en el contracto que firmé al empezar el trabajo con la empresa habia una clausula que firmé:
Clausulas addicionales:
Con motivo de la elevada planificación que requiere el desempeño de las funciones del trabajador, en caso de baja voluntaria o por causa imputable al trabajador, el plazo de preaviso queda fijado en 60 días naturales que, en caso de incumplimiento descontaria de su finiquito tantos días como días de falta de preaviso por daños y prejuicios.
He presentado mi carta de dimisione el dia 13 de marzo y declarado que el dia 8 de april será mi ultimo dia en la empresa.
a causa de la clausula de antes mi empresa me exije que el finiquito que me toque al finalizar el contracto en el mes de abril seria -2300 osea me tocará pagar a la empresa mas o menos 2000 euros
este está calculado en la diguente manera:
10 dias de sueldo - irpf - seg sosial - OK
1 dia de vacaciones que me toca - OK
- falta de preaviso calculado como (60 dias de preaviso que se tenian que dar - 26 dias de preaviso dados) * sueldo (sin impuesto) de un dia de trabajo -??? la tengo que pagar este importe o se pueden quedar solo con el finiquito?
Gracias afimco,
en mi contracto no se especifica el convenio colectivo. Supongo que esto signifique que se haga referencia al estatuto de los trabajadores...
El art. 49.1.d lo dice muy clarito:
"Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar."
El que no se especifique en tu contrato no quiere decir que no exista... será el de la actividad fundamental de la emrpesa en tu provincia e aplicable.
Y la "costumbre del lugar" suelen ser 15 días...
Si yo fuera juez vería una clausula abusiva la indicada en contrato, excesiva, salvo que fueras un astronauta y claro, si no das un preaviso de 2 meses la empresa no encuentra un sustituto, o que hubieras estado cobrando un plus por aceptar esa clausula
¿Qué haría yo? Pues cuando la empresa me presentara el finiquito le pondria RECIBIDO Y NO CONFORME y le diria a la empresa que si quiere que denuncie para exigirte la cantidad. No pierdes nada, si pierdes el juicio pagas y punto, no hay costas y seguramente será sin recargo y con un poco de suerte dentro de un año...
Y si luego quieres pues le reclamas ala emresa que te pague tus dias y rehaces lso calculso del finiquito a razon de un preaviso de 15 dias o te buscas el convenio de aplicacon a ver quñe dice