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Mi casera me dice que no le di fianza

10 Comentarios
 
Mi casera me dice que no le di fianza
11/10/2020 19:37
Saludos,
Alquilé un piso en Enero de 2019. En la firma se realizó el pago de una mensualidad como fianza y existe un contrato firmado por ambas partes como que fue así.
La casera quiso firmarlo lo antes posible aún sabiendo que hasta Febrero no entrábamos y le comentamos que Enero no lo pagábamos pq no íbamos a vivir allí ya que el piso se visitó a finales de Diciembre y debíamos darle un mes al que era nuestro casero en su momento.Ella aceptó y como he comentado arriba se firmó el contrato donde indica que se entrega una fianza de un mes.
El problema viene cuando decidimos marcharnos avisando con un mes y nos dice que no le dimos fianza.
No la ha depositado donde debía y ahora nos encontramos con este percance. No sabemos como actuar pq realmente lo que quiero es irme lo antes posible y ni verle la cara y no entrar a temas de denuncias pq es una mujer que no está muy bien como hemos podido comprobar durante este año y medio.
¿Podemos dejar las llaves en algún sitio que sea legal para que conste que hemos dejado el piso y entregado las llaves?
Muchas gracias por adelantado.
11/10/2020 23:49
Si el contrato refleja que se entregó fianza, veo factible reclamar su devolución.

Si no desea reencontrarse con la casera, puede depositar las llaves en una notaría. Tiene un pequeño coste. Entre 60 y 200 €, creo recordar.

O presentar en el Juzgado un acto de conciliación. No requiere abogado ni procurador.

O acudir a un expediente de jurisdicción voluntaria de consignación judicial, que sale gratis, porque no requiere abogado ni procurador: es importante que ante se le ofrezcan las llaves por burofax, porque hay que demostrar el intento amistoso de solución.

Artículo 1.178 C Civil: » La consignación se hará depositando las cosas debidas a disposición de la Autoridad judicial, ante quien se acreditará el ofrecimiento, en su caso, y el anuncio de la consignación en los demás. Hecha la consignación, deberá notificarse también a los interesados.»

Algunos Juzgados la rechazan pero las resoluciones de las Audiencias van en el sentido de admitirla. Ejemplo: Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4ª) Auto de 22 noviembre de 2012.

Lo mejor y mas rápido, aunque con coste, el Notario.

En este hilo del año 2012 ya se habló del tema:

https://www.porticolegal.com/foro/consignacion-judicial-de-llaves-de-vivienda-alquilada_821332
11/10/2020 23:50
Por cierto, compruebe que ha tramitado bien su desistimiento anticipado del contrato.
11/10/2020 23:53
Y mire en el contrato si se pactó indemnización para el caso de desistimiento.
12/10/2020 11:44
Hoplon
Primero de todo, muchas gracias por su pronta respuesta.
En el contrato no pone nada de indemnización por irnos antes de tiempo, aún así se le avisó el día 9 de este mes dándole un mes ( por vía telefónica) y ahí fue cuando se puso a la defensiva diciendo que no había fianza pq no se la habíamos dado.
Lo de irnos antes del mes ha sido a posteriori de esta conversación en la que hemos decidido irnos antes ya que no nos la devuelve.( 9 días antes de cumplir el mes de preaviso)
¿Sería válido entregar las llaves por ejemplo en la gestoría que tienen la asociación de vecinos donde vivimos? Doy por hecho que al no devolvernos la fianza se puede abandonar el piso antes de tiempo, no se si me explico. La avisaría una vez que ya estamos fuera de que las llaves están en x sitio.

De nuevo muchas gracias
12/10/2020 19:33
Si, es posible: cualquier medio valido de prueba en derecho puede acreditar la entrega, y la testifical es uno de ellos: asegúrese de que el gestor le da a usted un justificante y adquiere el compromiso de custodiar diligentemente las llaves: y de que se comprometa a testificar en juicio si hiciera falta.
13/10/2020 08:40
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon, pero hay una cosa que no me queda clara: ¿ha reflejado por escrito en alguna parte que se ha entregado la fianza? ¿Hay un recibo firmado de la fianza?
13/10/2020 09:25
leonjbr
Al parecer, según relato del tercer renglón de la nota de once de octubre, fue así. Pero igual convenía tener la transcripción.

También expone el consultante una posible mensualidad de carencia, habrá que ver qué fue lo que realmente interpreta la otra parte sobre lo ocurrido.
13/10/2020 11:27
Si, también lo había pensado. Es que sin ver los papeles es muy difícil dar una opinión acertada.
14/10/2020 14:21
Hola de nuevo y gracias por contestar.
En efecto existe un contrato donde aparece que se entregó un mes de fianza y que el contrato empezaba el 1 de Febrero ( ella exigió firmar el contrato en Enero para asegurarse el alquiler) Parece que el mensaje " amenazante" donde se le requería la fianza y que sinó acudiríamos a proceder con la denuncia ha hecho efecto. Aún así no las tengo todas conmigo ya que estoy casi segura que en el momento de entrega de llaves alegará cualquier tipo de desperfecto inexistente...
De nuevo muchas gracias por el tiempo dedicado a contestar.
14/10/2020 15:30
Bueno: si se reconoce por escrito la entrega de la fianza, entonces lleva ud. las de ganar.
Que luego se refiera "de pronto" a un desperfecto que no había o que dejaba de haber no le impedirá a ud. recuperar la fianza, ya que es el casero quien tiene que demostrar que cuando ud. se marchó estaba ese desperfecto y que sin embargo no estaba el dia inicial del contrato. No creo que el casero pueda demostrar eso.
Por tanto yo creo que tiene ud. muchas posibilidades de ganar un pleito para recuperar la fianza y puede interponerla ud. mismo sin necesidad ni de abogad ni de procurador.