En cuanto a lo que preguntas en el segundo post, personalmente no creo que una ley desarrolle a otra, suelen ser las disposiciones reglamentarias las que desarrollan las leyes.
No obstante, una ley si modifica o deroga lo dispuesto en otra del mismo rango cuando, siendo posterior, se opone a ella.
Con esto, lo que quiero decir es que el art 70.2 de la Ley 18/2009 deberia entenderse modificado en cuanto a su referencia a la ley 3/1985, o entender que tal referencia es a la ley 32/2014 desde la entrada en vigor de la misma
A mi entender no tiene base para una reclamación en cuanto que el citado artículo señala "y su normativa de desarrollo", además en el momento de la aprobación de la LSV (Ley 18/2009) la norma vigente en materia de metrología era la Ley 3/1985, su posterior derogación por otra norma es efectiva desde la fecha de entrada en vigor de la norma que la deroga, en este caso la derogación es por la Ley 32/2014 que entró en vigor el 24 de diciembre de 2014.
Pero es necesario tener en cuenta que la Ley 3/1985 está vigente para todas aquellas denuncias con cinemómetros de fecha anterior al 24 diciembre de 2014.
Buenas tardes, indagando en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, su Art 70.2, indica textualmente "Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean
utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de
tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la
Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología y su normativa de desarrollo."
Teniendo en cuenta que la Ley 3/1985 se trata de una disposición derogada por la Ley 32/2014 de Diciembre del 2014, ¿creeis que podría tener base para tener éxito en la reclamación de sanciones de tráfico con radares sometidos al control metrológico?