas a la injusticia. ¿Me entiende?
Es más, en mi caso, frente a una de mis denuncias por incumplimiento del régimen de visitas, he entrado en tan afamado club de coleccionistas, el agente que tramitó la denuncia me hizo, más o menos, el siguiente comentario: No me extraña que contará lo que contó, hasta a nosotros nos impide contactar vía telefónica, estoy tratando de determinar su domicilio para enviar un coche patrulla, voy a hacer constar esto en el informe. Espero que así fuera. De momento no tengo muchas quejas, ninguna sustancial, sólo pequeños defectos de forma, sobre el trato recibido. Más aún, no se puede hacer una idea de lo conscientes que son los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado de esta problemática, no vienen de Marte, y a ellos les afecta por igual esta problemática, no vea la cantidad de agentes que han llegado a perder “la placa” por una denuncia falsa. Y militares ni le cuento, presa fácil.

Con respecto a en donde presentar la denuncia, es opcional, a su criterio y consideración. Lo puede hacer en el Juzgado de Guardia más próximo o en cualquier dependencia policial de las usuales, comisarías o cuartelillos. ¿Dónde es mejor? La mayoría opina que en los juzgados. Yo prefiero las comisarías, no voy a extenderme aquí en dar los porqués, pero si diré que cuando interpongo denuncia en comisaría, al juzgado llega mi denuncia más atestado o informe de las actuaciones realizadas a bote pronto y, muchas de ellas, delante de mis narices. Por ahí van los tiros.

Y, por cierto, denunciar si vale, si no se denuncia es como si no hubiera pasado nada.

Un cordial saludo
23/05/2009 22:16
Llevo un tiempo buscando información sobre esto: en unos sitios se dice que la policía no se persona en el domicilio y en otras que sí, todo dependiendo de la comisaría... Pues gracias a todos por intentar aclarar mis dudas, insistiré doblemente la próxima vez.
Os estoy muy agradecido a todos.
23/05/2009 21:55
A ver si alguien entendido lo aclara, pero creo que no es lo mismo, es decir, si la policía se persona, ellos son testigo de que no se ha realizado la entrega y lo recogen en un atestado que posteriormente sirve en el juicio como prueba.

Pero ya sucede tantas veces que la policía no se persona para realizar el atestado, que empiezo a tener dudas de si recoger dicho atestado es o no una obligación de ellos.

23/05/2009 21:06
Gracias rakhsun, si por intentarlo que no quede... La próxima vez lo intentaré de nuevo, aunque no sé si influye más que la policía vaya al domicilio o es lo mismo que si yo lo denuncio en comisaría.
De todas formas espero que haya una reacción por parte del juzgado, ya he mandado un escrito. Además dentro de 15 días es el último fin de semana antes de las vacaciones de mi hijo que me corresponde ir a recogerlo (falta un mes aún) y supongo que la madre de mi hijo enviará algún documento al juzgado eligiendo ella las vacaciones (los años impares le corrresponde a ella).
Saludos.
23/05/2009 19:47
Yo tenía entendido que la policía tiene obligación de recoger atestado de los sucedido, de que se personó en el domicilio y no contestaron ni hicieron la entrega, pero no estoy segura, pues muchas veces no lo hacen, y no sé si es que no tienen esa obligación, o la tienen pero la desconocen.
23/05/2009 15:59
Llamé a la policía también desde allí pero me dijeron que no iban a venir porque mi ex no contestase al telefonillo ni abriese la puerta, me dijeron que ellos no pueden obligar a nadie a entregar a entregar a un hijo si no lo dice una sentencia. Me dijeron que me personase en la comisaría y que allí se redactaría una denuncia. Me dijeron que estas denuncias no sirven para nada, que lo que tenía que hacer era ir al juzgado. Pero al juzgado no puedo ir personalmente porque vivo a 400km y a las 18:00 del viernes no hay nadie allí y no hay juzgado de guardia (me dijeron que en Ciudad Real sí que hay).