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Me quieren echar del apartamento turístico con un contrato de 5 años

3 Comentarios
 
Me quieren echar del apartamento turístico con un contrato de 5 años
05/10/2022 16:10
Hola, tengo una duda respecto a un arrendamiento de por parte de una sociedad que se dedica al alquiler de apartamentos turísticos en baleares:

Tengo un contrato de arrendamiento de 5 años firmado en un apartamento turístico. Estoy a punto de cumplir el tercer año y la sociedad me ha informado que me he de ir. Yo les he informado que hay un contrato de 5 años y que por ley tengo el derecho a 7 años, pero ellos me informan que no estoy protegido por LAU ya que se trata de un alquiler vacacional.

Además tengo un incremento de renta acordado del 150% a partir del 4 año que me parece muy abusivo. Que se ve la claramente la finalidad de echarme para que no me quede el 4 año.

Tengo interés en demandarles pero tengo una duda respecto a la legalidad del contrato.
Puede la sociedad con licencia de apartamentos turísticos hacerme un contrato de arrendamiento para 5 años? Mi preocupación es que el juez considere el contrato como nulo y me tenga que ir.

MI OPINION: es que a pesar de ser una empresa dedicada al arrendamiento de apartamentos turísticos, no entraría dentro del concepto de alquiler vacacional (arriendo máx. 31 días) ni de temporada (arriendo máx. 11 meses). Por lo tanto, se aplica LAU y el incremento de renta es abusivo.

Muchas gracias de antemano.
05/10/2022 19:07
1.- El contrato es lo que es dependiendo del contenido de los derechos y obligaciones que dimanan del mismo y no de la denominación que quieran darle las partes ni tampoco del negocio al que se dedique el casero. A falta de leerlo, estoy casi seguro de que su contrato es de vivienda habitual y por tanto puede quedarse 7 años.
2.- Esa subida de renta es claramente abusiva y se ha establecido para echarle. Soy de la opinión que al consignar esa renta se ha cometido un fraude de ley que consiste en apoyarse en la libertad para establecer libremente la renta (art. 18 LAU) para conculcar la duración minima del art. 9 LAU.
Mi consejo: vaya a un abogado y plantee ya (pero ya) una demanda para anular esa subida y para que se declare que usted tiene derecho a estar en esa vivienda 7 años.
05/10/2022 23:19
Estoy de acuerdo con la intachable respuesta de Leonjbr, es más, si s efirmó por un plazo d ecino años, pues ese es el plazo. Pero tengo una pregunta para el consultante:

¿Por qué motivo firmó un contrato con un 150 % de incremento de la renta pactada el cuarto año?
06/10/2022 07:07
Yo tengo una duda, es un subarriendo? Las empresas turísticas suelen subarrendar viviendas de otros propietarios, por lo que si se trata de un subarriendo y el arrendamiento principal se ha podido resolver, quizás el subarriendo también termine. Habría que saber si es subarriendo y si el arrendamiento principal es por LAU o por CC