Hola! Tengo una gran duda, en las medidas cautelares previas q se celebró en junio, quedó estipulado q mi ex pareja abandonaría el hogar el 1 ó 2 de agosto, cosa q ha incumplido y me reitera q no se va a ir de casa.No tengo claro q hacer, pues agosto es inhabil.O puedo hacer algo en agosto por incumplimiento? No puedo contactar cn mi abogada de oficio en esté mes para consultarle.Me podrían ayudar q es lo correctamente legal q he de hacer?
Muchísimas gracias.