exacto lex44,pero firmando un documento por un año,,de permanencia en el apartamento,por lo cual mi pregunta es,si sabiendo ellos desde el principio a lo que nos dedicamos pueden hacer lo que quieren,,pues cada apartamento tiene entradas individuales,directas a la calle
Muchas gracias jan,, al ser tan breve respondiendo. Una gran duda, miren ustedes yo ejerzo la prostitucion ,hace 1 mes alquile un piso con tres amigas para ejercer dicha profesion,se lo comentamos al administrador de la finca y al propietario,no tenian problemas en ello,cuando he ido a pagarles el alquiler puntualmente no me han querido coger el dinero y me dicen que me vaya en 7 dias,y tengo firmado contrato por 1 año,, es legal esto,lo pueden hacer,, pago religiosamente,no hago ruidos,he preguntado a los vecinos y no se quejan,somos discretas,y son 400 euros al mes y en verano 550 euros,y lo mas de lo mas que desde un principio sabian para lo que era, y ahora quieren echarme,ejercemos la prostitucion libremente,no hay trabajo y tenemos que comer,, que puedo hacer,,muchas gracias de antemano, dicho apartamento conta de dos habitaciones, y el edificio esta destinado a alquileres,pues reza todo como apartahotel,, pues firme una ficha como la que se firma en los hoteles y que remiten a la policia,y en el contrato no figuro como inquilina,, sino como clienta,, por lo cual creo que hay alguna diferencia en ese termino ¿no?
hola jan,, muchas gracias de antemano por lo que me has dicho,, en el contrato no esta reflejado,pero el propietario del edificio,puesto que es un edificio entero destinado a alquileres,y el administrador que lo gestiona lo sabian desde el principio,pues me gusta ir con la verdad por delante,y en el contrato pone que para cualquier otro uso que no sea vivienda habitual la propiedad devera saberlo, y asi fue,,y yo por precaucion grave una conversacion con el administrador en la cual reconoce que si sabian para que uso le dava ,pero que han cambiado de idea
,,que puedo hacer yo ahora,, pense en depositar el dinero en e juzgado,, ya que no me cogen el dinero del alquiler,, oh marchar en los siete dias que me han dicho, pero no me lo han dado por escrito,,gracias ,, mi error fue el no pedirles que me lo pusieran por escrito
Hola rebeca. Al no establecerse en el contrato que el uso de la vivienda sería el de ejercer la actividad de prostitución, su arrendador podrían instar demanda de resolución de contrato en base al artículo 27.2.f LAU 1994. Contaría con numerosas pruebas:(testifical de los vecinos y del administrador. En este caso la utilización por parte de usted de la gravación de la conversación como prueba podría NO ser admitida.
Si le interesa seguir en la vivienda tendría que acudir a un/a abogado para que éste determine la posibilidad de que la grabación fuese admitida como prueba y, por otro lado, proceder al depósito de la renta en el Juzgado(expediente de consignación de rentas).
Hola jan,, muchas gracias de antemano por lo que me has dicho,, en el contrato no esta reflejado,pero el propietario del edificio,puesto que es un edificio entero destinado a alquileres,y el administrador que lo gestiona lo sabian desde el principio,pues me gusta ir con la verdad por delante,y en el contrato pone que para cualquier otro uso que no sea vivienda habitual la propiedad devera saberlo, y asi fue,,y yo por precaucion grave una conversacion con el administrador en la cual reconoce que si sabian para que uso le dava ,pero que han cambiado de idea
,,que puedo hacer yo ahora,, pense en depositar el dinero en e juzgado,, ya que no me cogen el dinero del alquiler,, oh marchar en los siete dias que me han dicho, pero no me lo han dado por escrito,,gracias
Hola rebeca. Para responder a su pregunta sería preciso saber si en el contrato se hace referencia al uso al que se destinaba la vivienda(prostitución, casa de citas,etc..). Si el citado uso consta como tal hay que distinguir 2 situaciones:
1º) Que su actividad provoque graves molestias a los vecinos del inmueble. En este caso la Comunidad de Propietarios podrá instar el cese de la citada actividad. Lea el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal.
2º)Que su actividad NO provoque graves molestias a los vecinos del inmueble. En este caso, su arrendador no tiene base legal para instar la resolución del contrato.
Pese a lo anterior, indicarle que su arrendador NO puede echarlas del piso. Los contratos sólo pueden ser resueltos por voluntad de AMBAS PARTES o por RESOLUCION JUDICIAL FIRME.
Los pisos se pueden alquilar a una prostituta igual, que a un político... Ahora bien, si los vecinos se han quejado al administrador y al propietario... "tienen que abandonar el piso (con comillas)".
Primero, porque los vecinos hacen y deshacen más que el administrador, que es un puesto eventual... ocupado por cualquier propietario.
Segundo, están utilizando un piso para ejercer una actividad económica (uso diferente a una vivienda).
una gran duda, miren ustedes yo ejerzo la prostitucion ,hace 1 mes alquile un piso con tres amigas para ejercer dicha profesion,se lo comentamos al administrador de la finca y al propietario,no tenian problemas en ello,cuando he ido a pagarles el alquilerpuntualmente no me han querido coger el dinero y me dicen que me vaya en 7 dias,y tengo firmado contrato por 1 año,, es legal esto,lo pueden hacer,, pago religiosamente,no hago ruidos,he preguntado a los vecinos y no se quejan,somos discretas,y son 400 euros al mes y en verano 550 euros,y lo mas de lo mas que desde un principio sabian para lo que era, y ahora quieren echarme,ejercemos la prostitucion libremente,no hay trabajo y tenemos que comer,, que puedo hacer,,muchas gracias de antemano