Si tu lo dices, Luis 25. Es posible que te hayas entendido tú a ti mismo. Y si lo que quieres decir es que el mensaje no tiene ni ton ni son pues intenta contestar a la pregunta que hice el día 4/06/2006 que era seria, para que te enteres.
O si no a ¿la Ley obliga a que se colegien?
O algo de provecho.
¡Habrase visto!
Ser o no colegiado, Luis 25, es una exigencia que debiera requerirse sobre todo a los/las incompetentes administradores que debido a su malhacer, vagancia y falta de honradez tienen las comunidades patas arriba. Más que nada por si hay que pedir responsabilidades y para que tengan el respaldo del Colegio de Administradores de Fincas en caso de que debido a sus descuidos, la Comunidad de Propietarios se encuentre metida en algún grave problema.
Para los honrados trabajadores, que se esfuerzan día a día por las personas que confían plenamente en su trabajo no debiera ser necesario, lo mismo que tampoco se exige nada a un administrador/ propietario que es posible que no sepa ni sumar.
¿Pero quién sabe con antelación a qué tipo de persona se está contratando?
¿La Ley obliga a que se colegien?
Justa, me ha gustado mucho la opción que planteas del vocal de fiestas. Es una figura que no debiera faltar en ninguna Comunidad. En las que hay muchos niños/as para organizar juegos, grupos musicales y que los niños disfruten. Pues teniendo a los niños contentos los papás y mamás también lo estarán. Se evitarían muchas tiranteces.
Y si no hay niños y la mayoría son ancianitos, pues a organizar clases de aerobic, juegos adecuados para su edad, cursillos de jardinería etc.
El problema sería elegir el lugar donde realizar estas actividades para que en la Comunidad no ocasionaran ninguna molestia y viniera algún amargado/a a decir: "Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas."
Y se jorobó el plan.
No sé si conoces el caso de aquél médico que llevaba 15 años ejerciendo la carrera en un ambulatorio y se descubrió por el colegio médico que no lo era. Se le despidió y hasta se le acusó de intrusismo, pero los pacientes de muchos años pedía que continuara como su médico debido a como les atendía. El caso no es comparable porque estamos hablando de la salud de las personas, pero para que te des cuenta como está el mundo. Lo importante es pagar, la pela. Un saludo
Yo me lo creo todo, lo que ocurre es que en este foro se ha puesto de moda eso de, colegiado o no colegiado, es decir, piratilla que hay mucho suelto. Los colegiados parecen que por serlo tienen mayor garantía de honestidad y visto lo que estoy viendo es a la inversa. Los piratas por serlo actuan a veces, con mayor coherencia y sutileza (tienen que ocultar algo) los colegiados son más legales (legales porque pagan al colegio y con eso ya vale, pagando todo el mundo es buena gente)
Luis 25, y era el administrador no el presidente. Ya veo que no te has creido lo que he contado a juzgar por tu salida pero es que, a veces, la realidad puede resultar esperpéntica, estrambótica, extravagante,
esterculiácea, escrofulariácea, eritroxilácea, espermatófita, estaminífera, euforbiácea,...
Esta cerca la primavera y...
Cuando se constituyó mi Comunidad, el administrador dijo que había que nombrar un Presidente para cada portal. Y así se hizo y consta en Acta. Somos una única comunidad (constituida por varios portales, locales y garajes como bastantes sabeis ya) y sin embargo no se nombró presidente general. Aunque sí había un presupuesto general único, Juntas únicas (todos los propietarios) pero presidente único, no.
Según lo que deduzco de lo que comentáis se hizo mal. Y nosotros, propietarios incultos de PH, no teniamos ni idea y "a mandar"
Después, mejor aconsejados, decidimos nombrar a un Presidente general y lo nombramos (y aún sigue apegado al cargo). ¿Qué pintaban , en este caso, los nombrados anteriormente?
Es presidente de la subcomunidad de su portal o escalera. Como tal tiene las atribuciones previstas en ese ámbito.
Es vocal en la Comunidad general en que se incluyen todos los portales. Como vocal su única misión es asesorar e informar al Presidente de la comunidad general.
Soy presidente o vocal e una comunidad de vecinos, la cual pertenece a una mancomunidad de propietarios que tiene sus órganos de gobierno. Enb mi escalera, interiormente nos administramos nosostros mismos, y con la mancomunidad nos vinculan los espacios comunes y las cuotas de participación. Pregunto: Yo, como vocal o presidente de mi escalera puedo certificar, o demandar a morosos, tengo responsabilidad ante terceros ? . ¿ Tengo funciones específicas en la L.P.H.?. Gracias a todos por las respuestas que espero.
No, estoy de acuerdo son organos de gobierno los vocales pero no son responsables frente a terceros pues solo lo son los que menciona la ley en el articulo 13.
Los vocales que esten nombrados en los estatutos.
Ejemplo comunidad que tiene 18 portales y los estatutos dicen que tendrán un vocal por cada portal.
Ahora si son aumentados los organos en Junta pero por mayoria y no por unanimidad y no se iinscribe en el registro de la Propiedad no son verdaderos organos de gobierno. SIno como bien dices, Iris, meros asesores o ayudantes del Presidente.
Pero si en los estatutos queda establecido que habrá una comisión para obras cuando sean necesarias por remoción o conservación del edificio esas son organos de gobierno.
Segun la LPH: "En los estatutos, o por acuerdo mayoritario de la Junta de propietarios, podrán establecerse otros órganos de gobierno de la comunidad, sin que ello pueda suponer "menoscabo" alguno de las funciones y responsabilidades frente a terceros que esta Ley atribuye a los anteriores"
¿Qué otros órganos de gobierno?
¿En qué podrían menoscabar estos últimos las funciones de los primeros? Vamos, ¿qué funciones o responsabilidades podrían desempeñar aparte de las que se enumeran en la Ley?