Por favor, podría alguien decirme si cuando tramite la separación y hasta que el juez dicte sentencia (puede tardar unos meses) yo puedo pedir una medidas provisionales como:
el que el otro progenitor pase un dinero hasta que el juez dictamine, y
el que uno de los progenitores desocupe la casa hasta que el juez dictamine.
Mil gracias por su atención
También tengo un caso similar, presente demanda de guarda y custodia, pero no pedi medidas provisionales, y esta corriendo el plazo para contestar la demanda, se cumple el 24 de enero. Y la pregunta es si puedo pedir las medidas antes de que se cumpla el plazo.
Efectivamente la función de las medidas provisionales es cubrir el vacío de regulación legal que se da cuando se produce una separación o divorcio, es decir cuando existe una crisis matrimonial y se han de adoptar medidas urgentes.
Las medidas provisionales son aquellas coetáneas a la demanda del proceso principal, es decir, se presentan al mismo tiempo y con su presentación comienza el plazo de un mes para presentar la demanda principal. Realmente se solicitan las mismas medidas que se van a pedir en el procedimiento principal, pero debido a esa urgencia de que se regule ese vacío legal, se adoptan provisionalmente.
También puedes solicitar medidas previas que son las que se solicitan antes de presentar la demanda del procedimiento principal, aunque pocas veces suele hacerse.
Si visitas nuestra página web podrás informarte de esta cuestión detenidamente, así como de las medidas que se han de regular en ambas demandas, como las cuantías de pensión de alimentos con sus tablas, custodias....etc.
Pero cuando se ha presentado ya demanda de guarda y custodia ya no hay posibilidad de solicitar medidas provisionales, me encuentro en ese caso, y ahora estoy a la espera de que le nombren abogado de oficio al padre demandado. con lo cual me queda aun mucho por esperar, pero pensaba que mientras este no haya contestado la demanda puedo pedir medidas urgentes. Orientarme por favor. Gracias!!