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mi ex marido me va denunciar si no le entrego a nuestra hija este fin de semana

29 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 29 comentarios
15/06/2012 13:23
gracias sarapiki por tu informacion. pregunte en un desguace y les pase la sentencia de divorcio, pero no la certificacion de que el tuviera otro vehiculo,
lo volvere a intentar
15/06/2012 11:59
Perdon
Centro Autorizado de Tratamiento. Desde hace unos años, los vehiculos ya no se dan de baja en trafico, sino en estos centros, a lo mejor te suena mas el nombre "desguace autorizado". Ellos te retiran el vehiculo (o lo llevas tu hasta alli) y se encargan de tramitar la baja definitiva
15/06/2012 11:13
Me puedes decir que eso de CAT?
Iré esta semana a trafico haber si hay suerte. Ya te diré algo
Muchas gracias por tu información,
15/06/2012 10:50
Si en el convenio esta especificado eso de que el coche pasara a ser tuyo cuando el marido adquiera otro, y sabes la matricula del coche que él ha comprado, para darlo de baja en un CAT, deberia bastar copia del convenio y certificacion de que él ha adquirido un nuevo vehiculo (esto deberian facilitartelo en la Jefatura de Trafico). Estarias justificando la propiedad del vehiculo, aunque el titular registral sea otro, pero segun el Anexo XV del Reglamento General de Vehiculos, para solicitar la baja definitiva, puede hacerlo "el titular, o persona que acredite suficientemente la propiedad". Si en el CAT te ponen problemas, cita esta normativa, y si no, dirigete a la jefatura de trafico.
Cierto tambien que seria mucho mas facil que el firmase la solicitud de baja, y que el IVTM se devenga a nombre del titular, asi como tambien tendria que responder de determinadas multas, por ser titular... (esto por si no figurara en el convenio el acuerdo al que llegasteis), asi que si no quiere darlo de baja, se expone a que tu dejes el coche sin seguro, y le caiga un multon de 800 euros... el vera
15/06/2012 10:39
Tienes razón sararapiki, de nuevo…lo cierto es que estoy enfadada pero hace un mes que se celebro el juicio y he pasado del tema, como tu dices sobre todo por mis hijas y por mi también claro. No tengo ganas de líos ni de judicializar mi vida, aunque me temo que mi ex no está dispuesto a tirar la toalla, ahora resulta que cuando me separe teníamos un coche en gananciales, en la separación se especifica que se compartirá por ambas partes hasta que el esposo adquiera otro vehículo entonces pasara a disfrutar del mismo la esposa encargándose de los gastos derivados del mismo , el tiene un coche desde hace mas de dos años y desde entonces yo he tenido el coche asumiendo lógicamente lo que me correspondía, el caso es que me he comprado otro coche porque el otro ha dicho que ya no mas, tengo que darlo de baja, pero claro aquí está el problema, el coche está a nombre de él y le ha llamado para decirle que lo de de baja, su respuesta ha sido que NO, que el coche lo ponga a mi nombre, cosa que no quiere hacer ya que esto me cuesta dinero y el coche hay que llevarlo al desguace, no se qué hacer ya que dentro de poco vendrá el recibo del ayuntamiento del impuesto de circulación y está domiciliado en mi cuenta , ¿lo devuelvo? Si hago esto el ayuntamiento se lo reclamara al titular o sea él , tampoco quiero fastidiarle pero me siento impotente ante la situación, me podéis ayudar?. gracias
15/06/2012 10:03
crisael, muchisimas gracias por acordarte, y comentarlo aqui. Mas que nada, porque hay determinados sectores de este foro que, no se si por ignorancia real o por mala idea, enseguida se van a lo peor, y tratan de asustar a la gente de manera innecesaria.

No pretendo saber mas que nadie, pero en tu caso me parecia que estaba tremendamente claro que tu no incumplias el convenio, en contra de otras opiniones, y me alegro de saber que al final ha sido como yo imaginaba (a ver, que tengo experiencia en estas cosas, y claro, hay veces que un juez sale por donde menos te lo esperas, pero vamos, no es lo habitual). Asi que enhorabuena por el resultado, ya que a priori parecia lo mas justo.

