Es muy difícil responder a esas preguntas porque hay muy poca jurisprudencia al respecto.
Mi opinión personal es que lo menos malo para ud. es hablar con la casera, contarle lo que dice el artículo y hacer los preparativos para irse el 1 de marzo que es cuando lo prevé la Ley.
Muchisimas gracias leonjbr por contestarme, por culpa de esta situacion estoy inmersa en una depresion, pero mi pregunta ahora es, la casera me mando el burofax antes de cumplir un año, o sea ese burofax no tiene eficacia legislativa??, de todos modos yo nunca lo llegue a recoger. Para que tuviera eficacia tiene que mandarmelo despues del año?? Es que estoy muy preocupada ya que me amenaza con entrar ella a vivir aqui una vez que finalice el contrato, y no quiero pasar por esa situacion junto con mis hijos. Gracias leonorjbr, es usted una gran profesional.
El supuesto que nos plantea se encuentra regulado en el art. 9.3 LAU, a cuyo tenor:
"3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, UNA VEZ TRANSCURRIDO EL PRIMER AÑO DE DURACIÓN del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto."
Por lo tanto:
1.- lo primero que hay que tener claro es que su casera no puede escribirle el burofax ahora, sino despues del 1 de enero. Eso de momento.
2.- lo segundo es que cuando lo escriba (digamos el 2 de enero) tendrá que darle un plazo de dos meses, o sea, que lo antes que tendría que irse sería el 1 de marzo.
3.- y lo tercero es que en mi opinión (y en la de muchos compañeros abogados con los que he consultado) ocurre que al escribirle el burofax después del primer año ya se habrá producido la primera prórroga del contrato, ya que dicha prorroga se produce automáticamente si el inquilino no preavisa al casero con un mes de antelación (es decir en diciembre). Como está claro que ud. no va a decir nada en diciembre, se producirá la prórroga automáticamente y su duración será de un año, y por tanto el casero tendría que respetar ese plazo de un año para poder recuperar su vivienda, es decir en enero del 2020, y no en marzo del 2019. Pero debe quedarle claro que esto es mi opinión ya que no he sido capaz de encontrar ninguna sentencia ni a favor ni en contra de esta interpretación.
Lo que tengo muy claro es que no puede echarle antes del 1 de marzo.
Buenos dias, resulta que mi casera me manda un burofax avisándome de que me tengo que ir el 1 de enero que es cuando finaliza mi contrato. Alegando que no me lo renueva porque quiere venir a vivir ella. Que hago ahora? A donde me voy? Segun Ella viene a entrar a su casa a vivir el 1 de enero. Puede hacerlo si yo sigo alli? Por favor contestenme. Mi contrato es de larga temporada. Y aun no he cumplido un año lo cumplo en enero.