Me quiere echar de una habitación subalquilada por llevarle la contraria
Anónimo
22/08/2016 11:45
A principios de año ´subalquilo una habitación sin contrato ni justificante de pago. La casa es alquilada y los inquilinos subarriendan 6 habitaciones, ellos viven en una séptima habitación del inmueble. Esta mañana una vecina de habitación tomaba café conmigo en mi terraza y su mascota ha hecho necesidades en la misma. Se ha ofrecido a limpiarme la terraza y he aceptado. De repente aparece una de las personas que nos alquila las habitaciones, la mujer (es un matrimonio) y nos dice que no se puede limpiar la terraza con la manguera porque se gasta mucho agua y además no le hemos pedido permiso para coger la manguera. Mi vecina de habitación le pide disculpas y yo le digo que en ocho meses es la primera vez que se limpia. Contesta que no pasa nada porque tenga polvo y yo le digo que no le pasará a ella y que no me parece de recibo. Me dice que tengo quince días para abandonar la habitación y yo le digo que me avise por lo penal. Es la tercera vez que me llama la atención, sin razón, y de forma objetiva puesto que ya me pidió disculpas por los dos enfrentamientos anteriores. Además realiza eventos ilegales en la vivienda, no podemos comer en la sala, no podemos cocinar cuando tiene eventos y su dictadura ha rozado ya lo grotesco. Quiero saber que pasos a seguir para denunciarla, porque estoy realmente cansada y voy a ir a por todas.
Primero : se supone que la Inquilina que alquila tiene permiso en su contrato de arrendamiento con el arrendandor para subarrendar?
segundo: Vd tiene con ella otro contrato de subariendo que sera casi igual que el que ella tiene de arrendamiento.?
Por que lo que aplica la ctual Ley de Arrendamientos urbanos que dice:
El subarriendo consentido no puede ser lucrativo
1.- Es importante destacar que la suma del precio de los subarriendos de las distintas habitaciones no puede superar al precio total del alquiler que paga el inquilino.
2.-Los implicados en esta práctica deben de saber, en primer lugar, que el subarriendo de habitaciones es legal, pero siempre con el previo consentimiento del arrendador. En el caso de los subarriendos consentidos, el propio arrendatario deberá hacer un contrato con cada subarrendatario que vaya a ocupar las habitaciones de la vivienda, especificando las zonas alquiladas y las normas de convivencia de la casa. El subarriendo tendrá la misma duración que el contrato de arrendamiento inicial suscrito entre propietario y arrendatario.
Anónimo
23/08/2016 09:49
Antoniomajo
Gracias por su respuesta, pero el caso es que no tengo contrato y desconozco si ella tiene permiso o no para el subarriendo, aunque creo que no. Ya echó a un inquilino y transcurridos los quince días que le dió cambió la cerradura de entrada.
La cuestión es la siguiente, yo no me voy a ir dentro de quince días, si cambia la cerradura ¿que puedo hacer?, ¿Como tengo que actuar en previsión de que esto ocurra porque se que si no hago nada en 14 días no podré acceder a la vivienda? y si les denuncio, porque realmente no tiene motivos para echarme, ¿a que me enfrento? ¿de que manera me afecta a mi y al resto de inquilinos?. ¿Le realizo el pago el próximo día 1?, en fín, necesito que me faciliten toda la información necesaria al respecto. Gracias.
Al celebrar un contrato de arrendamiento de un piso o casa o incluso de una sencilla habitación, estamos cediendo el uso de la misma a una tercera persona para que esta satisfaga su necesidad permanente de vivienda y la convierta por lo tanto en su domicilio a todos los efectos.
Pues bien, la Constitución española, en su artículo 18.2, establece que “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.” Se trata del derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio, una de las vías a través de las cuales se materializa el derecho a la intimidad.
Como habra leido su habitacion esta protejida por el art 18.2 de la constitucion...
Y nadie puede quitarsela ni aun no pagando el alquiler...
Pues el impago de la renta es otro tipo de demanda que tendria que hacer la que le subarrienda y a la vez el arrendatario original.
Por tanto, pondria en conocimiento tanto del arrendador como del arrendatario, por escrito carta certificada y con acuse de recibo, la amenaza que le han hecho de cambiar la cerradura, QUE eS UN DELITO PENAL.
Y posteriormente llegar a un acuerdo de la renta que vd no esta de acuerdo.... y por supuesto si es legal...
De cambiarle la cerradura vd denunciaria en la Comisaria de Policia este hecho y seguramente le acompañarian a su habitacion que es su residencia y es donde vd esta empadronada , o no?
ahh, como abona el alquiler en metalico y le dan un recibo o por transferencia bancaria?
esto es importante...
Anónimo
24/08/2016 09:19
Antoniomajo
Gracias.
En primer lugar: No me ha dicho que vaya a cambiar la cerradura, es algo que hizo con otro inquilino y presupongo que lo hará conmigo también.
En segundo lugar: Le pago en metálico y no me da recibo alguno, cuando alquilé la habitación el primer mes, le pedí recibo y me dijo que no me lo daba e insisto, no tengo contrato alguno.
Anónimo
24/08/2016 09:25
Antoniomajo
En cuanto al empadronamiento:
Me empadroné en otra dirección en la ciudad, pero actualmente estoy cobrando una ayuda a través del SOIB y el domicilio que aparece a nivel de notificaciones es el actual, lógicamente, por si tienen que enviarme alguna notificación.
No cambié la dirección o el domicilio en el empadronamiento por el sencillo hecho de que esta mujer no quiso hacerme justificante alguno de que yo resido en el actual domicilio.
Todo es muy irregular, en cualquier caso vd tiene derecho a empadronarse donde quiera, hagalo donde vive y ya ira la policia local a comprobar que vd vive ahi.....
Vd no puede exigir unos derechos sociales o a otros, si todo lo que hace Vd tambien es alegal..
Anónimo
25/08/2016 10:01
Antoniomajo
Para empadronarse en el domicilio actual o en cualquier otro, es requisito imprescindible al menos en esta provincia, un contrato de arrendamiento. Por circunstancias que no caben mencionar y en un acto de confianza o estupidez di por hecho que se realizaría dicho contrato, pero no fue así como ya he comentado. Entiendo y soy consciente de toda irregularidad. Aun así, considero que debería estar amparada de alguna forma y debería poder gestionar legalmente esta situación, a pesar de los antecedentes.
Hola
Buenas tardes !
Vivo en una habitación compartida con estudiantes tengo contrato de alquiler , llegue antes que ellas y por no llevar bien con una de ellas , chocamos todas las personas q entrarán aquí ella manipula para que yo salga del piso , no lo sé Como consegues , y no contrato después de un ano puedes romper ...si puedes echar ?
Que vivo con estudiantes somos 5 en total , y una dellas no llevo bien y pedido al casero para me echar o perderá 4 alquiler , y el casero dijo q tengo q salir q prefiere perder un alquiler q 4 personas que es mentira , mi pregunta es si puedes echarme ? Cuál mis derechos estoy aquí a dos anos y tengo contrato
Yo vivo en la provincia de Alicante, el contrato se renova por um año después 1 junio 2020 y máximo 5 anos , yo voy hacer dos anos todavía y pago mensual con gastos incluidos , pago en días ..gracias por me ayudarme