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Me pertenece paro por finalización en ETT?

24 Comentarios
Viendo 21 - 24 de 24 comentarios
26/04/2012 12:18
Laecas, entiendo como te puedes sentir pero la ley es la ley y como dicen en mi pueblo quien hizo la ley hizo la trampa. No seas tan obvio en un foro de derecho, yo creo que todos entendemos tu situación, pero la única respuesta que se puede dar es la que la mayoría te han dado, no sólo es la que hay para el sistema sino que te evitará problemas legales.
Yo volví del extranjero hace dos años. Hace cuatro dejé de trabajar para mi empresa española y con una situación económica diferente no solicité el subsidio de desempleo porque lo que me gastaba en clases de vela en Oyster Bay en una semana era el sueldo mensual de un trabajador español.
Cuando los vientos cambiaron y volví a España por motivos familiares toda la experiencia profesional en posiciones relevantes que tuve en EEUU no me sirvieron de nada para encontrar trabajo (yo me las prometía demasiados felices).
En la oficina del INEM, cuando pregunté si podía reclamar el subsidio de desempleo, me dieron una hoja de solicitud del mismo y me dijeron: "La próxima vez que te despidan, vienes con esto cubierto", les contesté que antes tendría que encontrar trabajo, a lo que como respuesta recibí una mirada acuosa de besugo embobado. No tengo derecho a subsidio a pesar de llevar cotizados más de quince años desde que empecé a trabajar como repartidor en el Telepizza. Con 40 años que tengo son mis padres jubilados los que me ayudan con lo que pueden. Es lo que hay.
Anteayer logré de una ETT un contrato para prestar servicios como conductor. 5,75 euros la hora y doy palmas con las orejas, sólo espero poder compaginarlo con mis estudios para opositar. Cuando vuelva a haber oposiciones. Suerte y ánimo a todos los que puedan estar en situaciones semejantes, se trata de una prueba de carácter y es cuando se demuestra de que estamos hechos.
26/04/2012 12:33
Hola Lrlr puedes hacer lo siguiente: si te vana a hacer la tranasformacion del contrato temporal a indefinido tendra q ser en las mismas condiciones. Si estas no son las mismas, y no me equivoco, y si lo hago por favor corregirme, se consideraria modificacion sustancial de las condiciones de trabajo , por lo que podrias rescindor en base a eso el contrato ee irte con indemnizacion de 20 dias y con derecho a paro de una forma totalmente legal.
Lo dicho si estoy equicocada corregirme.
26/04/2012 12:35
Y para laecas, entiendo perfectamente la situacion en la que te encuentras pero la parte de nuestro sueldo destinada a la cotizacion por desempleo no llega ni por asomo para pagarnos la prestacion.
16/12/2015 20:24
Hola, una pregunta,

y si una persona no está cobrando el paro porque dejó el trabajo vvoluntariamente hace un mes... si ahora la contratara una ett para una semana, por ejemplo, y finalizara el contrato, podría empezar a cobrar el paro??
21/02/2020 23:01
laecas
No puedo estar mas de acuerdo con tu comentario...ole y ole...mejor explicado imposible...mi paro es mio y lo cobro xq para ello he trabajado y cotizado...o por esa regla de tres tengo q aguantar las condiciones nefastas de muchas empresas???pero asi vamos...q mean por encima nuestra y decimos que llueve..por aguantar y soportar todo asi nos va q luego hacen con nosotros lo que kieren...y estas ahi aguantando en una empresa y cuando ya no les haces falta una patada en los huevos...y adiós!! Ahí te quedas....si todos valorasemos nuestro trabajo...hoy en dia las condiciones en las empresas serían otras