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Me quieren echar pasado el primer año de un contrato de cinco años

10 Comentarios
 
Me quieren echar pasado el primer año de un contrato de cinco años
perfil Anónimo
25/09/2016 14:51
Tengo un contrato de alquiler por 5 años efectivo desde 11/08/2015 y el 25/09/2016 el propietario me dice que debo abandonar el piso porque tiene problemas de salud y necesitan el piso, el propietario vive un piso encima de nosotros con ascensor o sea yo vivo en el 1º y el en el 2º, no se si tengo que abandonarlo este piso y según consta en contrato fue entregado sin mas muebles que los de cocina y un armario en el cuarto de baño, sin lampara ni bombillas. Actualmente el piso esta habitable producto de mis arreglos, con alta de luz, gas y agua que no lo tenia esto me a ocasionado gastos. Mi pregunta es ¿estoy obligado a abandonar el piso sin mas ?, esto de las mudanzas ocasiona trastornos y gastos ademas de tramites ¿que protección podría tener para una estabilidad?
25/09/2016 18:07
Anónimo
En principio la simple mención del casero de que necesita el piso para sí es suficiente para que Ud. tenga que abandonarlo.
SIn embargo, en el caso que nos ocupa, es evidente que el casero le está mintiendo por lo que yo me inclino por pensar que puede quedarse en esa vivienda.
perfil Anónimo
26/09/2016 11:48
Anónimo
Encontré esto en esta pagina http://www.abogadosparatodos.net/el-arrendador-necesita-la-vivienda-para-si-o-para-su-familia/
El artículo 9 LAU permite al inquilino estar en la vivienda alquilada el tiempo que se haya pactado en el contrato de arrendamiento. Así, si el contrato es por diez años entonces el inquilino podrá permanecer diez años en la vivienda.
artículo 9 LAU La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Según esto al termino de lo 5 años y 30 dias antes es que me puede comunicar que me quiere echar pero no se nada de leyes asi que me es dificil interpretar estas cosas asi que agradezco cualquier aclaración que no quiero tampoco estar fuera de la ley es solo que una mudanza trae trastornos y gastos ademas que es injusto que no se cumpla la palabra dada mas cuando tuve que acometer arreglos para hacerla habitable o sea incurri en gastos pero esa es mi culpa
perfil Anónimo
27/09/2016 14:58
Anónimo
Por favor si alguien pudiera arrojar mas luz sobre este tema se agradece, ¿el tiempo pactado en el contrato es de obligatorio cumplimiento?,
27/09/2016 20:56
Anónimo
Cuando dice que su contrato es de 5 años ¿quiere decir que la duración inicial es de 5 años o más bien que el contrato se firmó por un año y luego puede disfrutar de 4 prórrogas más?
perfil Anónimo
08/10/2016 12:16
leonjbr
Ante todo agradezco su interés en el tema, sinceramente es que necesito ayuda pues la vivienda la alquile sin nada no tenia ni siquiera los ganchos para las lamparas y el estado en que se me entrego esta reflejado en el contrato, por lo que he hecho una importante inversión en tiempo y dinero con la garantía de que seria por cinco años según se refleja en el apartado primero del contrato que dice La duración del contrato sera por 5 años, prorrogables según Ley, a contar desde la fecha de encabezamiento, ademas no existe ninguna clausula de recuperar la vivienda antes de tiempo ni de que yo la pueda dejar o sea si fuera por mi voluntad según fija la ley tendría que pagar una mensualidad por año en caso de que fuera yo el que me fuera, la verdad es que no se donde acudir porque actualmente estoy en paro y no tengo recursos para pagar un abogado no se si FACUA o alguna otra organización me podría ayudar en ese problema porque claro tampoco quiero hacer cosas fuera de la ley como quedarme así porque si si no tengo derecho a quedarme tendría que ir a la calle porque ¿quien me arrendaría una vivienda sin contrato?, mis pagos son puntuales pues de mi ayuda es lo primero que priorizo nunca me he atrasado en el pago ni un día
08/10/2016 12:22
Anónimo
Por lo que dice todo parece indicar que la duración inicial de su contrato es de 5 años, por tanto no pueden echarle hasta pasado ese tiempo.
Si no tiene recursos económicos vaya al Colegio de Abogados de su circunscripción territorial y solicite el beneficio de Justicia Gratuita.
perfil Anónimo
08/10/2016 14:30
leonjbr
Le estoy muy agradecido por su ayuda, muchas gracias, intentare averiguar donde queda el colegio de abogados de Medina del Campo y me acercare es que no sabia que existía eso de justicia gratuita
18/11/2016 09:03
Anónimo
Al hilo de la resolución de los contratos: tengo un piso alquilado, con contrato de un año prorrogable tres, entonces, según este artículo que mencionáis ...
"artículo 9 LAU La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo"
... si aviso al inquilino dos meses antes del año, puedo rescindir el contrato??
En el contrato de alquiler solo habla de recisión por parte del inquilino, a partir de los 6 meses y del año, con aviso de 1 mes de antelación, pero no pone nada de que sea el propietario el que quiera rescindirlo.
18/11/2016 10:16
Hathor
No: el casero no puede resolver el contrato antes de los 3 años. Ese derecho sólo lo tiene el inquilino.
18/11/2016 11:18
Anónimo
BUFF, muchísimas gracias, y después dicen que los propietarios tenemos la sartén por el mango...