Me acabo de enterar de una sentencia de que un juzgado me condena a desalojar y a pagar el alquiler de una casa en la que no vivo desde el 2004.
Antes de irme de la casa ni el administrador ni la propietaria se hicieron cargo de las llaves del piso para no devolverme el dinero de la fianza a sabiendas de que yo cogía un avión para irme a vivir fuera de España. Me quedé en su día sin recuperar la fianza y ahora encima me quieren estafar.
MI PREGUNTA ES: Como me preocupa que me puedan embargar algo por éstos elementos, primero apelaré esa sentencia, y luego quiero interponer una por estafa pero, ¿ES SUFICIENTE ARGUMENTO PARA UN JUEZ demostrar claramente que yo no vivo allí desde que finalicé el año de contrato con: billetes de avión incluidos, baja de contrato de teléfono de esa casa, facturas de mi actual casa desde 2004 hasta hoy, certificado de la empresa de mudanzas, cambio de padrón y dirección del censo, etc.? PORQUE MI DESGRACIA ES QUE HE DADO CON UNOS CHORIZOS Y EN SU DÍA NO COMUNIQUÉ QUE ME MARCHABA DEL PISO POR ESCRITO SINO POR TELÉFONO AL ADMINISTRADOR Y A LA DUEÑA DEL PISO. Y ésto es el pequeño gran problema de mi palabra contra la de éstos ladrones.
También es frustrante que, ante la justicia, defenderse cuesta dinero. Es la primera vez que asistiré a un juzgado en mi vida y no se si mi economía aguantará desplazamientos de avión y abogados para que ésta gente no se salga con la suya.
MUY AGRADECIDO A TODA PERSONA QUE PUEDA ORIENTARME.
¿Y cual ha sido la situacion del piso, desde que usted lo dejo?.
¿Ha sido vuelto a alquilar?.
Seria interesante averiguarlo. Detective privado, nuevos contratos de luz y agua, telefono, etc.
Hola Lavo, gracias por responderme, fue de las primeras cosas que hice ayer, llamé a la compañía de luz y a pesar de no quereme dar muchos datos me confirmaron que la factura es la mínima y la misma desde hace tiempo. Han tenido el piso vacío con todas sus narices todo éste tiempo. Curiosamente la sentcia no dice nada de pagar los gastos de la casa y entiendo que en caso de deber un alquiler (que no debo) debieran pedir también el importe de las facturas de luz, agua y gas de dos años, por mínimo que sea ¿no?
Estoy mosca también porque los contratos de luz y demás están a nombre de un señor que ya había fallecido cuando yo estaba en esa casa en 2003-04. En la sentencia pone, Doña "fulanita", representando la comunidad hereditaria de "pepito". ¿Eso es normal no? Es que tanto me tiene paranoica.
El asunto está un poquillo mal ¿ no ?
Yo conozco a uno que le pasó lo mismo, le encontraron el suledo y tuvo que pagar, de su sueldo cada mes por embargo del mismo. Ya la cosa está muy mal porque probablementa la sentencia sea firme e incluso igual te la han notificado a través de alguién. Sí ha sido por edictos jurídicamente me parece que solo existe el recurso extraorniario al condenado en rebeldía ,pero lo que dices parece que no te preocupaste de dejar las cosas arregladas y lo que es peor sí el piso ha estado desocupado es dificil acogerse a la no produzcción de perjuicios para la propiedad. Creo que ya puedes ir pensando en la manera de hacerte invisible para ver sí se olvidan de tí , que sino mucho me temo que te va a tocar pagar porque el tiempo de prescripcción de las deudas declaradas por sentencia es bien largo.
No se me ocurre nada más.
Saludos y ánimo.
Creo que tu denuncia por estafa contra la propiedad no va a prosperar. No se dan los elementos del tipo.
Por otra parte, podrias aportar pruebas del lugar en el que vives ahora, incluso testificales, aunque si como dices ya ha habido sentencia no se me ocurre cuando, a no ser que proceda el recurso que cita el forista mariopez1.
De todas formas estas pruebas no demuestran que usted al dejar el piso lo puso a disposición de la propiedad.
Suerte
aunque agradezco vuestras respuestas, me entran escalofríos al leeros ;) Me da mucha rabia ésta situación.
