Necesito asesoramiento sobre Derecho de Familia. Cuento el caso.
Matrimonio estado civil al momento casados. Ella me echa de su casa (separación de bienes) y desde hace 4 meses no me deja ver a mi hija. La hija tiene 16 años y padede Síndrome Alienación Parental. Al margen de Demanda Divorcio Contencioso, con medidas provisionales (o provisionalisimas), el Padre quiere saber si puede Denunciar en el Juzgado de Guardia por estar impidiendo ver a la hija de 16 años. Los mensajes por Whatsapp y SMS son diarios, pero ella no responde a ninguno.
Ahí va la pregunta; ¿ se podría utilizar el 172 CP por coacciones ?
No hay medidas provisionales porque seguimos estando casados. No se ha presentado ninguna Demanda de Divorcio todavía.
¿que hay que hacer para poder ver a mi hija en estas Navidades ?
Me han dicho en los Juzgados que tarden del orden de 1-2 meses en contestar sobre las medidas provisionales.
De 1 a 2 meses? que suerte. Que comunidad autonoma es? yo ya llevo esperando las cautelares 3 meses y medio y me dicen que como pronto para febrero/marzo, y mientras los derechos de mi hija secuestrados y los mios pisados. Vivo en Murcia
Vaya ¡¡ vivo en Madrid. Entonces la legislación trata a los Padres como un trapo. Todo son beneficios para las Madres. No lo entiendo.
Tiene que haber una forma o manera de poder hacer algo ante este tipo de situaciones. ¿como puede permitir la justicia que un Padre esté más de 4 meses sin ver a su hija ?
y callaico sin alterarse¡¡¡ no vaya ser que se te ocurra irte con tu hija al parque un par de horas o a tomar unas tortitas a ikea y mientras llame a la policia para interponerte una denuncia sobre no se que fundamento con la famosa ley de violencia de genero y eso se convierta en un contratiempo insalvable en el posterior juicio, dentro de 18/19 meses y quiera dios que salga¡¡¡
Bueno, pues me llevo un chasco y decepción con esta situación. Si la Justicia funciona así en esta materia, luego no debemos andarnos con engaños, y que si violencia de género y todas esas cosas que se ven últimamente.
Justamente lo que tienes que hacer es una demanda de medidas provisionales, es el paso legal previsto para hacerlo. Antes de eso no tendría mucho sentido presentar ninguna otra demanda/denuncia, a no ser que sea ya por secuestro o sustracción de menores si hay una imposibilidad física y dolo para poder verlos.
Permítame que reincida en la pregunta: ¿cómo te lo impide? ¿no puedes ir tú a casa o al colegio y llevártela igual que hace ella? Es que no necesitas su permiso, los dos tenéis los mismos derechos de guardia, custodia y patria potestad. Lo mismo que haga ella puedes hacerlo tú, no tiene que "dártela" ella ni responderte a ninguna llamada. Ve a verla, sin más. ¿O hay orden de alejamiento?
Sobre lo hablado a continuación, ¿por qué suponéis que los beneficios (a falta de provisionales) son para las madres? ¿Es que esperas que esté ella detrás de ti para dártela? Haz lo mismo que ella, que eres su padre igual que ella es su madre. No os lo toméis a mal, pero es que sois vosotros los que estáis dejando a los hijos con ella y haciendo de su voluntad ley.
Sirva como ejemplo; me presenté en la puerta del instituto de mi hija. Salieron los chavales a las 14:00h. Mi hija me vió y se fue corriendo para otro lado del habitual. Yo fuí tras ella y la cogi del brazo, y la dije "Emma, hija que soy tu padre" . Se tiró al suelo, comenzó a gritar y chillar "me están secuestrando, me están secuestrando". A los 3 minutos había en la puerta del colegio 3 coches patrulla de la Policía Nacional. Me llevaron a comisaría, estuve en el calabozo 3 horas y luego el Comisario me tomó declaración. Vinieron mis abogados y a las 6 horas estaba en la calle.
Tengo en 37 folios los mensajes por whatsapp que me he cruzado con mi hija en los últimos 2 años. Un amigo que trabaja en la Complutense se lo ha entregado a un Catedrático en psicología y ha indicado que se trata de un 'Síndrome de Alienación Parental' después de analizar más de 1.000 mensajes.
Mi hija esta abducida, se la ha lavado el cerebro, y esto me lo ponen en un escrito y firmado por 2 profesores titulares, que son peritos forenses en psicología y trabajan para los juzgados en Madrid.
La Madre la ha envenenado, de hecho no quiere ver ni a mis padres ni a mi abuela (94 años). Dice que mi familia es asquerosa. ¿de donde saca esos comentarios mi hija, con 16 años?
Hombre, 16 años ya es mayorcita, como para no darle cierta capacidad de raciocinio propio y culpar a la madre de lo que haga tu hija. Y también es verdad que el Síndrome de Alienación Parental se considera bastante "pseudocientífico" por decirlo de forma neutra, aunque en mi opinión "algo hay" en algunos casos, y claro que podría verse haciéndolo como toca, que no es presentando una denuncia.
En este caso lo que habría que hacer es presentar la demanda de medidas paternofiliales o divorcio, y este proceso se evaluaría este tema en un informe psicosocial. Pero claro, denunciar sin eso... ¿denunciar qué? ¿a la madre porque una chica de 16 años ya que no quiere verte? No veo que encaje con ningún tipo penal por parte de la madre, habría que seguir el procedimiento civil normal de paternofiliales, donde ya intervendrán los psicólogos.
Si estoy totalmente de acuerdo con tu comentario. Y mi crítica es constructiva. Pero que después de 4 meses sin dejarme ver a mi hija, tenga que esperar otros 2 más a que la justicia desacelerada de este país, me termine reconociendo mi derecho a las medidas provisionales (o provisionalísimas), pues me parece un descaro. Debería de existir un mecanismo más ágil (no digo en la misma semana) pero yo quiero ver a mi hija estas navidades.
Y vuelvo a repetir, el informe de Síndrome Alienación Parental está avalado por 2 Catedráticos. Además ya hay jurisprudencia del supremo.
Es muy fácil hablar así y no te quito razón ( paquito) porque debería ser así pero en la práctica real no lo es. En mi caso mi hija tiene 25 meses y solo puedo verla 6 horas semanales en presencia de su madre. Esta presentada la demanda a la espera de cautelares y mi abogado dice que aguante que sino me deja verla más no se puede hacer nada. Ahora voy a las 6:30, cuando entre a su casa la tomo y salgo corriendo? Que pasará a continuación? Todos sabemos lamentablemente donde dormiría esta noche! Y a ver que pasa dentro de 16 meses con esa denuncia......
La justicia es lenta, y esa es su mayor injusticia. Esto es así, lamentablemente.
Respecto al SAP ya sé que hay sentencias que lo recogen, con cabreo de muchos psicólogos. "Algo hay", insisto, y que para nada se entienda como "echarte la culpa" ni nada así, pero usarlo para una demanda es arriesgado por ser un síndrome científicamente bastante conflictivo en su determinación (no soy psicólogo ni pretendo serlo), y más no habiendo antes medidas provisionales. Ese es el primer paso, aunque sea lento.
Y lógicamente hablo así para una niña de 16 años, con dos años es otro tema distinto (es más improbable la alienación, no puedes ir tú a recogerla, en tu caso ya tienes las medidas pedidas... es un contexto completamente diferente).
Suerte a ambos, y sobre todo paciencia, que es lo más duro.