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Me quieren despedir por despido disciplinario sin causa

5 Comentarios
 
Me quieren despedir por despido disciplinario sin causa
23/11/2022 16:05
Me notificaron el dian 21/11/2022 que me despedian ese mismo dia, el dia 22 me pase por la oficina para dejar los partes de horas para que pudieran calcular mi finiquito y firmar, pero al no estar la Gerente tan solo deje los partes de horas y me fui.

Hoy dia 23 llego a la oficina y me dan las nominas (tenia todas las nominas sin firmar) y las firme. Me entregan la hoja del finiquito, en la cual veo que no figuran los 15 dias de preaviso, la gerente me explica que no hacen falta los 15 dias de preaviso para el despido por parte de la empresa, que solo es por parte del trabajador ya ahi me huelo algo raro. Confirmo mis sospechas al preguntarle por el papel que tenia entre manos para entregarme nada mas firmar el finiquito, que no es ni mas ni menos que la Carta de despido, en la cual querian despedirme por " Despido disciplinario " alegando como causa que ha bajado mi nivel de produccion de manera reiterada (alegacion que me hizo hervir la sangre pues es totalmente equivoca).

Le hize un par de preguntas mas a la gerente y dije que si firmaba seria como " No conforme " a lo cual me respondio que preferia (ella) que en ese caso llamase a Notaria y hablase con ellos las dudas que pudiera tener.

Llame a Notaria y no solo no me respodio nada, sino que me colgo y me hablo con una borderia que ni en una tienda de afilado de cuchillos, que si queria que me pagaran que fuese y que firmara y que si no pues nada.

Como hago para que me paguen los 15 dias?
En caso de que no me acepten eso, me renta el demandar despido improcedente y que me paguen acorde a ello?

El contrato es: Contrato Fijo Indefenido, pero no hay fecha alguna en el contrato que indique fecha de renovacion o fin del contrato.

Gracias de antemano.
23/11/2022 16:08
Efectivamente, en el despido disciplinario no hay obligación de preavisar.
23/11/2022 16:40
pacog
Pero no hay justificacion alguna para el despido, es la palabra del jefe contra la mia. Y ya le digo que yo he laburado relijiosamente, con mis horas extras (las cuales han pagado en nomina con concepto de Incentivos para descontarse de pagar). Ademas de que las horas extras de este mes 7'5 (6'5 si descontamos la hora que llegue tarde el lunes por motivos medicos) no me las han incluido en la nomina de este mes noviembre (que ya firme como recibida por desgracia).

Entonces la duda sigue, me renta firmar? Reclamo? Firmo como no conforme y reclamo? Les digo que me cambien el motivo de despido a uno en el que si figuren los 15 dias de preaviso como obligatorios?

No me parece bien que por capricho del empresario quede una mancha en mi curriculum de que mi trabajo es "deficiente". Y que ademas se evite pagarme esos 15 dias que son por ley.
23/11/2022 16:53
Denchik
1 El despido disciplinario es inmediato y no requiere de ningún preaviso.
2 En la carta de despido debe ser motivada, es decir, debe haber una causa, normalmente "bajo rendimiento", si en la carta no hubiese causa se produciría indefensión que como dcho constitucional haría que el despido fuese nulo de pleno de echo, por eso ponen esa causa, dicha causa es indemostrable así que usted debe demandar para que o bien ellos mismos o bien el Juez reconozca el despido como improcedente con lo que tendrá usted dcho a una indemnización de 33 días/año trabajado, si no demanda usted al ser despido disciplinario calificado como procedente no tendrá echo a indemnización.
La demanda puede hacerla usted mismo pero viendo que desconoce usted lo más simple como por ej. que no le reconozcan los 15 días de preaviso, mejor acuda a un sindicato o abogado para que le lleven la demanda.
En cuanto a su historial no se verá afectado de ninguna forma, el historial no existe, es la vida laboral en la que consta los días cotizados y las distintas empresas en las que ha trabajado y consta fecha de alta y fecha de baja no hay motivación de las causas
smo
23/11/2022 17:32
Jamgrrhh28
Vale, ya me quedo claro lo de el preaviso. Gracias por explicarlo.
¿He de firmar el despido antes de impugnar o puedo impugnar de inmediato?
Pues de la TGSS ya me llego el legendario mensaje de que la baja ha sido tramitada.
Me disculpo por la ignoracia, pues es la primera vez que me ocurre algo asi y mi "investigacion" principalmente se ha basado en mirar lo que dice la BOE al respecto y alguna que otra pagina web con dudosas fuentes.

Gracia otra vez y que tengan un buen dia.
24/11/2022 03:21
Si firma algo ponga usted de su puño y letra la fecha en la que recibe la carta y no conforme, (no pasa nada por firmar sin más, la firma del documento no implica más que, que ha recibido el documento y entonces comienzan los 20 días para impugnar, con respecto a firmar el finiquito puede hacer lo mismo, es decir poner de su puño y letra la fecha y puede firmar el mismo pendiente de revisión, las empresas tienen la costumbre de poner en la firma del mismo la frase de que con la firma del finiquito se produce la desvinculación total entre empresa y trabajador y que produce efectos liberatorios por ambas partes, esto pretende impedir que usted pueda demandarles en el futuro.
En cuanto a la palabra ignorante no significa más que es usted desconocedor de la materia a tratar, en éste caso el dcho en el trabajo no el término peyorativo que suele ir ligado a dicho término.
Cómo le digo acuda a un sindicato o abogado, pregunta usted si merece la pena demandar, no sé cuánto tiempo llevaba usted en la empresa pero tenía usted un cto indefinido y esto como poco suponen 33 días/año de indemnización, salvo que tenga usted una reducción de jornada por custodia de un menor o porque se vean vulnerados sus dichos constitucionales como por ej la indefensión, por ello en la carta del despido ponen cosas así como bajo rendimiento que como ya he dicho es indemostrable.
smo