Oficialmente no conozco la sentencia, me enteré de casualidad tecleando mi nombre en internet y si no me entero así, imaginate que en un futuro me embargan el coche, la casa o la nómina y sin saber porqué.
Lo de permanecer invisible me parece una lotería, por lo que decís no me qedaría mas remedio. En cualquier caso esta semana me reuno con mi abogado y ya os comentaré lo que él me aconseja. Si me va a costar más la broma de defenderme, pagar billetes de avión, y etc, etc. para algo que no es seguro no se yo si sale más económico ir pagando la sentencia.
Lo peor de ésto es que me están quitando el sueño estos listillos. Sabían que me marchaba sobradamente y que me iba fuera, han sacado partido de eso. Tengo un imán para los liantes. En su día me dolió mucho que no me devolvieran la fianza y por allí no se acercara ni cristo a recoger las llaves por más que inisistía. Dejé allí una televisión e infinidad de cosas que compré. Hubiera sido mejor tirarlas a la basura antes de irme.
Y para terminar, me cago en la justicia por lo lenta que es, si cuando esa gente puso la denuncia en 2004 hubiera llegado el juicio pronto la sentencia seguiría siendo injusta pero económicamente una minucia al lado de los 3millones que calculo quieren robarme.
Hojalá fuera la hija de capone en estos casos ;) habrían dado con la persona equivocada :D :D Menos mal que no me han robado mi pésimo sentido del humor todavía ;)
¿Sabes si la fianza la depositaron en el ente público correspondiente? Si no lo hicieron, creo que pierden ellos cualquier litigio posible por la vía directa. Consulta con tu abogado, pues sólo conozco el tema de oidas y puede diferir terriblemente de la realidad. Espero que te sirva de ayuda contra "listillos".
sra Agnes que hayan depositado la fianza en un ente publico o no, no tiene nada que ver pues la lau no obliga a nada
cuando dices que tienes que desplazarte en avion ¿ donde alquilaste la vivienda y donde vives ahora?
en cuanto a lo de aval si tu no pgas o no eres solvente le reclamaran a la amiga de tu madre
saludos
Hola luisss, eso pasó en mallorca y no he pisado la isla desde el 2004. Tenía pensado presentar como prueba billetes de avión, facturas de la empresa de transporte (mudanza) y un largo, etc que evidencia que yo no vivo allí pero claro, por lo qu decís no me servirá de mucho.
Tampoco me convence eso de permancer invisible para evitar esa sentencia porque como bién dices cargarán contra una persona que no tiene nada que ver y encima me hizo un favor.
Hola Agnes.Si fuera posible me gustaría que respondiera a las siguientes preguntas:
1) Fecha de celebración del contrato y duración inicial del mismo.
2) Si existe en el contrato clausula de indemnización a favor del Arrendador en caso de desetimiento unilateral del arrendatario antes de la finalización del periodo de vigencia del contrato.
En cuanto a que en la sentencia se condene al desalojo no acabo de entenderlo, pues el hecho de que usted abandonara el piso era conocido por su arrendador y, por tanto, debería haber modificado su demanda haciendo constar tal hecho y desistir de esa pretensión, máxime cuando usted tiene suficientes pruebas que lo avalan.( billetes de avión,, baja de contrato de teléfono de esa casa, facturas de su actual casa desde 2004 hasta hoy, certificado de la empresa de mudanzas, cambio de padrón y dirección del censo...)
El arrendatario debe firmar un escrito como que entrega las llaves del inmueble donde ha estado alojado en arrendamiento. Como no ha hecho esto, ahora vienen todos los problemas.
-----Hola Jan, de ahí el título de mi mensaje, ellos sabian que me marchaba, la puerta la dejé abierta y las llaves en la mesa de la entrada debido a que durante el último mes por más que les avisaba de que viniera alguien a ver el piso y entregar llaves y ellos la fianza se hacían los locos. El día antes de irme si no llame 40 veces por teléfono y a deshoras no llamé ninguna. (eso tiene que estar en la factura de telefónica de la que he pedido copia).
No hay clausula de nada de eso en el contrato. Es de 5 años prorrogable cada año.
