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Me puedo quedar con parte de la fianza por no entregar el inquilino las llaves a tiempo?

3 Comentarios
 
Me puedo quedar con parte de la fianza por no entregar el inquilino las llaves a tiempo?
07/08/2010 12:29
Tengo una vivienda en alquiler. El pasado día 20 de Julio rescindí el contrato con los inquilinos de mutuo acuerdo. La rescisión tenía efecto el día 27 de Julio de 2010, ya que la casa se alquiló el día 28 de Julio de 2009. Hasta ahí todo bien, pero los inquilinos se llevaron las llaves y no me las devolvieron hasta el día 29 de Julio. En estos 2 días no he dispuesto de las llaves y no he podido enseñar la casa a los nuevos interesados en alquilarla. Lo que creo es que se las llevaron para presionarme y que les devolviera la fianza antes del mes pactado, pero no lo he hecho porque quería ver la casa antes por si había algún desperfecto. La fianza que me dieron, en su momento, es de 500€. He hablado con la compañía eléctrica y se debe 141€ de un recibo de luz y de agua unos 39€. En el contrato que se firmó el día 27 de Julio de 2009 ponía claramente:

A la fecha de finalización del contrato, y de sus prórrogas, el arrendatario entregará las llaves de la vivienda y los enseres existentes en el inventario, dejándola libre y a disposición del arrendador.
En el caso de que el arrendatario incumpliese dichas obligaciones, se pacta en concepto de cláusula penal y como indemnización de daños y perjuicios que dicho incumplimiento pudiera causar al arrendador. El arrendatario se compromete a abonar por cada día que transcurra entre la fecha fijada para el desalojo y el día que efectivamente se produzca el mismo, la cantidad que resulte de incrementar en un cincuenta por ciento (50%) la renta mensual exigible en la fecha establecida para el desalojo y dividida entre treinta

¿ Al ser, tanto la fianza como el alquiler mensual, 500€. Además de descontarle los 141€ del consumo de luz y los 39€ del consumo de agua, al no entregarme las llaves en su momento y hacerlo 2 días después les podría aplicar la regla del incremento del 50% de forma legal? :
500€ alquiler : 30días=16,67€ el 50% 8,33€= 25€ X 2 días 50€?

Entonces de los 500€ de fianza y restando 141€ luz, 39€ agua y 50€ euros de penalización quedan 270€. Es correcto o estoy equivocado.
Un saludo y gracias de antemano.
07/08/2010 18:35
He hecho el cálculo y me salen las mismas cuentas que a ti.

Saludos
08/08/2010 04:37
Amparo bb gracias poor contestar. Entonces, ¿ estoy en mi derecho de reemborsarle solamente 270€? gracias de antemano.
08/08/2010 11:47
Es lo que habéis pactado en el contrato, y según el artículo 1255 del código civil español:
"Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público. "

La cláusula, salvo que un juez diga lo contrario, no es contraria a ninguna de esas tres cosas, con lo que no veo por qué no habrías de aplicarla.

Saludos