Si el progenitor que tiene la guarda y custodia de un menor está desequilibrado (depresiones continuas, ansiedad, intentos de suicidio, hablar solo, trastornos alimentarios severos e insomnio crónico), puede derivar sus obligaciones en quien quiera?
El caso es el siguiente, a algunos ya os sonará, supongo, porque lo he explicado anteriormente, pero ahí va: el progenitor en cuestión ha estado ingresado en un psiquiátrico, no come, pasa la mayor parte de su tiempo encerrado en una habitación con unos muñecos que, segun el, contienen almas de niños muertos, no duerme y se ha intentado suicidar al menos en dos ocasiones. A los menores, en realidad los cuida su abuela, una señora de 50 años que trabaja, cuida del progenitor, de los niños, de una suegra enferma y de un suegro con alzheimer, además de hacerse cargo ella sola de la casa y de pagar la hipoteca. Mi pregunta es: puede delegar el progenitor así en otra persona sin mas, sin contar con su ex? No hay alguna manera legal de hacer que ceda la custodia al otro progenitor, aunque sea de una manera temporal, en lugar de la abuela? Hay alguna manera de hacer que el estado compruebe la situación, ya sea a través de servicios sociales o de lo que sea? Si acudimos a servicios sociales, se van a hacer ellos cargo de los niños hasta que se decida con quien se quedan o simplemente amonestarán al progenitor custodio y lo dejarán todo tal y como está?
Gracias
Por favor, necesito una solución. Para nosotros es muy importante hacer que los críos estén bien, ya sea con nosotros o con otras personas, y no soportamos ver cómo estan viviendo en estos momentos. No es sólo que su custodio esté mal de la cabeza, sino que siempre van mal vestidos y se alimentan casi en exclusiva de carne con patatas. Su dieta no tiene variedad y además hasta hace poco se les daba para desayunar y cenar cereales y leche, sólo eso. Siempre que se les recoge llevan ropas viejas, usadas y desgastadas, que normalmente no son de su talla y si alguna vez les compramos ropa nueva la ponen a la venta en ebay o la guardan para vestirlos cuando vienen visitas, que es casi nunca. No los sacan al parque a jugar con otros niños ni los llevan al médico a menos que esten muy enfermos. Nunca van a hablar con sus profesores, la mayoría de padres y madres de los compañeros de clase ni siquiera conocen a los que conviven con los críos. En esa casa entran 5 sueldos de más de 900 euros cada uno y el mes pasado, que fue el cumpleaños de los críos, ni siquiera se les compró una triste tarta. La niña , con 8 años, es incapaz de leer tres páginas seguidas y se hizo pis en cama hasta los 6, razón por la cual la acostaban con pañal. No la limpiaban al despertar y siempre tenía escoceduras. El niño ha empezado a los 3 años a volver a cagarse encima y muchas veces ni siquiera le limpian debidamente el culo, no le cortan nunca las uñas y para ahorrarse la pasta les cortan el pelo en casa, dejándole en muchos casos al niño los ojos cubiertos. Cuando nosotros los llevamos a cortarlo bien nos montaron un pollo impresionante en la puerta de su casa al devolverlo. Las actividades que los niños hacían después de clase han quedado todas anuladas este año y se pasan las tardes jugando sólos en casa sin compañía y sin que nadie les vigile, o viendo la tele sin ningun adulto cerca. El niño aún no sabe hablar del todo y la niña no sabe diferenciar la realidad de la ficción.
No tenemos dinero para pagar a un detective que constate que no estan siendo cuidados debidamente y tampoco estamos en las condiciones óptimas para conseguir la custodia, pero no podemos dejar que esto siga así, porque a los niños se les está echando a perder, no tienen noción alguna de la autoridad, se pelean con los demás niños o pasan de ellos olímpicamente, montan números en clase, tratan a todos los adultos como criados y no dan valor a nada.
Ahora, nos planteamos la posibilidad de acudir a servicios sociales, pero no sabemos como hacerlo, no sabemos si servirá de nada, no sabemos si es lo mejor...
Realmente lamentable y dramático su caso. Creo que es necesario y urgente que contacte con los servicios de asistencia social y exponga esta situación.
Evidentemente si el progenitor custodio está en esas circunstancias, no puede valerse por sí mismo, no ha lugar alguno a ostentar guarda y custodia sobre nadie, ni a delegar dicha guarda y custodia en personas a las que no les ha sido reconocida por sentencia judicial.
Si es usted el progenitor no custodio puede instar una modificación de medidas, incluido el cambio de custodia. Si no dispone de recursos solicite justicia gratuita.
Creo que no debe perder el tiempo y ponerse en contacto con los servicios sociales, cuando menos.
Y cual suele ser la linea de actuacion de servicios sociales en estos casos? No soy el otro progenitor, pero se trata de alguien cercano a mi y tiene miedo de que los niños queden en un hogar de acogida o algo similar. Si me preguntan a mi, creo que cualquier hogar es mejor que el que tienen ahora, pero claro, no es tan sencillo. Una vez se habla cn servicios sociales, cual es el siguiente paso?
