Hola Drider. Creo que en su caso podría buscarse una solución intermedia que satisfaciese a ambas partes.
Si usted tuviese la cereteza que por motivos laborales va a abandonar la vivienda en un plazo cercano( 1, 2 o 3 meses), bastaría con comunicarselo a la parte arrendadora y convenir que el contrato(se haría por escrito) fuese de USO DISTINTO AL DE VIVIENDA, haciendo constar en el mismo la facultad del arrendatario de desistir del mismo sin penalización alguna. Usted por su parte se comprometería a dejar la vivienda en la fecha X y a permitir a la parte arrendadora que busque un arrendatario para que ocupe la vivienda en la citada fecha.
De esta forma usted podría seguir ocupando la vivienda y la parte arrendadora percibiría las rentas y podría buscar un nuevo arrendatario, con lo cual usted no les causaría perjuicio alguno.
Cuidadín, Drider, que realmente tienes las de perder.
Echar no te pueden echar, mientras cumplas, pero también tienes que tener en cuenta que has "firmado" por un año, por lo que, si te vas antes de tiempo, te podrán pedir daños y perjuicios.
En la mayoría de los casos, eso se resuelve simplemente con la fianza, pues el arrendador poco más podría obtener y se ahorra los costes judiciales, por eso mismo también los arrendatarios suelen desistir de reclamar (porque se les podría reclamar los daños)
ojo que puestos a ser legales esto vale para todos. Si se entiende que tu contrato es por un año, ahora no te pudes ir tranquilamente cuando tú quieras. El arrendador tendría derecho a una indemnización por el tiempo que falte hasta cumplir el año.
Muchas gracias Risuv, uno se siente mucho mejor cuando lleva la razón y a esta gente que en principio yo les iba a dar la fianza por motivos morales ya que creo que el no firmar el contrato les acarreo un "agravio", ahora se la voy a reclamar vía judicial si es preciso por haberse portado de esa forma. Gracias de nuevo.
Si tienes esos justificantes puedes estar tranquilo.Te leo lo que dice el art.9.2 de la LAU/94:
"Se entenderán celebrados por UN AÑO los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo o este sea indeterminado, sin perjuicio......", por lo tanto como puedes acreditar que estas ocupando el piso como arrendatario,en principio el arrendamiento es por un año y te podrán echar , salvo que dejes de pagar la renta, máxime si hay testigos de que el arrendamiento se produjo, aunque no este documentado.
Sobre lo que preguntas de la fianza, te la tienen que devolver una vez concluya el arrendamiento, salvo que existan desperfectos en la vivienda, de los cuales debe responder la fianza.
Todo lo dicho, salvo mejor criterio.
Hola Risuv, justificantes del pago de alquiler, suministros y fianza los tengo, testigos del arrendamiento también, en cuanto a la tercera pregunta yo le avise en una conversación telefónica a finales de Marzo que no iba a firmar porque iba a abandonar el piso pero no sabía cuando.
¿ Tienes algún justicante del pago de la renta y de la fianza?.
¿ Hay algun testigo del arrendamiento de la vivienda?
¿ Cuando le dijiste que ibas a abandonar el piso á finales de marzo había alguien presente?
Hola, agradecería que me ayudasen con el problema que tengo. Les comento; a principios de Marzo alquile un piso y la casera me entrego las llaves sin haber realizado un contrato escrito ya que me dijo que ya lo firmaríamos al final del mes a través de la oficina municipal de vivienda, el caso es que a finales del mes de Marzo por motivos laborales le dije que tenia que abandonar el piso pero que no sabia exactamente cuando y por tanto no iba a firmar el contrato (que en teoría iba a ser de 1 año). A día de hoy todavía no se cuando voy a marcharme, pero ella me dice que tengo que entregarle las llaves el dia 30 de Abril para abandonarlo. Le he pagado el alquiler de Marzo y Abril, además de la fianza que puse al principio y también los suministros, mi pregunta es ¿me puede echar del piso?. También me ha dicho que la fianza no me la devuelve, ¿si le aviso con un mes de antelación no debería devolvérmela?.
Ayer por la tarde me ha vuelto a llamar la casera diciéndome que el día 30 tengo que abandonar el piso porque ya tiene a una persona para ver el piso, yo por supuesto le he dicho que no me voy a ir, entonces se ha puesto el marido y me ha empezado a amenazar, me ha dicho que si es preciso me echa por el balcón abajo y con expresiones de tipo: "tu no sabes quien soy yo". Asi que ya me ha tocado las narices y a la guardia civil he ido a poner una denuncia por amenazas y coacción.
Otra cosa que se me olvida también, es que no me ha facilitado el acceso para ver los contadores de luz y de gas, esto es denunciable también?.