Voy a solicitar una medida cautelar sin audiencia del demandado, por motivos de urgencia. ¿Debo pedir subsidiarimente, para el caso de que el juez no vea la urgencia, audiciencia del demandado para acordar la medida?
De acuerdo con teofilo.
No te hace falta pedirlo subsidiariamente, si el Juez no aprecia urgencia, os citará a una comparecencia sin más. Justifica bien las razones de urgencia, porque en otro caso no te la admiten inaudita parte.
Un saludo.