A mi hermano le han pedido como contribución a las cargas del matrimonio en las medidas provisonales coetaneas 800 euros, y en la demanda de separación 600 como pension alimenticia para sus hijas y 300 de compensatoria. Me pregunta si son acumulativas, es decir, si aprueban los 800 euros, y luego las dos pensiones, tendrá que pagar 1700 euros, cobrando 2000? Está muy angustiado. Gracias
Las medidas provisionales tienen la única finalidad de garantizar que lo que posteriormente se dicte en sentencia, se cumpla, y en materia de familia, de o que se trata es de que el menor en ningún momento quede desprotegido. Si efectivamente son unas medidas coetáneas a la demanda principal, sólo seguirán vigentes hasta la que se haga firme la nueva sentencia. El contenido de la misma, sirve para sustituir lo dictado en el auto, con lo que las medidas adoptadas no se acumularían con las anteriores, porque la necesidad de proteger a las menores, ya está cubierta.
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