Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Mendicidad

7 Comentarios
 
26/05/2008 20:39
Gracias Alter ego
26/05/2008 08:07
Yo entiendo que no se vulnera ese derecho de libre cirulación de personas, sino lo que se regula es una "actividad" en la vía pública, y que no es otra que pedir limosna.

Esa acción (la limosna) implica un beneficio económico ¿?, ocupa un lugar en la acera, afecta al hornato, a la seguridad ciudadana, etc.

Como puedes ver, hay bastantes motivos para actuar.

Ahora bien, también es cierto que no es cuestión de denunciar a ningún mendigo (no valdría para nada) sino actuar a través de los servicios sociales para ayudarle.
23/05/2008 17:03
Gracias TN
perfil TN
23/05/2008 17:00
La mendicidad suele estar prohibida en casi todas las ordenanzas municipales.

Lo de " la Constitución recoge como derecho fundamental la libre circulación de personas, además de que nadie puede ser discriminado" no viene al caso, puesto que no se impide ni su circulación ni se discrimina, simplemente se hace cumplir las ordenanzas que suelen sancionar estas prácticas.
23/05/2008 16:27
De la forma que he expuesto el caso no parece que haya delito, pero sigo complicando el asunto. El Alcalde de la localidad no quiere que deambulen mendigos, sugiere a la Policía Local que actue para solucionar la situación, esto es , que se vaya o que deje de pedir. Hay que tener en cuenta que la Constitución recoge como derecho fundamental la libre circulación de personas, además de que nadie puede ser discriminado. ¿Qué puede hacer la Policía?
Propongo una posible actuación, acercarse a esta persona, interesarnos por su situación personal, familiar, laboral, etc. si notamos que puede estar en situación precaria o de desamparo social, ofrecerle la posibilidad de solicitar ayuda en los Servicios Sociales, casas de acogida o de beneficencia...Así también damos el servicio que todo ser humano se merece
Agradecería comentarios al respecto, críticas, alternativas, etc. gracias
23/05/2008 15:32
Hola amigo
¿Te refieres a que puede encaminarse la situación a una alteración del orden? o ¿alguna otra?
Gracias
23/05/2008 09:08
Me voy a meter en un "charquito".

Entiendo que se puede regular mediante Ordenanza municipal basándose en un Principio General, la "seguridad ciudadana".

Mendicidad
22/05/2008 19:38
Hola amig@s!!!
¿Está prohíbido ejer la mendicidad? Supongamos un caso simple de una persona que está enla vía pública y pide limosna, sin violencia ni intimidación, ni utilizando a menores, tampoco está explotado por ninguna "mafia", etc. ya me entendeis no incurre en ningún delito. Sólo viste decuidadamente dando a entender que vive muy precariamente.Algunos viandantes sienten compansión y le dan dinero .Sin emabargo se le acerca la Policía informándole que no puede pedir limosna, ¿En qué ley se refleja esto?
Gracias