Creo entender perfectamente lo que no cuentas directamente. En otros países las circunstancias económicas de los padres no son motivo para alejarlos de sus progenitores, más aún cuando a los progenitores el Estado no les garantiza el derecho al trabajo. Mucho podríamos hablar de esto.
En España sabemos lo que va a pasar. Ante esta situación y si ninguno de los progenitores se puede hacer cargo, los menores pasaran a cargo del estado, es decir, a un hogar de acogida.
Personalmente, no sé si será este el caso, si la situación es que uno de los progenitores está inhabilitado para ejercer la guarda y custodia y hasta la patria potestad por desórdenes mentales y el otro no se puede hacer cargo por circunstancias económicas, se debería otorgarle la guarda y custodia al segundo y, al mismo tiempo, posibilitarle, garantizarle, derechos tan básicos como el de la vivienda o el trabajo que se derivan del simple hecho de vivir, en teoría, en un estado social, democrático y de derecho.
Lamentablemente, desde mi punto de vista, y con los pies en tierra española, estos niños pasarán a estar bajo la “¿protección?” del Estado. Es lo que hay.
hace unos años desgraciadamente pasé por lo mismo , una vez puesto en conocimiento de los servicios sociales , nos hicimos cargo de los niños unos tios hasta que judicialmente concedieron la custodia al padre
Dado el caso y visto que la madre tiene ingresos suficientes. ¿no tendría que pasar ella manutención a los niños, si la custodia pasa al padre?
Puesto que la abuela parece que podría estar maltratando a los niños. No se la puede denunciar a ella también?
Lo que no entiendo es por qué el colegio no ha denunciado el caso. Esto es increible.
Saludos
O sea, vana la familia extensa en caso de que se declare la situación de riesgo o desamparo por parte de los servicios sociales, y la prioridad la tiene el otro progenitor según tengo entendido.
Ésa es la línea general a seguir, el internamiento en centros es el último recurso.
Lo que comentas de si el actual custodio puede ceder la custodia a quien quiera, eso quien mejor lo puede responder es un abogado de familia.
No estoy segura, creo que en principio, exactamente, no puede, quiero decir, creo que si un progenitor no puede o quiere hacerse cargo, quien tiene prioridad en este caso creo que es el otro progenitor también. Lo que pasa, es que tal vez, por ejemplo pueda cederle la custodia a su madre por ejemplo, y sea el progenitor el que tenga que llevar al juzgado que no está de acuerdo con ello, y en ese caso, creo que se le da la razón a él porque tiene prioridad, a menos que hubiera una gravísima razón de peso.
De todas formas, decir, que no tardéis en llevarlo a los servicios sociales, la situación es muy grave, e incluso comunicadlo a la fiscalía de menores, porque están en una situación gravísima, y lo raro es que los profesores de los niños no lo hayan denunciado.
Otra cosa, moveos ya. Cuando vayáis a los servicios sociales, es posible que la cita con el trabajador social sea para las siguientes tres semanas, suelen estar muy saturados, o sea, no tardéis, que de por sí, la cosa puede estar lenta. Y lo del fiscal de menores os puede ayudar mucho.
Gracias a todos por vuestras respuestas, aunque me habeis generado también nuevas preguntas:
- Qué nivel de ingresos deberíamos acreditar para poder tener posibilidades ante una petición de custodia? Mi marido, que es el padre de los niños, trabaja, y yo también, y estamos viviendo de alquiler.
- Tenemos miedo de la posibilidad que apuntabais: que servicios sociales se quede los críos y estos vayan a un hogar de acogida, y tambien nos asusta la posibilidad de que, como con la madre convive la abuela, servicios sociales considere que estan debidamente atendidos y lo dejen todo tal y como está. Se puede hacer una consulta informativa a servicios sociales sin proporcionar los datos de los niños?
- La abuela no maltrata a los niños, no les pega ni les maltrata psicológicamente, pero los desatiende. Además, tenemos constancia de que la madre le cuenta continuamente a la niña cosas negativas de su padre, que la bisabuela les dice que como su padre está conmigo ya no les quiere y que les han enseñado a los niños nóminas de su padre, facturas a nombre de su madre y el convenio de divorcio para explicarles que somos nosotros quienes deberíamos mantenerles. No sabemos como demostrar eso.
- Puede declarar una niña de 8 años en un juicio?
- El colegio no ha dicho nada porque no sabe nada. Cuando los niños tienen algun problema en clase, que es muy a menudo, porque no saben relacionarse con otros críos, primero llaman a casa de la madre, pero nunca han obtenido respuesta y siempre han acabado llamando a nuestra casa y somos nosotros los que hablamos con los profesores. No obstante, en la única ocasión en que la madre fue al colegio, les dijo a las maestras que la niña estaba aprendiendo del "comportamiento indecente de su padre y la mujer que vive con él", con lo cual los profes han llegado a acusarnos de comportarnos indebidamente ante los críos, algo que nunca hemos hecho.
