Se me presenta un caso en el que desconozco cual seria la instancia judicial correcta para recurrir. En su día la Audiencia provincial de Madrid acordó mediante auto ciertas medidas cautelares sobre mi representado, pues bien, ahora es el Juzgado de primera instancia el que se encuentra conociendo del procedimiento principal (actualmente suspendido) y de la pieza de medidas cautelares (actualmente activas) y sobre la que ha dispuesto la ejecución.
Se me plantea la duda entonces sobre a cual instancias: AP o J1instancia
debo recurrir para plantear una modificación de medidas cautelares.