tengo una consulta ... yo y mi ex-pareja (no estamos casados) nos hemos separado y tenemos una hija en común. De forma amistosa hemos llegado a un acuerdo que beneficie nuestra hija ... y tenemos ya preparado un convenio regulador de medidas paterno-filiales.
La pregunta es la siguiente: nos han comentado que en estos casos no es necesario acudir a un abogado y posteriormente a un juez ... si no que acudiendo los 2 delante de un notario y firmando delante de este ultimo el convenio ... que tiene la misma validez. Es cierto???
La unica diferencia, teoricamente, se produciria en el caso de que en un futuro una de las 2 partes incumpla con dicho convenio ... y en ese caso habria que acudir a un juez con el convenio firmado ante notario y se "alargarian" los tiempos para que la parte afectada pueda "reclamar".
Alguien puede confirmarme si es así?
Tambien saber aprox. que es lo que puede valer un convenio firmado ante notario. Por lo que he leido ... todos deberian de tener las mismas tarifas. El caso es que pese a la separación, nos llevamos bien, y queremos ahorrarnos malos rollos y gastos inecesarios ... y por lo que nos han dicho ... ante notario deberia de ser más barato y más rapido (y no hace falta luego llevarlo a un juzgado ... mientras las 2 partes cumplan).
He leido muchas experiencias por aqui ... y personalmente creo que es posible llegar a un acuerdo en el tema de los hijos. No veo ogros en forma de mujeres ni delincuentes en forma de hombres ... simplemente hay que mirar por el bien de los hijos.
Un acuerdo privado, aunque sea ante notario, tiene validez mientras las dos partes lo cumplan. En caso de incumplimiento un juez no puede hacerlo valer ya que al no tener validez legal no hay legalmente incumplimiento, no pudiendo ejecutarse sentencia ni condenar por incumplimiento, etc.
Si una de las partes incumpliera en el futuro, sería necesario ir a un contencioso (ya que no habría ya mutuo acuerdo), pues puede proceder, ahora que hay mutuo acuerdo elevarlo a sentencia, pueden incluso hacerlo con el mismo abogado y procurador (aunque creo que es lógico que cada uno consulte a un abogado para evitar malas interpretaciones del acuerdo, aunque se vaya al juzgado con el mismo abogado y procurador) y el coste es menor (mas si el abogado ya no precisa redactar y negociar el acuerdo) y los plazos de la sentencia judicial son menores.
Si están de acuerdo ahora puede ser adecuado elevarlo a sentencia.
Ni idea lo que puede costar un acuerdo ante notario, tampoco creo que todos cobren igual, lo mejor es solicitar presupuesto en una o varias notarías.
Idem para contratar a un abogado para elevar a sentencia el acuerdo.
y gracias x aclar mi duda ... pero entonces x lo que tu pones ... si realmente un juez no puede hacer nada frente a un convenio firmado ante notario ... con que lo firmemos los padres (sin acudir a un notario) ... pues tendria la misma validez???
En caso de que una de las 2 partes no cumpla ... pues se tendria que acudir a un abogado, etc. ... como si ese convenio firmado anteriormente no existiara ... es correcto?
Un acuerdo firmado entre las partes o ante notario tiene validez entre las partes mientras ambos lo cumplan, no es válido nivel legal y no es posible obligar a las partes a cumplirlo, ejecutarlo legalmente, ni castigar por su incumplimiento.
Si una de las partes incumple habría que ir a un contencioso, cada uno con su abogado y procurador para que el juez decidiera al respecto. Si una de las partes aporta el antiguo acuerdo será el fiscal y juez quienes valoren si procede aprovechar algún apartado del mismo o no, pero no tiene validez legal para que el juez y fiscal tengan que tenerlo en cuenta.
Ok, gracias ... pues entonces con que lo firmemos los 2 es suficiente. Cada uno se queda con una copia y punto. No tiene sentido llevarlo a un notario ... ya que seria un gasto tonto.