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Meses de fianza a cambio del alquiler

1 Comentarios
 
Meses de fianza a cambio del alquiler
06/06/2014 20:05
Buenas tardes

Mi marido y yo vamos a dejar la vivienda que tenemos alquilada. Hemos avisado (ayer) a nuestro casero con dos meses de antelación que es el tiempo pactado en el contrato.

Tenemos una inquietud y es que el propietario no nos devuelva los dos meses de fianza que le abonamos. La preocupación está más que justificada por experiencia de un antiguo inquilino que nos encontramos cuando ya vivíamos aquí y porque cuando ha habido temas monetarios en los que ha de haberse hecho cargo él, hemos salido perjudicados. No entraré en detalles pues no quiero alargarme demasiado. He de añadir que nuestra situación económica es límite, no tenemos teléfono, ni vehículo y utilizamos la biblioteca para conectarnos a internet, pero no nos falta de nada ni nos quejamos. La vida trae algo bueno de lo malo siempre :)

La vivienda está impecable, mejor que cuando entramos (mi marido es albañil y ha solucionado algunos defectos).
Mi pregunta es la siguiente: ¿podemos pedir que se cobre los dos meses de fianza a cuenta de los dos meses que quedan de alquiler?

Gracias por leer todo el texto

Un saludo
Carmen
07/06/2014 12:04
No es lo correcto puesto que finalidad de la fianza no es cubrir meses de la renta sino los posibles desperfectos que hayan una vez finaliza el contrato. De todas maneras lo pueden hablar con el propietario, a lo mejor accede. En caso contrario, si la vivienda la van a entregar en perfectas condiciones lo que yo haría es firmar un documento de finalización o rescisión de contrato por ambas partes donde diga que la vivienda se entrega en perfectas condiciones y sin desperfecto alguno y que el propietario devolverá las fianzas dentro del plazo establecido (si se la entrega en ese momento mejor que mejor). Asegúrese que todo funciona perfectamente pues en ocasiones algunos propietarios dan el visto bueno y luego se niegan a devolver la fianza o parte de ella por incidencias que no vieron en el momento de la entrega de las llaves. Con ese documento, si el propietario no les devuelve los dos meses de la fianza pueden reclamársela por juicio verbal sin necesidad de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada sea inferior a 2.000€.
Esta es mi sugerencia, a mejor criterio de un abogado.