¿Cómose calcula el importe de la caución para el caso de que se adminta la medida cautelar? Me parece que no hay ninguna norma escrita sobre esto, pero que suele ser lo habitual? La medida que piden es el embargo preventivo hasta cubrir el importe reclamado de casi 500.000 € y ofrecen 12.000 de caución. A mi me parece poco y me gustaría pedir más, pero no sé en base a qué-
Muchas gracias, por la respuesta. Respecto a lo del bonus fumun iuris, lo que tienen es un contrato de arrendamiento de servicios. Ellos dicen que no se han pagado los servicios y nosotros que el servicio no se ha pagado porque no se ha llegado a prestar una parte muy importante de uno de ellos. Con la contestación a la demanda aportamos pruebas. También tengo que referirme a ello y aportar estas pruebas en la vista de las medidas?
Respecto a lo de la periculum in mora, la verdad es que no se.
Como se trata de una sl vamos a aportar los impuestos de sociedades de años anteriores, para que se vea la trayectoria de la empresa. No se si será suficiente.
En cuanto a lo de la fianza, es buena idea, pero aunque tienen existencias, no tienen tanta liquidez.
Entonces, ¿tendría que referirme ahora al incumplimiento del contrato de servicios por su parte?
Se me olvidaba decir que hemos presentado demanda reconvencional, pidiendo la penalización recogida en el contrato para el incumplimiento.
Muchas gracias.
Las medidas cautelares suelen basarse, entre otras razones, en el bonus fumus iuris y el periculum in mora. (no sé si lo he escrito bien, lo hago de memoria). Si no reune esos requisitos, puedes oponerte con probabilidades de éxito. Supongo que también puedes ofrecer los bienes que quieres que se embarguen, e incluso ofrecer fianza en lugar del embargo.
Hola!
Dentro de unos días tengo una vista sobre medidas cautelares en un procedimiento de juicio ordinario. Junto con la demanda han solicitado medida cautelar de embargo preventivo de bienes, (sin indicar cuales), para cubrir la cantidad reclamad. ?alguien sabe como son estas vistas) Me han dicho que como las de un proceso verbal. Qué motivos puedo alegar para oponerme? ¿puedo ofrecer de forma subsidiaria para el caso de que no se estimen mis alegaciones, los bienes que quiero que se embarguen? Muchas gracias