Por si a alguien más le ha surgido la duda, os pongo la solución. Al estar en agosto los sábados cerrados, se le considera inhábil y por tanto se podrá presentar el siguiente hábil.
Hola de nuevo! Vuelvo a subir el hilo porque aunque me quedó claro que el mes de agosto es hábil para computar la fecha de 6 meses para la liquidación del ISD, me acabo de dar cuenta que el último día es el próximo sábado día 16 de agosto y ese día la oficina liquidadora por ser agosto, está cerrada. ¿Se entiende por tanto inhábil? Si apurase el plazo, se puede presentar por correo certificado con sobre abierto para que quede constancia del plazo?