Esa si es de sus padres y no tienen ningun contrato, pueden recuperarla mediante un juicio de desahucio en precario.
El juez de familia en un momento determinado concede el domicilio conyugal a la persona que se queda con los hijos, pero no siendo la vivienda de los conyuges y no teniendola alquilada, no puede obligar a los propietarios a que la misma sea usada por la madre. Otra cosa es que sus padres dejen vivir alli a esa mujer porque a fin de cuentas, es vivienda tambien de sus nietos.
Lo que señala Kalhuo es doctrina jurisprudencial del Supremo:
"La situación de quien ocupa una vivienda cedida sin contraprestación y sin fijación de plazo por su titular para ser utilizada por el cesionario y su familia como domicilio conyugal o familiar es la propia de un precarista, una vez rota la convivencia, con independencia de que le hubiera sido atribuido el derecho de uso y disfrute de la vivienda, como vivienda familiar, por resolución judicial".
Id Cendoj: 28079110012008100825
Nº de Recurso: 1745/2003
Nº de Resolución: 910/2008
Ponente: IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA
Bueno, yo no soy abogada ni especialmente entendida en el tema, pero googleando un poco se pueden encontrar sentencias que establecen precisamente lo que dice Kalhuo. Hay casos descritos en el libro "Ley de Arrendamientos Urbanos, comentarios y jurisprudencia doce años después" de la editorial Wolters Kluwer.
Cuidadin,estoy en una situación parecida,he comprado una casa que era herencia del padre del vendedor,con lo cual,él era nudo propietario y su madre usufructuaria,pues bien despúes de venderla,firmar la madre y él que eran los que aparecian en el registro,me aparece la ex-esposa y está tocando las narices pidiendo el derecho de una sentencia de uso ydisfrute en la separacion.Yo sin conocimiento de ello hasta ahora,cuestión estoy entre abogados,te recomiendo lo consultes porque las leyes de este pais son de chiste,Registro y notaría mio,libre de cargas¿Quién tiene ahora el problema?,pues yo sin comerlo,caso parecido al que comentas,yo compré la casa,me aconsejan disfrutarla,¿Pero como disfrutas de un bien que dice otra persona tener el uso?,¿Donde queda el derecho a la privacidad de los bienes heredados ?,porque estos casos se contradicen con las herencias.
Creo que lo tiene dificil. Es absurdo, pero es así. Las cosas hay que pensarlas en su momento. Su hermano no debió usar la vivienda se sus padres (era mejor ir a vivir en una vivienda de alquiler) y sus padres debieron asesorarse antes de consentirlo.
Como usted escribía en otro hilo, la ex de su hermano es una pobre madre trabajadora con la custodia de dos menores de edad a los que hay que proteger etc...
Lo que no entiendo es la aproximación al caso de los abogados..desahucio en precario? de quien?
Guendi ha dicho que era un piso en propiedad de los padres no que fuera su residencia habitual con lo que creo que los jueces argumentaran con el consabido interés supremo del menor...o quizás me he perdido algo?
Totalmente de acuerdo con anais38. Tus padres cedieron el uso de esa casa a tu hermano y su mujer por su matrimonio para que vivieran alli. Roto el matrimonio y la convivencia, desaparece el motivo de ese uso, por lo tanto quedan en situación de precario (siempre y cuando no hayan estado pagando un alquiler ni nada semejante) y hay que iniciar un procedimiento judicial de desahucio por precario, ya que un derecho de uso atribuido en una sentencia de separación o divorcio, no puede enervar el derecho de propiedad de unos terceros.
Haber si alguien me hace entender esta ley de este país. Mi hermano s ha separado de una venezolana y tienen dos niños de 14 y 7 , vivian en un piso a nombre de mis padres y la sentencia del juez a dicho "que la madre y los hijos viviran en ese piso hasta que los niños sean mallores de edad."
¿Hay algún modo de que mis padres recuperen su propiedad????