Vivo en una casa que está formada por dos viviendas independientes,yo vivo arriba y la vecina de abajo amenaza con taparme mis desagües para que el agua que baja de mi casa no pase por la de ella, eso lo podría hacer?
El desagüe donde ella me arroja todo tipo de heces de sus perros y aguas sucias es de su patio exterior y lo ha hecho ella con un tubo que da a mi jardín privado, no a la calle, ella amenaza con taparme los desagües de toda la casa,ducha,sanitarios,cocina... etc... esto es legal?
El desagüe lo ha hecho ella hará tres años, sin permiso del anterior dueño, cuando compramos el olor no se apreciaba tanto pero cada vez ha ido a más y ahora es insoportable, ella pretende que seamos nosotros quien paguemos la obra para sacarle su desagüe a la calle porque si se lo tapamos dice que nos va a tapar todos los bajantes de mi vivienda,yo creo que es ilegal.. pero dice que está bien asesorada y me han entrado muchas dudas...
Las bajantes de su casa que pasan por el piso de la vecina son legales. Tanto si hay división horizontal como si no la hay, si forman parte del proyecto de construcción original, como es de suponer, su vecina no puede taparlas ni modificarlas, es mas, si lo hace, aparte de las acciones civiles que correspondan (art. 396 Código Civil) yo veo posible que su vecina incurra en un delito de coacciones. Pero ojo con esto último porque yo no soy penalista.
Y ahora, el desagüe que su vecina ha construído hace tres años y arroja aguas negras desde el patio interior de ella al jardín privado de usted:
Habrá que ver muy bien cómo es la obra, si ambos espacios están al mismo nivel, o uno mas alto que otro, describa los edificios y sus jardines y patios, con tanto detalle como le sea posible.
Usted vive arriba pero desde el patio de ella se puede desaguar a su jardín privado ¿entiendo que usted entra a su casa por un lado del edificio, con su propia puerta a su jardín privado, y luego sube unas escaleras hasta su casa, y que ella tiene un patio al mismo nivel al que accede solamente desde su piso? ¿cómo entra ella a su piso, tiene también un jardín privado? ¿los jardines rodean toda la edificación por delante y por detrás?
¿Qué hay alrededor, otras casas muros? ¿podría ella desaguar a la calle?
Las fincas inferiores tienen la obligación de recibir las aguas que "naturalmente y sin obra del hombre" corran a ellas desde fincas colindantes y superiores, por eso le pido tantos detalles, e incluso mas, comente todo lo que vea importante. Si es en zona urbana se aplica el art. 588 CC (no el 396 expuesto antes). Si es rústica la cosa es diferente, pero creo que es urbana ¿no?
Si ese tubo ha perforado una tapia que sea elemento común del inmueble, o incluso sin serlo sea medianera, no puede pasarlo sin su permiso. La servidumbre de desagüe no se adquiere por prescripción -en principio pero si por usucapión. No le recomiendo que tolere ese tubo.
Mejor le dejo el texto legal:
"Art.588 CC. Cuando el corral o patio de una casa se halle enclavado entre otras, y no sea posible dar salida por la misma casa a las aguas pluviales que en él se recojan, podrá exigirse el establecimiento de la servidumbre de desagüe, dando paso a las aguas por el punto de los predios contiguos en que sea más fácil la salida y estableciéndose el conducto de desagüe en la forma que menos perjuicios ocasione al predio sirviente previa la indemnización que corresponda."
Como puede ver.
- Se requiere que sea imposible salir por otro lado.
- Se pasa una conducción, no se vierte el agua, ni mucho menos aguas sucias.
- Es su vecina la que debe pagar la obra y además indemnizarle.
Pero para poder afinar necesito esa información que le he pedido. Luego, ya veremos si su vecina está bien asesorada o no.