Nos ha surgido la duda de de qué manera tendría que medirse una vivienda para hacer constar a Agencia Tributaria, en caso que lo reclamase, el % de una vivienda alquilada bajo la forma de alquiler de habitaciones.
Se piensa alquilar un % de una vivienda (2 habitaciones de 3 y el salón) a una misma persona. En el contrato se especificará que la parte proporcional alquilada se destinará a la la residencia habitual de la arrendataria, que en la 3ª habitación residirá el arrendador como vivienda habitual, y que ambos compartirán el resto de espacios comunes.
Según diversas consultas, el presente alquiler podría obtener el 50% de deducción del resultado neto, al ser la residencia habitual de la arrendataria, pero los gastos deducibles solo podrían deducirse en la parte proporcional alquilada, de allí que, en caso de reclamo, debamos tener una medición de esa parte alquilada y hacerla constar en el contrato de alquiler.
¿De qué manera tendría que medirse esa parte alquilada para que Agencia Tributaria lo considerase como real y no diera problemas en caso de inspección?
En la tasación de la vivienda para la hipoteca se realizó la medición de los metros cuadrados de la vivienda útil, pero no se especificó la medida de las habitaciones. Desconocemos si esa medición de la vivienda útil por el tasador serviría para el total de la vivienda.
Gracias de antemano por su ayuda y un cordial saludo,
Adrián
Yo haría un contrato de 2 habitaciones, con la tercera para el propietario, y el resto de zonas de uso común. No veo claro el alquiler del salón, podría dar lugar a complicaciones.
Y con eso poner como gastos 2/3 del total.