Comento aquí este asunto debido a la urgencia del mismo, pues se trata de unas medidas provisionales urgentes con menores.
La vista está señalada el próximo miércoles, llevo a la demandante, madre de dos menores de corta edad.
La citación del demandado, padre de los menores, ha sido negativa, él no ni ha ido a Correos a buscar el aviso que se le dejó por el juzgado. Se le ha llamado desde Secretaría varias veces en esta semana y no atiende las llamadas, no tengo muchas dudas, por esto y por otras razones que no vienen ahora al caso, de que está dilatando maliciosamente el proceso.
Ahora, el demandado sabe por vía de su letrada, que no está personada en esta causa, el contenido de la demanda. Lo sabe porque yo se la envié a la compañera con antelación suficiente para tratar de llegar a un acuerdo, que no ha llegado. Además dicho señalamiento consta referido en otro proceso en que intervienen también las partes en un juzgado penal, con lo que no puede pretender ignorarlo.
Con esta información, y para el caso de que se decretara la suspensión de la comparecencia prevista para el miércoles, ¿habría material suficiente para oponerse a la suspensión? Entiendo en principio que no, por haber resultado infructuosa la citación y entrega de la demanda en la persona del demandado, pero cuanto menos, creo que demostraría que éste actúa con manifiesto ánimo dilatorio.