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Menor de edad irregular cubana puede estudiar bachillerato sin homologar cada año de la eso?

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      • Tema: Menor de edad irregular cubana puede estudiar bachillerato sin homologar cada año de la eso?
1 Comentarios
 
Menor de edad irregular cubana puede estudiar bachillerato sin homologar cada año de la eso?
03/12/2018 16:20
Yo soy mayor de edad y residente por reagrupación familiar con mi esposo. Mi hermana tiene 16 años y se encontrará pronto en situación irregular aquí en España. El próximo año inicia el bachillerato,pero para ello tiene que presentar la homologación de la ESO o equivalente del país de origen,o sea,Cuba.
Hoy me dirigí a la sección de Educación q realiza ese trámite en mi provincia y me dicen q para homologar tiene q presentar la certificación de notas de cada año cursado en Cuba equivalente a cada uno de los de la ESO. Al llegar a casa e investigar,encuentro q Cuba está en el Convenio Andrés Bello que explica q los países firmantes sólo tienen que presentar el último año,y con ello ya se homologan todos los cursados anteriormente.
Mis preguntas son:
1-¿Puede ella matricular en bachillerato estando irregular?
2-¿Puedo realizar yo la homologación en su nombre a través de un poder estando ella aún en Cuba?
3-Y una vez irregular aquí en España, existe algún procedimiento por el q pueda legalizarse a través de mí o de mi esposo q es ciudadano comunitario? Porque tengo entendido q si logra ser admitida,al graduarse podrían retener su título de bachillerato.
4- y por último, ¿es cierta la información del Convenio Andrés Bello respecto a presentar el último año cursado solamente?
Espero impaciente su respuesta y les agradezco por adelantado
03/12/2018 17:21
Sayisaly
Hola:

1.- Es posible matricularse estando irregular. Pero ahora también es posible que, habiendo ingresado en España como turista, pueda solicitar una autorización de estancia por estudios dentro de España: fue la reforma que se hizo a partir de septiembre del presente año ( ya no es indispensable que venga desde el país de procedencia con el visado de estudios). Para ello es necesario que haya sido admitida para cursar estudios en España que requieran asistencia y conduzcan a la obtención de un título o certificado. También deberá probar que cuenta con recursos económicos suficientes y seguro médico.

2.- Es posible solicitar la homologación en nombre y representación de otra persona, siempre que esa persona le haya otorgado poder. Ahora bien: dado que se trata de una menor de edad no emancipada, son sus representantes legales quienes deben otorgar el poder ( a menos que conste que la menor está emancipada, en cuyo caso, podrá otorgar el poder, pero tendrá que ser complementada su capacidad por su progenitor).

3.- El Convenio Andrés Bello es un tratado internacional que vincula a los siguientes Estados: Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Chile, Paraguay, Panamá, República Dominicana, Cuba, México y España ( que es el único Estado europeo signatario). Al ser un tratado internacional plenamente en vigor, forma parte del ordenamiento jurídico interno de España por tanto sus disposiciones son vinculantes y deben aplicarse, como de hecho, se aplican, porque existe una tabla de equivalencias entre los sistemas educativos de todos los Estados signatarios, que se reconocen automáticamente. La tabla puede consultarla en el siguiente enlace:

http://tablas.convenioandresbello.org/wp-content/uploads/2017/08/Tabla%20de%20equivalencias%202017%20DEF%20rev.pdf


Un cordial saludo.