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medidas coetaneas

7 Comentarios
 
Medidas coetaneas
28/06/2012 14:54
Buenos dias compañeros,

Necesito una ayuda y orientacion respecto a una vista que tengo el lunes.

Presente una demanda de guardia y custodia, regimen de visitas y alimentos. Es una pareja que tuvo un niño, nunca han estado casados (por lo que no porcede entiendo ni separacion ni divorcio ni nulidad), y como el no pasa manutencion ni se ocupa del niño, se presento para fijar las medidas la demanda referida. El procedieminto por parte del Juzgado lo ha denominado. "Familia. Pieza Medidas coetaneas", y segun me han comentado, hay que presentar otra demanda antes de un mes desde que se dicte el Auto?....que sería la demanda que fijaria las medidas definitivas?, pense que todo quedaba fijado con la demanda que presente. No se muy bien que es lo que tengo que hacer y si pudierais orientarme...no quiero que por no presentar la demanda definitiva el Auto que se dicte quede sin efecto que es lo que me hna dicho que ocurriría. De ser cierto que debo presentar la demanda definitiva, sería como una repeticion ala ya presentada, no?. Muchas gracias
28/06/2012 15:34
Sí, hay que presentar la demanda antes de que pase un mes, si no esas medidas quedarán sin efecto aunque me llama la atención lo de coetáneas en vez de medidas provisionales.....

Y sí, sería como una repetición de la ya presentada, si es que tu cliente así lo quiere, metiendo el tema de la custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia (si procediera), gastos extraordinarios y demás. Lo que se resuelva de ello será la sentencia definitiva.

28/06/2012 18:09
Pues opino que no deberas presentar ninguna demanda más.
Porque lo que se abierto ha sido una pieza separada dentro de un procedimiento principal.
Supongo que presentaste la demanda y mediante otro si pedistes una medidas y lo que ha hecho el juzgado ha sido abrir el procedimiento correspondiente y dentro de este una pieza separada.
En un procedimiento de familia se pueden proponer dos clases de medidas ,las medidas previas o medidas coetaneas, que las dos son lo que llamamos medidas provisionales,
Si las medidas son previas o sea se hizo de manera independiente ,, mantendrá su vigencia hasta la sentencia en el procedimiento principal siempre que se haya presentado la demanda principal en el plazo de 30 días desde que se dicta el Auto. Si en esos 30 días ninguna de las partes presenta demanda, las medidas pierden su vigencia, como si no hubieran existido.

Si eran unas medidas coetáneas a la demanda principal, pues seguirán vigentes hasta que se dicte sentencia.
28/06/2012 22:00
Pues yo sigo considerando necesario presentar la demanda.

Una duda que me surge, ¿quién hizo que fueran coetáneas y, cuál fue el resultado de las mismas?

Por mucho que éstas conserven su vigencia me parece absurdo no apurar el proceso y, además, si no lo hace ella, lo puede hacer la otra parte (todo dependerá de a quién beneficien dichas medidas)

Yo, para asegurar, la presentaría.
28/06/2012 23:52
Las medidas coetaneas son aquellas que se piden mediante otro si junto con la demanda de medidas paterno filiales,en este caso.
Las medidas previas son aquellas que se piden antes de presentar la demanda .
Si el juzgado ha abierto pieza separada ,esto quiere decir que hay un procedimiento principal de medidas paterno filiales,y de este procedimiento se abre una pieza separada ,para establecer unas medidas provisionales,o sea el juzgado ya tiene en consideración que hay un procedimiento principal que debera acabar en sentencia.
Netsirena la otra parte primeramente recibira y muy posiblemente a la vez ,dos notificaciones ,la primera una citación para comparecer en el juzgado ,el día y hora señalados a fin de realizar la comparecencia para las medidas provisionales y otra con la demanda ,emplazandola para que en 20 días la conteste.


29/06/2012 15:22
Correcto terabithia, iba a contestar pero veo que ha lo ha hecho y de manera correcta.

Efectivamente, no es necesario instar nueva demanda, ya que en este caso no se trata de medidas previas, sino de medidas coetaneas, que efectivamente se piden mediante otrosí en la demanda principal, por lo que ya está presentada.

Un saludo,
07/07/2012 12:40
la demanda se deve presentar para que tenga validadez las coetaneas
07/07/2012 13:25
La demanda tiene que estar ya presentada, estamos hablando de medidas coetáneas, no previas, por lo que se presentan JUNTO con la demanda principal.

Un saludo,