En cuanto a si denunciarle tu ahora a él, no se si te interesa mi opinion, pero mira, yo te la doy, si la quieres la tomas en cuenta, si no, la ignoras y actuas como tu veas.
No le denuncies, no te va a servir de nada. En cuanto al abogado que has pagado, el juez te va a contestar que no era preceptivo acudir defendida por abogado al ser un juicio de faltas, por tanto, no creo que saques nada en limpio. En cuanto al testimonio de tu hija mayor, si, creeme que se lo que supone (mi hijo tambien acudio en una ocasion al juzgado), pero tampoco se van a valorar daños morales, que son muy subjetivos... en resumen, que vas a pagar de nuevo a tu abogado, vas a perder mas horas de trabajo, y (siempre segun mi opinion, claro esta) no vas a conseguir condena... sino mas bien absolucion por falta de pruebas.

Ademas mira, que por tu propia salud mental y la de tus hijos, te aconsejo que no seas tu la que busque pelea por molesta que te sientas ahora. Piensa que, en un mes, esto ya es recuerdo, y si tu inicias otro procedimiento, seguira el tema candente otros tres meses por lo menos.

En cualquier caso, buena suerte
15/06/2012 09:44
hola, sarapiki me dijiste que si había juicio te gustaría saber que paso, pues hubo un juicio por una denuncia por parte de mi ex marido, el cual afirmo que yo no le deje llevarse a la niña privándole del derecho .... el juicio se celebro y el fiscal y la juez le vieron rápidamente el plumero, pues el tema no era el que el planteaba con su denuncia , el tema era que el señor no cuadraba con su nueva pareja y como yo no le cambie el turno pues me denuncio .
el fiscal pide mi absolución y el juez dictamina que no en ningún momento hay mala intención ni es el típico caso de la madre que no deja ver a los hijos...por tanto me absuelve.

ahora tengo dudas si denunciarle yo por lo que ha pasado, por daños a mi hija mayor que vino a declarar con migo, por lo mal que lo paso ya que para ella ir a decir la verdad a un juez a sabiendas de que su padre diría lo contrario no es plato de buen gusto, además he tenido que pagar un abogado para defenderme de una acusación falsa, he tenido que faltar a mi trabajo para acudir al juicio. espero que por lo menos le sirva de lección y no vuelva a hacer algo así .
18/04/2012 14:46
Crisael no, no le juzgo por ser mujer u hombre, de hecho no soy juez, solo trato de ayudarle, trato de informarle de lo que podria ocurrir ante una hipoitetica condena en penal, depende muchas veces del juez o jueza de turno que una denuncia acabe de una manera o de otra pues existe la libre valoracion de la prueba y por ende el resultado pude ser variable, de verdad, estos casos como el que usted expone por aqui se dan por centenares y a diario con los mas variopintos resultados.
Le deseo mucha surte.
Un cordial saludo.
18/04/2012 14:18
Vamos a ver ,vosotros siempre habéis hecho las cosas de una determinada manera ,pues se continúan haciendo,si el padre de tus hijos viene a buscar los niños y no se lo das y te denuncia pues esperas la denuncia ,a demás si él eligió el turno de vacaciones ,que hubiese elegido el otro turno y se hubiese cambiado el turno de fin de semana ,ya que el último fin de semana lo hubieses tenido tú ¿no?.
Como eligió las vacaciones que le dio la gana ,pues todo se hace como se hacia.
Si al siguiente fin de semana que le toca a él no va a buscarlo ,pues le dices que lo denuncias tú a él.
18/04/2012 13:49
Amo a mis hijos, no tengo ninguna duda de que te equivocas si alguien incumple el uso y costumbre y por tanto se convierte en ley es la otra parte, parece que me juzgas como mujer y no como caso expuesto, pero gracias por tu opinion
18/04/2012 13:34
perdon, queria poner SIN quitarle la razon...
18/04/2012 13:33
Y si el marido la denuncia y no prospera, crisael podra seguir manteniendo el turno actual de fines de semana.
Si quitarle razon a lo teoricamente expuesto por amo a mis hijos, en la realidad, aun si llegara a considerarse un incumplimiento, cosa que yo dudo, y parece que tu abogado coincide tambien en esa opinion, dificilmente llegarian a condenarte por ello, por ser un primer incumplimiento, y basado en razones objetivas (no olvidemos que puedes demostrar que, hasta ahora, la alternancia la veniais tomando asi). Asi que no te asustes, que no es tan sencillo como aqui lo pintan.

