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Me quieren robar la marca

10 Comentarios
 
Me quieren robar la marca
11/03/2018 21:01
buenas tardes. tengo un gran problema. tengo el nombre de mi empresa desde hace 22 años pero NO había registrado el nombre , ni la marca, ni logotipo. Hay una empresa de la misma actividad que tengo yo, que ha registrado la marca y mi mismo logotipo. No se que hacer, es una sociedad limitada.Por favor díganme si me puede traer consecuencias o que hago. Gracias.
11/04/2018 14:45
Recesal3
¡Hola!
Según la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) y la Ley de Marcas, la marca y el nombre comercial son signos distintivos que se protegen mediante títulos otorgados por el Estado y que confieren a su titular el derecho exclusivo de utilizarlos e impedir a otros la utilización en España de los signos distintivos protegidos.
Si usted viene utilizando su marca sin haberla registrado en la OEPM de todos modos van a surgir problemas graves.Primero, una vez empezado el uso de su marca, usted no podrá impedir al infractor. Segundo, en caso de que esa persona registre su marca con la OEPM, usted no podrá seguir utilizandola, ya que la ley (artículo 6 de la Ley de Marcas) protegerá los derechos del propietario de la marca (derechos de utilizar, transferir, ceder la marca, impedir el uso de la marca por terceras personas etc.).
La Ley de Marcas prohibe registrar las marcas que sean idénticas a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos. En este caso la otra empresa dispone de la marca anterior, ya que la ha registrado antes.
No tiene importancia que Ud tiene el nombre de su empresa desde hace 22 años ya que los derechos surgen desde el mometo de registro de la marca. Eso significa que en este caso Usted infringe los derechos sobre la marca de esta compañía.
Pero el artículo 51 también fija que serán nulas las marcas que han sido registradas de mala fe.
Por lo tanto existe la posibilidad de reclamar el reigstro de la marca por otra persona alegando el uso de su marca por esa persona de mala fe y en contra las normas de protección contra la competencia. Así, de acuerdo con el art. 10bis del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial 1883 se reputa desleal todo comportamiento que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe. A tenor del art. 12 de la Ley de Competencia desleal, se considera desleal el aprovechamiento indebido, en beneficio propio o ajeno, de las ventajas de la reputación industrial, comercial o profesional adquirida por otro en el mercado. En particular, se reputa desleal el empleo de signos distintivos ajenos.
Sin embargo, la posibilidad de que pueda probarlo es mínima.
Espero haber contestado sus preguntas.
14/04/2018 11:14
Pro2018
buenos dias. gracias por su respuesta, creo que lo tengo bastante claro. tendre que negociar con el y pagar para quedarme con el nombre de mi propia marca, No?
ES que sino, cambiar logotipo, nombre comercial, productos con mi nombre, cambiar nombre en hacienda, ss...etc.. es impensable.
Negocio? que le parece? gracias de antemano
21/04/2018 22:52
Recesal
buenas tardes. me han hablado de solicitar una accion reivindicatoria o algo asi.. esto puede funcionar realmente? tiene preferencia y derecho el que registra el nombre y logotipo? se ganaria ante un juicio?. Muchas gracias si alguien me contesta por favor.
21/04/2018 23:34
Recesal3
buenas tardes. me han hablado de solicitar una accion reivindicatoria o algo asi.. esto puede funcionar realmente? tiene preferencia y derecho el que registra el nombre y logotipo? se ganaria ante un juicio?. Muchas gracias si alguien me contesta por favor.
19/05/2018 00:13
Recesal3
Hola estimados lectores, me enfrento a un problema que por su naturaleza me impide conciliar el sueño, hace algunos años abrí un negocio que poco a poco fue creciendo y siendo exitoso, le dí empleo a uno de mis hermanos y le brinde mi confianza total, resulta que después de aprender todo acerca del trabajo, me da las gracias por el empleo (renuncia) y abre un nuevo local con el mismo nombre, concepto y servicios que el mio ofrece, ¿que puedo hacer?
11/06/2018 18:54
Recesal
Buenas tardes, puedes ejercer la acción reivindicatoria y argumentar que la marca objeto ha sido tuya desde los años 90, aportando facturas, fotos, encuestas....
Por otro lado y si ha sido el caso, puedes argumentar que la solicitud ha sido de mala fe con la única finalidad de aprovecharse de tu marca en el mercado.

Saludos.
02/07/2018 12:25
Recesal3
La propiedad intelectual y la protección de la imagen es muy importante, es como si te robaran tu identidad. Soy diseñadora gráfica independiente y este es uno de mis principales problemas cuando trabajo con un cliente. Me ha pasado con varios proyectos en el ámbito del diseño porque otras personas han utilizado mi idea sin permiso previo y sin remuneración alguna. La mejor solución para estos casos es contratar un especialista en el derecho de la propiedad intelectual porque no es solo exigir una remuneración; sino presentar denuncias, enviar cartas de reclamo, creación de contrato, utilizar conceptos claves que encontrareis en la ley etc. Actualmente me encuentro trabajando con un grupo de trabajo especializado en el tema que se llama Globalway abogados y me han ayudado en la estructuración de contratos y patente de la marca y diseños.
02/07/2018 17:18
Recesal3
Hola Recesal y Araujocarlos,

hemos leído tu mensaje.

Respecto a Recesal, podríamos acogernos a la marca notoria y renombrada, si se diese el caso, es decir si es muy conocida la marca en tu sector o en todos, podría eso tener fuerza igual que la marca registrada, y hacer que quien la utiliza sin ese refuerzo tenga que abandonarla, pero habría que probarse la marca RENOMBRADA o NOTORIA.

Por otro lado, AraujoCarlos, según lo que comentas, es fácilmente defendible ya que la mala fe no admite el registro de una marca, ni el uso de la misma, un Juzgado te daría fácilmente la razón.

Permíteme que os informe que desde mi despacho de abogados (PCP ABOGADOS), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas, te atenderemos encantados.

un saludo y a la disposición de ambos,
01/11/2018 04:35
Recesal3
Lo mejor es argumentar que la solicitud ha sido con mala fe , esperando aprovechar tu marca en el mercado. He ganado casos así
23/02/2020 20:19
Recesal3
Buenas tardes,
Un antiguo colaborador, con el que tuve un juicio por "falso autónomo", ha registrado mi logo y mi marca en la OEPM para los mismos servicios, yo tengo registrado el dominio en RED.ES. y comprado y diseñado tarjetas con ese logo. Ahora usa el logo en su página web haciendo comparativas falsas de los servicios que ofrecemos. Yo llevo 4 años utilizando el logo en mi web, firmas de correo electrónico, facturas, presupuestos, etc.
El tiene su empresa y su logo, y sigue con ellos, sólo lo ha registrado para que yo no lo use, creo que podría demostrar claramente "mala fe". ¿Qué opináis?
Muchas gracias