- Ahora mismo, mi marido y yo no vivimos en la misma comunidad autónoma que los niños. Tanto él como yo somos catalanes y, aunque los niños nacieron y viven en Galicia, nosotros tuvimos que trasladarnos porque estabamos sin dinero y sin trabajo (a mi marido su ex le dejó sin hijos, sin casa y sin dinero) y no encontrábamos trabajo. Supongo que los servicios sociales con los que hay que hablar son los de la comunidad donde residen los niños, verdad?
Sé que es muy difícil conseguir la custodia para un padre que no reside en la misma comunidad que sus hijos, que trabaja con un contrato por obra y servicio, convive con su pareja y no tiene siquira un piso de propiedad, pero es frustrante tener que renunciar a lo mejor para los críos, que es vivir en un entorno normal, sin todos los inconvenientes que ya he citado, y cualquier sugerencia, ayuda o consejo será bien recibido.
Aderyn, segun lo que tu contabas al principio, yo creo que si que es maltrato, ya que la dejadez es intencionada. Y eso de no regalar por su cumpleaños a los niños es maltrato psicológico. Ni La abuela, ni ningún adulto tiene derecho a hablar así del padre delante de los niños, para los niños es un referente adulto y eso es importantísimo para su desarrollo como persona. Deberías contarle a un psicólogo los hechos, el experto es el que te podría decir mejor si existe maltrato. La madre es una enferma, pero la abuela y la bisabuela son adultos y deben velar por el bienestar de los niños.Espero que los abogados que hay en el foro te puedan ayudar.
Ustedes, a priori, no tienen que demostrar ingresos económicos de tal o cual cantidad. Trabajando ambos no creo que haya problema alguno. Me explico, lo único que se les puede exigir es que los menores tengan una vida normalita, como es lógico. Que vivan en una vivienda, no en la calle, que se les proporcione alimento, vestido, asistencia médica, se les escolarice, etcétera. No que les den caviar para comer, ni que vivan en un chalet con piscina. En definitiva, que lleven una vida normalita sin entrar en situaciones de riesgo. Por lo que cuenta de su situación, ustedes se pueden hacer cargo de los menores perfectamente.
Para que los servicios sociales lleven a un menor a un hogar de acogida, tendría que estar en una situación de abandono total, es decir, nadie se hace cargo de él. Ustedes pueden hacerse cargo de estos menores y además tienen prioridad sobre cualquier otro miembro de la familia extensa. Si no puede la madre, en segundo lugar está el padre, o viceversa, si no, la familia extensa, hermanos emancipados, abuelos, tíos, etcétera. En último término estaría el estado. Por tanto, la abuela no está antes que el padre.
La custodia de un menor, en estos casos, debe quedar determinada por un juez y el padre tiene preferencia. Soliciten la custodia de los menores. Pueden consultar con los servicios sociales, tanto en Cataluña como en Galicia.
La edad para que un menor sea escuchado por el juez es la de doce años, el juez está obligado a escuchar al menor a partir de esta edad, aunque la opinión del menor no es vinculante para el juez.
En cuanto al tema del colegio, no entra dentro de las atribuciones de un docente ni opinar, ni juzgar, pero si entra dentro de sus funciones informar, por ejemplo, de las condiciones higiénico-sanitarias de los menores al ingresar al centro y muchas otras circunstancias, tanto al padre como a la madre, al mismo tiempo, mientras ambos posean la patria potestad compartida. Sencillamente, aprendan a mandar a freir espárragos a los docentes que intenten hacerles a ustedes el más mínimo reproche.
En efecto, los servicios sociales que deben actuar de forma directa son los del lugar de residencia de los menores, pero ello no quita que actúen a instancias de los servicios sociales catalanes al solicitarlo el padre.
El otorgar la custodia al padre no tiene nada que ver con el lugar donde resida, a priori. En casos especiales, si el padre o madre residen en otro país, podrían presentarse dificultades, pero no es vuestro caso. Tampoco lo es tener un contrato por obra o servicio, ni vivir de alquiler, o hipotecado hasta las cejas. El entorno “normal” de la mayoría de los españoles es este, no piensen que son un caso especial.
En definitiva, el padre tiene todo el derecho del mundo a solicitar la custodia de sus hijos, es más, es su deber.
Ánimo y a la lucha que esos menores se lo merecen.
Estimada Aderyn, por todo lo que contás veo un gran temor a acudir a un servicio social, y creo entender que ese temor se debe a los dichos de esta gente enferma. Esto es una forma de acoso a todos, a los chicos y a ustedes. Hacerles tener miedo de acudir a los servicios sociales, desprestigiarlos ante el Colegio.
Esto es algo que se llama SAP (síndrome de alienación parental) es decir, poner a los hijos en contra de su progenitor no conviviente. También es una forma de maltrato.
Acudan cuanto antes al Servicio social, del lugar de residencia delos chicos, pidan informes sociales de la vivienda, psicologicos de la madurez y estado emocional de los chicos, informes de rendimiento escolar en el colegio, etc etc.
Tardará pero es muy seguro que se los den a Uds. Pidan una guarda provisoria, por más pobres que sean antes de derivarlos a un Institudo se los darán a Ustenes.
Atte., Rosa