Buenos días compañeros
Estoy estudiando la posibilidad de solicitar el embargo cautelar de bienes (en concreto cuentas) de la empresa demandada, ante el riesgo de alzamiento de bienes e insolvencia sobrevenida y el retraso en el señalamiento de la vista (más de un año). Mi pregunta es: En caso de solicitarlo inaudita parte y urgente, ¿qué opináis sobre el riesgo de reclamación por los daños ocasionados en caso de que se desestimen nuestras pretensiones? Debido a la ausencia de caución en el proceso laboral, me inquieta que puedan reclamar el resarcimiento de los daños que dicho embargo les pueda ocasionar.
Gracias por anticipado.