---VTP, precisamente lo deje pasar para no denunciar yo por no devolver la fianza y evitarme de jaleos, éstos son liantes de profesión. ¿cómo y a quién le firmo la entrega de llaves y ellos a su vez mi fianza? si no aparencen en mi último mes por más llamadas y advertencias de que me marchaba.
Lo tenían bien estudiado. De eso no tengo duda. Para quedarse con la fianza primero, y como sabían que estaría fuera me ha preparado ésto.
He leído bastante el foro y una persona posteó que su inquilino desapareció de un día para otro y pusieron una denuncia por usurpación (porque no devolvía las llaves), en caso de haber denunciado con un mínimo de razón debiera de haber sido así. No con desalojo e impago de más de dos años que no he vivido allí.
Hoy no he podido ir a ver al abogado, intentaré ir mañana, pero lo que no entiendo es que a parte de que sabían que yo me fuí, no es suficiente prueba para el juez de que el agua, luz y gas no tenga ningún consumo? los propietarios de no conocer que me marchaba, que no es el caso, revisando esas facturas que repito les mandan y pagan ellos, debieran suponer que allí no vive nadie. Tengo que encontrar resquicios como éstos para mi defensa, no quiero que éstos se salgan con la suya.
Gracias de nuevo a TODOS/AS y si podeis iluminarme en algo sería de agradecer. GRACIAS
Si usted esta fuera de España, ¿como se ha enterado de la demanda y sentencia judicial?.
¿Le fue remitida a su domicilio fuera de España?.
¿Por quien, por el propio Juzgado?.
La factura del teléfono te será de una gran ayuda, también si puedes demostrar que tienen otras direcciones tuyas o de tu familia (haz memoria, en la fotocopia del DNI que se adjunta al contrato, etc), también posibles testigos (personas con las que comentaste en su día el problema).
El abogado que te represente tendrá que estar colegiado en el lugar donde este el piso y le puedes dar poderes para que te represente sin tener que desplazarte personalmente.
Yo he estado pensando en otra posibilidad, que en mi opinión podría ser factible... Necesitaría saber la fecha de la resolución de la sentencia de condena. Analizando tu caso, creo que estamos ante un caso de "rebeldía involuntaria" con lo que estás legitimada para interponer la acción de rescisión de sentencia firme regulada en el art. 501 LEC. Si desde la publicación de la resolución, que supongo habrá sido por edictos, no ha transcurrido más de 16 meses, tienes la posibilidad de ejercitar esta acción para rescindir la sentencia. Salvo mejor opinión.
Hola María y estudiante, muchas gracias por esa información. Algo así me ha comentado el abogado.
Que reuna pruebas y luego estudiamos como apelar la sentencia.
Ahora estoy más animada ;)
MUCHAS GRACIAS
Pego aquí la sentencia por si le queréis echar un vistazo, (omito nombres, direcciones y demás datos del estilo):
----------------------------------------------------------
Vistos, por el Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia ---- seguidos a instancia de D./Dña. -------, representado por el Procurador D./Dña. -------, y dirigido por el Letrado D./Dña. Desconocido, contra D./Dña. ---------, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.
FALLO:
) Se estima la demanda interpuesta por representación procesal de D./Dña.-------, en representación de Co. Hereditaria formada al fallecimiento de D. ------, contra D./Dña --------.
) Se declara resuelto, por falta de pago de las rentas, el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en esta ciudad, calle ----------.
) Se apercibe al arrendatario demandado de que se procederá a su lanzamiento si no desaloja el inmueble y lo pone a disposición del actor en el plazo legalmente establecido el inmueble y lo pone a disposición del actor
) Se condena al demandado a abonar a la Co. Hereditaria en cuyo beneficio actúa D./Dña.------- la suma de xxxxx euros, rentas debidas hasta el mes de agosto de 2004, inclusive.
) Se condena también al demandado al pago de las rentas que dejare de abonar hasta el momento en que la parte actora recupere la posesión de la vivienda. Esta cantidad se determinará en ejecución de sentencia, siendo la renta mensual de xxx -xxx- euros.
) Dichas cantidades líquidas devengaran el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda.
) Las costas de instancia se imponen a la demandada
A fin de que conste y sirva de notificación a D./Dña.xxxxxx, expido y libro el presente boletín xxxxxx, a 12 de febrero de 2006.