Buenos días,
En este caso puede pasar a ocupar el inmueble que dejan sus hijos porque al abandonarle se entiende que renunciar a la atribución de uso que se les hiciera.
En cualquier caso, lo mejor sería comunicar de forma fehaciente (burofax, telegrama, etc) que puesto que abandonan el inmueble y por necesidad, va a pasar a ocuparlo usted. De esta forma se asegura una prueba en caso de reclamación por este motivo.
Lo ideal, si tuviera tiempo, sería solicitar una modificación de medidas para que cese la atribución de uso del inmueble hacia sus hijos, habida cuenta de la nueva vivienda que pasan a ocupar.
En cualquier caso, al existir patria potestad compartida (que es lo habitual), su exmujer debería comunicarle el cambio de residencia de forma previa, así como los datos de la nueva.
Hola quisiera información ya q mi ex piensa mudarse con mis hijos. Si la vivienda q dictaminó el juez como residencia actual de mis hijos q pasaría con el piso ya q yo no puedo con una hipoteca más un alquiler donde vivo .