En cualquier caso, si usted no asistió a la Junta donde se tomo ese acuerdo, o asistió y no votó en contra, o asistió, votó en contra y no impugno en el juzgado en plazo, tendrá que asumir el gasto.
Si lo que dice la escritura es exactamente lo que ha transcrito:
"no se verá afectado por gastos de luz, limpieza y similares de la escalera, NI TAMPOCO DE NINGÚN GASTO DE LA COMUNIDAD DEL CUAL NO HAGA USO".
Se trata de gastos exclusivos del portal y hueco de escaleras.
Me temo que eso no incluye los arreglos de elementos comunes como fachadas, patios, tejados, cañerias, desagues etz Que los use o no, usted debe mantener como cualquier propietario o se caera el edificio.
No se yo, porque normalmente los propietarios de los locales, no se sienten parte de la comunidad.
El patio es un elemento común. El no uso no exime de cumplimento.
Sí que lo indica, en la escritura dice claramente que "el propietario del local comercial no está obligado a participar en las zonas comunes de la comunidad, tales como entrada, portal, etc. NI TAMPOCO EN ZONAS COMUNES QUE NO UTILICE".
Creo (entiendo yo) que está bien claro que el patio interior no da al local comercial, no afecta al bajo y por supuesto no es utilizado por el local comercial (como sí podría ser la fachada).
Por tanto, y siguiendo lo que dice la escritura, no tengo que pagar esa derrama, ya que el local comercial no utiliza ni está comunicado con el patio interior que se ha pintado.
No utiliza pero eso no indica, que ud contribuya según su cuota, a ornato de fachada, interiores, exteriores, cubierta, impermeabilización y enlosado de los patios cuando sea necesario etc.
Limpieza de escalera, luz, y pintura de escalera, está exonerado, resto NO.
Tiene razón su presidente, y la única forma para que le dejen en paz, es pagar lo que le toca.
Hola, en primer lugar muchas gracias por contestar.
La respuesta a las tres preguntas es SÍ.
En la escritura dice claramente que el local comercial "no se verá afectado por gastos de luz, limpieza y similares de la escalera, NI TAMPOCO DE NINGÚN GASTO DE LA COMUNIDAD DEL CUAL NO HAGA USO".
Lógicamente, el bajo o local comercial no utiliza para nada el patio interior, ni tampoco tiene salida al mismo. Por tanto, entiendo que no procede el pago de la derrama, y menos con esos intereses "inventados" del 20%.
¿Cómo puedo zanjar el tema para que me dejen en paz?
En primer lugar, usted como propietario:
1º ¿Recibe las convocatorias a Juntas generales?.
2º ¿Recibe las actas de las Juntas Generales?.
3º ¿Asiste a las Juntas Generales?.
Soy propietario de un local comercial que tengo alquilado en un edificio de varias plantas (un bloque).
Hace unos meses, en el patio interior de la comunidad de vecinos hubo que pintar la pared y la comunidad me exige como propietario del local comercial (bajo) una parte proporcional de este coste.
En la escritura del bajo, cuando lo compramos hace años, deja bien claro que EL LOCAL NO TIENE QUE PAGAR ESTE TIPO DE GASTOS DE LA COMUNIDAD DE VECINOS DONDE ESTÁ UBICADO.
Lo pone en la escritura y se lo mostré al presidente, pero sigue en sus trece. De hecho, ahora vuelven a pedirme que pague el coste proporcional del arreglo y me meten 20% DE INTERESES DE DEMORA, porque la comunidad así lo ha decidido unilateralmente.
Mis argumentos son:
- En la escritura de cuando se compró el bajo, pone bien claro que está exento de este tipo de gastos de la comunidad.
- De hecho, el arreglo ni siquiera es en la fachada del local, ni nada parecido, sino en un patio interior que no afecta para nada al local comercial.
- No tiene sentido que me exijan este importe, entiendo yo, y menos aún que la propia comunidad determine unos intereses de demora del 20% (!!), porque ellos han estimado ese porcentaje, igual que podrían haberme pedido un 30% o un 40%.
¿Cómo puedo hacerles ver que no pueden exigirme dicho pago y dejar el tema zanjado? A este paso, si sigo sin pagar el coste de pintar el patio interior, la próxima vez me pueden pedir un 50% de intereses de demora, o no sé qué se les ocurrirá ahora.