Vivo con dos compañeros de piso. El piso está a nombre de uno de ellos, aunque los dos figuran en el contrato de alquiler del piso que lo tienen a su vez alquilado al propietario durante 3 años.
Luego a mi me alquilaron una habitación para acabar siendo los 3 en casa.
Nos mudamos todos juntos al piso coincidiendo con el confinamiento, todo un poco chaotico la verdad, asique por mi parte no tengo ningun contrato de alquiler escrito formal. Solo un contrato verbal del alquiler mensual con gastos incluidos.
Ahora la convivencia se ha hecho dificil por lios amorosos y uno de ellos me quiere echar del piso. El otro esta entre la espada y la pared.
Por lo demás la convivencia ha sido fantástica. Ninguna discusion, ningún problema.
Además de esto me está reclamando la fianza que no me cobró en su momento, pero eso es su problema, verdad? no es culpa mia que no me hayan cobrado fianza al entrar no? o estoy obligada a pagarsela?
Y si acordamos que mi estancia en el piso seria de los 3 años completos, ¿puede echarme?
¿como debo proceder? ¿qué debo decirles?
El contrato de alquiler, sea escrito o verbal, existe desde el momento en que los contratantes lo acuerdan ¿tiene algún recibo de renta, o resguardo de ingreso bancario?
Su subarriendo parcial de una habitación no puede resolverse por líos amorosos: las causas de resolución de un alquiler vienen en el art. 27 d ela LAU y no es ninguna de ellas.
Ya que citamos el art. 27, fíjese en el punto 2, b: la falta de pago de la fianza es-esta vez si- causa de resolución. Páguela: mejor por transferencia bancaria que reseñe "mi fianza del contrato de alquiler del piso c/ ____, nº ___"
Sobre el plazo, a falta de pacto existen una serie de presunciones legales: se presume anual si el monto de la renta se fijó por anualidades (aunque el pago se divida en mensualidades, que es lo mas común).
Su contrato, en principio, se extinguirá cuando se extinga el de los arrendadores principales: parece ser que tres años, aunque habría que examinar bien el contrato y la fecha y tener en cuenta las prórrogas legales.
Sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.
Muchísimas gracias por sus respuestas. Me han sido de gran ayuda.
La semana que viene nos reuniremos los 3 para hablar del tema y supongo que me surgirán nuevas dudas porque me atacarán por distintos lados. Si no les importa, preguntaré por aquí.
En realidad es desde ya, porque la fianza debe pagarse en el momento de concertar el contrato.
De todas formas, teniendo en cuenta lo liado que está el asunto y que seguramente se liará más, déjeme darle el consejo de que intente hacerse el tonto y no pagar la fianza hasta que se aclaren un poco más las cosas y sepan que es lo que realmente quieren hacer.
Si puede, no tenga prisa.
Preveo que la reunion ira fatal porque las discusiones con uno de los chicos son cada vez peores (el otro chico esta fuera de casa estos dias por lo que la reunion se celebrara la semana que viene).
Tengo la sensación de que me van a dejar encerrada fuera si salgo del piso o algo por el estilo.