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Mejor proceder

9 Comentarios
 
Mejor proceder
19/07/2006 19:08
Instado juicio en reclamación de cantidad, se suspende por intentar las partes llegar a un acuerdo antes de contestar la demanda.

El acuerdo es que se nos pagará, pero en un determinado plazo. Para ello se hace escritura notarial de reconocimiento de deuda.

Si no paga en el plazo establecido, ¿la mejor opción sería desistir de ese juicio y presentar demanda ejecutiva en base a esa escritura pública y de conformidad con el artículo 517.2.4º de la LEc?
perfil TT
19/07/2006 19:15
Siempre se podría seguir con ese juicio, en lugar de instar un nuevo procedimiento, aportando la escritura.
19/07/2006 19:38
Pero ¿se ejecutaría directamente?
perfil TT
19/07/2006 20:00
Estamos hablando de dos opciones:

Seguir con el declarativo, aportando el reconocimiento de deuda ( con lo cual éste estaría prácticamente ganado).

Ejecutar el título extrajudicial en un nuevo procedimiento, interponiendo nueva demanda ejecutiva.

Creo que cabría intentarlo en el primer supuesto, para ahorrar tiempo.
20/07/2006 09:14
Pero que es más rapido, ¿un declarativo ordinario en el que aun queda que contesten, la Audiencia Previa y el juicio o una demanda ejecutiva en que se ejecuta y se embarga directamente? Por eso yo creo que la opción era la demanda ejecutiva.
perfil TT
20/07/2006 10:16
Ya sabes que hablar de rapidez es muy relativo. Puede tardarte más una ejecución que un ordinario y viceversa.
20/07/2006 17:50
Cierto, es relativo.

Pero en este caso, si presento demanda ejecutiva, acordaran los embargos en el mismo Auto, y en el declarativo, entre que contesten, se desarrolle el juicio, dicten sentencia y pueda pedir la ejecución...
Eso si no estoy confundida...
perfil TT
20/07/2006 17:55
Pues entonces haz lo que creas oportuno en función de lo que profesionalmente entiendas mejor para los intereses de tu cliente.
20/07/2006 18:35
Ya, TT. Espero no haberte molestado. Esperaba opiniones, solo eso. Y agradezco tu ayuda :)
perfil TT
20/07/2006 18:42
No me has molestado en absoluto. Si tu ves una opción mejor depues de comentar el tema, recuerda que eres tú quien firma los escritos y, por tanto, tuya la responsabilidad. ;). Venga, un saludo.