Si llegarais a juicio, me gustaria saber el resultado, para asi, en caso de que alguien mas en un futuro planteara tu misma duda, tener mas datos objetivos para opinar
18/04/2012 13:26
"Sarapiki, los periodos vacacionales son por mitad y las visitas son cada 15 días por ejemplo... No se pueden mezclar los churros con las meninas aunque a usted le gustaría."
Lo siento, me he perdido, no se que quieres decir con eso... aqui el tema no son las vacaciones por mitad o por cuartas partes, sino como retomar la alternancia de turnos de fines de semana una vez terminadas las vacaciones...
En tu post anterior, aseveras que:
"Realmente, o legalmente cuando llegan las vacaciones se interrumpe las visitas" y yo te invito a que nos expliques donde esta establecido eso, primero, porque aunque en un 90% de casos es asi, hay algunos, en los que, por el motivo que sea, las partes acuerdan o el juez establece que siga manteniendose el derecho a visitas incluso en periodos vacacionales.
Una vez dejado esto claro, me pregunto tambien ¿y que tiene que ver eso de que se interrumpan o no con lo que consulta crisael, que hace referencia a la alternancia?
Pues eso, que no se quien mezcla aqui, pero es un poco fuerte aseverar la legalidad o ilegalidad de algo, si no se sabe en que texto legal viene establecido...
18/04/2012 13:26
Hola.
Mire crisael, si su exmarido le denuncia y la denuncia prospera podria ser usted imputada en una presunta falta de incumplimiento de las obligaciones familiares, a la que le podrian corresponder penas de multa que van desee los diez dias a los dos meses, ademas de que una vez conseguida la condena en penal su exmarido podria solicitar ejecucion de sentencia aportando como base la condena en penal y por ende le podrian imponer las costas de la ejecucion que no son baratas precisamente, dspues de todo si usted resulta condenada en penal, habria razones suficientes para apreciar mala fe en la demanda civil, por supuesto todo esto es hipotetico, la verdad y por lo que usted cuenta yo personalmente no me la jugaria, le entregaria la menor al padre, total piense que el fin de semana pasara pronto y usted se podra ahorrar un disgusto.
Suerte.
Un saludo.
18/04/2012 13:19
Sarapiki, los periodos vacacionales son por mitad y las visitas son cada 15 días por ejemplo... No se pueden mezclar los churros con las meninas aunque a usted le gustaría.
Dirijase a un juzgado y solicite aclaración como en su día hice yo.
18/04/2012 10:30
yordi, me gustaria hacer un inciso y comentarte que durante tres años y de forma consensuada se ha venido haciendo de una forma , repito consensuada de una manera elegida por ambas partes y de mutuo acuerdo desde al año 2009, sin causar ningun problema para nadie.
por otro lado en mi convenio regulador si se dice que las vacaciones y fines de semana se regulan eligiendo los años pares el padre y los impares la madre, pero lo que no se regula y este es el problema es el turno de quien empieza despues de las vacaciones.
18/04/2012 09:03
Hola a todos y daros la gracias por contestarme.
Ayer estuve con un abogado el cual me confirmo que no existe ninguna ley que regule quien empieza el turno de las fines de semana después de vacaciones, pero que no normal es llegar aun acuerdo consensuado por ambas partes, cosa que en mi caso ya existe, por tanto ninguna parte puede cambiar unilateralmente este acuerdo consensuado sin el acuerdo de la otra parte.
Por otro lado me dijo también que si no hay nada escrito en la sentencia de divorcio el uso y costumbres se convierte en ley.
me gustaria decirle a yordi, que mi precupacion en estos momentos no es descuadrar mi vida,si no el bienestar de nuestra hija ya que hasta ahora no hemos tenido ningún problema en el turno y ahora la niña esta confundida y angustiada ya que la situación es tensa y le esta afectando considerablemente, algo que yo he notado y que desde el colegio también me han comunicado por escrito.
18/04/2012 00:18
lsd2, las fuentes son primarias y secundarias. He puesto las secundarias, y en concreto la costumbre pq creo que es lo que viene al caso, no porque no me sepa las otras. Se estudian el primer curso de derecho civil, en mi epoca, en 2º curso de Derecho y en mi facultad de Derecho, segun Jose Castan, cuyo texto seguiamos
18/04/2012 00:13
En este caso yo diría que Sarapiki tiene razón y que, aunque se pueda cambiar la manera de contar los fines de semanaque tocan a cada uno, si no hay acuerdo en eso no hay nada que obligue a hacer ese cambio.
18/04/2012 00:03
Yo simplemente por incordiar, aunque no venga al caso:

Las fuentes del Ordenamiento Jurídico no son sólo las que comenta Sarapiki, ni la Ley es la de mayor rango..... eso era en tiempos de la promulgación del CC, 1889, siglo XIX.... Ahora también está la Constitución, los Tratados Internacionales, otras normas que sin ser Ley tienen rango de Ley (RD, DL, etc..), otras normas con rango inferior a Ley (reglamentos, ordenanzas), etc....