Usted ya ha avisado que va a dejar el piso, y solamente le falta poder acreditar la entrega efectiva de las llaves. Si va a entregarlas ante Notario, no podrán reclamarle nada.
"Pero para que quieren dejar constancia que gana ellos con eso, al fin y al cabo ellos tienen la fianza?".
Creo que las razones son 2:
1) Que quede por escrito que la fianza se aplica al pago del último mes de renta. De esta forma, no habrá opción a una hipotética reclamación de su devolución por parte de usted.
2) Dejar constancia escrita de la fecha exacta de finalización del contrato y, por tanto, de la fecha en que usted debe abandonar la habitación y hacer entrega de las llaves. De esta forma, en caso de que usted se niegue a abandonarla voluntariamente tendrán una prueba irrefutable de cara a un hipotético proceso judicial de desahucio.
Por lo tanto, en mi opinión el citado documento no es perjudicial para sus intereses, si bien convendría que fuera revisado antes de su firma por un profesional.