Buenas, quería explicaros mi caso. Soy una mujer separada hace unos tres años con una hija de 7. Mi ex marido siempre me ha hecho la vida imposible, metiéndose en mi vida todo lo que ha podido y mas, incluso en su día siendo pareja llego a agredirme (pero ese es otro tema).
El tema del que quiero preguntaros es el siguiente: Me dieron a mi la custodia de nuestra hija y el uso de la vivienda que teníamos hipotecada. La cuestión es que desde hace dos años tengo una nueva pareja, la cual adora a mi hija y ella a el. El otro día ella le dijo a mi pareja que se quedara a dormir en casa y el se quedo, durmiendo los tres en la cama de matrimonio (mi hija duerme conmigo siempre). Mi ex marido se ha enterado y ha puesto el grito en el cielo, diciendo que me va a denunciar por meter a "mi puta pareja" en casa y en la cama con mi hija. Eso se puede? Puedo exporadicamente meter a mi nueva pareja en casa, siempre y cuando mi hija quiera?
Otra de las cuestiones que me planteo es que papel puede tener mi pareja en la educación y ocio de mi hija, ya que él me prohíbe que puedan estar juntas. Ni siquiera se digna a conocerle para ver que es una buena persona y que mi hija lo quiere.
Mi ex marido le ha comprado un caballo a nuestra hija sin mi consentimiento y metiéndome a mi en la obligación de tener que llevarla a darla clases casi todas las tardes y alguna mañana que no tenga clase (cosa que me es imposible porque esta a media hora de mi domicilio pero a él le da igual). El día que mi pareja se quedo a dormir en casa se quedo entre otras cosas para acompañarme a la mañana a llevarla a los caballos, ya que a ella le hacia ilusión. Mi ex marido se ha enterado (la cría se lo contó sin ninguna maldad) y es cuando han empezado de nuevo las amenazas. No puede mi pareja acompañarme con la cría a donde nos de la gana?
y ya la ultima cuestión, tengo un montón de grabaciones y whast up desde la separación en los que se ve perfectamente no solo como me insulta a mi, sino como insulta a mi pareja llamándola entre otras cosas puto calvo de mierda, y bueno lo que me dice a mi prefiero ni ponerlo. El otro día por ejemplo, se calentó porque tenia que traerme a la cría después de vacaciones (le correspondía el día 31 y le deje estar el fin de semana, a condición de que me la trajera el lunes) y entre eso y que tenia que pagar la pensión (la paga cuando le da la gana) se puso a decir entre otras sandeces que yo usaba ese dinero para comprar condones, todo delante de la cría (iba con el manos libres del coche puesto). En caso de querer el pedir una custodia compartida, esto valdría como prueba?
A la pregunta abstracta de si tu ex marido puede prohibir que vuestra hija y tu nueva pareja se relacionen: no, él no puede prohibirlo. La prohibicion solo podria provenir del Juez.
Ahora bien, eso de que la niña de 7 años duerma en la misma cama que tu y tu actual pareja... eso no lo veo normal, y yo creo que el padre de la niña si podria solicitar que se prohiban ese tipo de conductas. La mayoria de psicologos te recomendarian que no duermas habitualmente con tu hija, no es bueno para ella. Y la verdad, por muy bueno que sea tu actual novio, meterle en la misma cama que a tu hija a mi, personalmente, me chirria un poco.
El tema de los insultos via whatsapp, podria tener cabida en una denuncia penal (habria que valorar el alcance o importancia de los mismos..., imposible hacerlo a traves de un foro)
El hecho de que tu pareja, esporadicamente, se quede a dormir no deberia tener importancia, pero si la situacion empieza a repetirse con cierta asiduidad, si podria tener consecuencias, ya que el uso de la vivienda comun entiendo que se ha atribuido a la hija menor y al progenitor que la tenga bajo su guarda y custodia, pero no deja de ser un bien ganancial, y hay sentencias en el sentido de privar al progenitor custodio del uso de la vivienda por convivir con un tercero. Incluso tu exmarido podria exigirle el pago de un alquiler...
Y en lo referente a la pension de alimentos, si no cumple, podrias solicitar ejecucion de sentencia, o igualmente ir por via penal (habria que saber cuantos meses deja de ingresarla, si son meses seguidos o alternos...)
En cuanto a la primera cuestión coincido practicamente al 100% con sarapiki y respecto al tema de los constantes insultos, no deberías consentirlos y si no son fruto de conversaciones donde ambas partes pierden los papeles y las descalificaciones son mutuas, tienes todo el derecho a denunciarlos pues podrían ser constitutvios de un delito leve de vejaciones (art. 173.4 C.P.) o incluso de acoso si se dan los requisitos del art. 172. ter C.P. Lo que sí te aconsejo es que no esperes a denunciarlo, si esa es tu intención, en el trámite de un procedimiento de modificación de medidas.