Hola me dedico al sector sanitario. Mi empresa me hizo un contrato de 15 horas semanales con una disponibilidad de turno de mañana. Cada semana me enviaban un cuadrante con X horas a realizar, muchas de las semana no llegaban a las horas firmadas en el contrato (15 horas) por lo tanto hubo una acumulación de horas, exactamente 90 horas que "debia a la empresa". Al querer finalizar mi baja laboral voluntaria cumpliendo el preaviso me dan la sorpresa que según ellos les tengo que pagar las horas que les debo mas los costes de la empresa. Finalmente me acaban pidiendo alrededor de 3000€, diciendo que no obtendre finiquito/liqidación puesto que me saldria negativo y ademas manifestando que cuando vaya a firmar dicho finiquito se expresara la cantidad exacta que debo a la empresa teniendo 24 horas para pagarles.
Todo me pareció un poco raro, puesto que esta "bolsa de horas" que se ha creado en ningun momento a sido porque yo me haya negado a realizarlas, y por otra parte, no entiendo poque yo como trabajador debo pagar los gastos que tiene dicha empresa sobre mi.
A mi modo de ver es correcta tu interpretación y la contestación de GS Granada.
Si un trabajador sólo puede reclamar cantidades adeudadas del último año, por la misma regla de tres la empresa tampoco puede reclamarlas.
Saludos
PDT. Me parece increible un error de una cuantía tan elevada. Dudo que un error de esa cuantía pudiera pasar en una empresa privada sin que rodasen cabezas. Bueno, en fin, el dinero público es de todos y a la vez no es de nadie.
Me alegro por tí Arcoiris001, pero es que si n o pongo la posdata tendría que morderme la lengua y a lo mejor me enveneno ya que hay cosas que pasan que sacan lo peor que hay en mí.
Muchas gracias por vuestras respuestas, ya estoy mas tranquiloy ahora me surge otra duda: entiendo yo qué un año, se refiere a partir de la fecha de notificación, por lo que sólo les tendré que devolver las cantidades correspondientes desde febrero de 2005 hasta octubre de 2005.
Gracias de nuevo y hasta pronto. ya informaré de como van las negociaciones con la empresa.
Bueno, vamos a ver. Como verás tu empresa ya habla, no solo de ingresar, sino también de negociar, porque sabe que por "las bravas", no es posible en Derecho y además si la controversia parte de un error suyo.
En un primer término, tú deberás saber si esta exigencia tiene fundamento o no. Es decir, si la pretensión es cierta, cuando aduce un error en la clasificación profesional que inicialmente te correspondía. Que no lo estimas así y tu consideras que la categoría es la que corresponde, si la rebaja y empieza a pagarte de menos, tendrás que reclamarle judicialmente por cantidad y por modificación sustancial de condiciones de trabajo. Que tú admites ese error, pues ya resulta otra cosa.
Si damos por cierta la pretensión, en la normativa laboral los derechos existen, -tanto para el trabajador, como para la empresa- en cuanto sean susceptibles de ser reconocidos por un juez. Pero asimismo, es requisito imprescindible, que la acción que nos llevaría a reclamarlos o a que nos lo reclamen esté totalmente viva y no haya prescrito, ya que de resultar así por el transcurso del tiempo, no es posible obtenerlos. En definitiva, nuestro ordenamiento laboral no reconoce derechos con carácter imprescriptible, si la acción transcurre, los derechos se pierden. Así de sencillo.
Pues bien consecuentemente con lo anterior y de acuerdo con lo que estipula el artículo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, el plazo para reclamar percepciones económicas es de UN AÑO.
Por esta razón a partir de este momento, solo podrán reclamarte las cantidades indebidamente cobradas un año atrás. El resto, que lo pasen a “mejor vida” y asimismo, que convengan contigo la forma más adecuada para devolverlo, que yo entendería bien, si se hiciese en la misma cantidad y forma en que te la han pagado de más, mes a mes.
Hola soy laboral del estado (educación) y mi problema es el siguiente: Mi empresa me ha enviado una carta certificada exigiéndome que devuelva 17000€, pues dicen que desde febrero de 2003 hasta octubre de 2005 me han estado pagando de más en la nómina por un error suyo en la clasificación de mi categoría laboral y que tengo hasta el día 5 de febrero para ingresarles dicha cantidad o bien necociar el pago de la misma.
Me dirijo a vosotros para que me indiqueis que es lo que debo hacer.