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medidas coetaneas

2 Comentarios
 
Medidas coetaneas
21/11/2007 11:59
Mi pregunta es sobre un caso de violencia en el ámbito familiar, donde se adopta una orden de protección de medidas civiles y penales, y como la vigencia de las medidas civiles es de 30 días, formulé demanda de divorcio solicitando por otrosí la prorroga de unas de las medidas y la modificación de otras.
Ahora me han admitido a trámite la demanda de divorcio, debiéndose dar traslado a la otra parte, pero pone que se cite a las partes respecto a lo solicitado por mi mediante otrosí digo de la demanda, y dice "tomése pieza separada de medidas coétaneas que se encabezará con el testimonio de la demanda y de la presente resolución señalandose la comparecencia el dia XX"

Entonces mi pregunta es:
En ésta comparecencia ¿que se va a discutir las medidas que pedí o también el divorcio?

Si hay una orden de alejamiento, que termina poco antes que el día señalado, aunque he solicitado la prorroga, tendrán que asistir a dicha comparecencia ambas partes?

¿Y lo más extraño, porque se ha fijado un dia por la tarde para realizar dicha comparecencia?
perfil SE6
22/11/2007 10:52
En la comparecencia sólo hablaréis de las medidas, y concretamente de si concurren las circunstancias que justifiquen la modificación de medidas que solicitas en demanda. Por eso se hace en Pieza Separada, y para el divorcio tendréis una vista independiente, que se señalará una vez que el demandad@ haya contestado a la demanda o haya transcurrido el plazo legal para ello.
Aunque haya orden de alejamiento vigente, las partes deben asistir a la comparecencia, y en ese caso el Juzgado tomará únicamente las precauciones necesarias para que la víctima salga antes, si así se comunica y solicita; aunque esto no conlleva ninguna formalidad procesal, son cosas que se comentan con absoluta naturalidad y que el Juez dispone sobre la marcha.
Lo que sí choca es la comparecencia por la tarde, pero la realidad es que las horas de audiencia del Juzgado alcanzan hasta las 20:00 horas; debe ser un Juzgado con una agenda muy completa o con un Juez muy trabajador. Saludos.
07/01/2008 11:26
Gracias, ¿entonces yo que digo que me afirmo y me ratifico en el escrito de demanda?
Y prueba no hay, entonces que se hace más.