Ayer me paró la policia en Valencia mientras iba yo en bici. Me registraron vieron que no llevaba nada, me hicieron mil preguntas sobre la bici como si la hubiera robado, y después de eso se pusieron a buscar por el suelo con la linterna, con la mala fortuna que a unos 30m. dicen que encontraron una papelina que contenía cocaína dicen que aprox 1g. Me pidieron los datos, DNI. Se supone que hicieron la denuncia y sin entregarme nada a firmar, se llevaron la supuesta coca en un sobre. Mis preguntas son las siguientes:
- Me pueden multar por algo que yo no llevaba encima, y que dijeron que me habían visto tirarlo al suelo?
- Que me puede caer?
- Un objetivo principal para mí sería que no me llegara la multa a casa ( en caso de que me llegue).Si me abro un codigo postal en la oficina correspondiente al domicilio de mi DNI y pido que me manden ahi las cartas serviría?
- Cuanto dinero me puede costar y que posibilidad de librarme tendría si contrato un abogado?
- Cuanto tiempo puede tardar en llegar la notificación?
- Es normal que no me dieran nada a firmar?
- Puede que se quede por el camino?
Por favor me urgen respuestas de alguien que de verdad sepa de esto.
Muchísimas gracias.
-Si los agentes dicen que te vieron,sí,te pueden multar.
-Te pondrán unos 300 euros de multa por posesión.
-Lo de como hacer que la multa no te llegue a casa,pues no lo sé.
-Si contratas un abogado,te va a costar más la torta que el pan.
Espero haberte resuelto algunas de tus dudas.
Suerte.
Gracias Lamanchega.
Otras cuestiones mas:
Sabeis cuanto tiempo sule tardar en llegar la multa?
Alguien más que sepa lo de abrir un codigo postal de la oficina correspondiente de mi domicilio?
Me meto en Proyecto Hombre? UCA? Ahora o me espero?
Gracias.
En proyecto hombre me parece a mí que incluso hacen análisis de sangre para comprobar que se es drogodependiente y la evolución del proceso de desenganche. No vayas a empezar a drogarte solo para que en proyecto hombre te pongan en tratamiento para evitar la multa, sería más caro que el abogado.
Pues si los agentes dicen que lo vieron, en proncipio sus palabras tienen una presuncion de veracidad, salvo que usted pueda demostrar lo contrario, por ejemplo, una zona poco iluminada en la que era imposible ver eso por la noche, dado que usted ha dicho que se pusieron con las linternas a buscar.
Por toxicomania en derecho administrativo no bajan nada.
Si la administracion no le puede localizar pueden sancionarle igual.
Se puede defender a si mismo dado que la contratacion de un letrado puede que economicamente no le merezca la pena
Vaya la verdad es que sí. La zona estaba muy poco iluminada. Muy buena idea. Como me podría defender a mi mismo? Enviando recursos? No se muy bien como va todo esto... recurso de casción , al constitucional, al de derechos humanos... se que tiene un orden, pero no controlo. Me podríais decir donde informarme? Tb pasa algo. Le he estado dando vueltas ahora y el policia me preguntó si estaba trabajando y le dije que no. En metálico sólo llevaba 10€ pero llevaba la cartilla del banco, la cual fisgonearon tb claro, en la cual tenía 1200€ en tal momento. No intentaran meterme tráfico con 1g. y 10€ en metálico, no?! Los policias me dijeron de algo de unas clases para no tener que pagar sanción administrativa¿?¿? Saben algo? Es aconsejable que contrate un abogado por si acaso incluso antes de recibir la carta?
Muchas gracias.
En www.cannabiscafe.net hay un subforo de legalidad y jurisprudencia, en el que encontrarás toda la información que puedas precisar para formular los correspondientes recursos en vía administrativa.
Independientemente de que te crea o no, que no te creo, me da la impresión de que lo vas a tener mal si la policía te vio tirar la coca, haya más o menos iluminación, a no ser que la oscuridad fuera absoluta y tu fueras con un bastón blanco por delante de tu bici.
Nadie en su sano juicio se va a creer que te van a endosar esa droga por la cara, otra cosa es que tú la tiraras al verlos y te dé por saco pringar.
Lo que los policías te dijeron de las clases es lo del punto 2, pero si no eres consumidor no te apuntes, que se dan cuenta:
Artículo 25.
1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.
2. Las sanciones impuestas por estas infracciones podrán suspenderse si el infractor se somete a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado, en la forma y por el tiempo que reglamentariamente se determine.