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Me lo quitan todo sin estar imputado

13 Comentarios
 
Me lo quitan todo sin estar imputado
23/09/2014 08:10
Soy padre de tres hijos, y de familia nuúmerosa en Chiclana de la Frontera (Cadiz). Hago 70 kilometros diarios para poder trabajar. LLevo mas de una año y tres meses sin mi coche, cuenta bancaria y telefono personal, causandole a mi familia y a mi mismo grandes penalidades. La causa es que el Juez del Juzgado de instruccion numero 8 de Malaga tiene estas cosas y no me las quiere devolver. Yo no estoy imputado en ningun caso, fuí detenido por la UDYCO, y puesto en libertad sin pasar a disposicion judicial en 24 horas. En esas 24 horas me quitaron todo. Mi esposa fue imputada injustamente, solo por ser socia de una empresa, de delito contra la salud pública. Tenemos separacion de bienes, y soy el titular del coche, la cuenta y el telefono. Mi motivo es el siguiente:
soy inocente, no he cometido ningun delito, no estoy imputado en nada y pienso que no es legal lo que está haciendo el juez. Pienso que existe abuso de poder, mala fe y ganas de destruir a mi familia.
23/09/2014 17:06
Tema chungo: si se considera que esos objetos servían de herramientas para cometer unos delitos, es normal que se incauten y guarden como prueba, aunque estén a su nombre.

Cuando dice delito contra la salud pública, asumo que se refiere a drogas?
23/09/2014 18:45
Si el juez no los ha devuelto todavía es porque quiere tenerlos bajo custodia. Has probado pedírselos y que te digan el motivo por el que los tienen retenidos? El no ta lo tienes, pero no pierdes nada intentándolo
23/09/2014 23:06
Hola... sí, delito contra la salud pública se refiere a tráfico de hachis. El camionero de la empresa de mi mujer supuestamente metió hachis en las cajas de pescado de mi mujer. A mi mujer la detuvieron en su empresa, y esta imputada.

Yo estaba en mi puesto de trabajo, una depuradora de aguas residuales, soy electromecanico de mantenimiento. La UDYCO se persono alli, y me engañaron con la escusa de ir a comisaria. Fui con ellos, yo en mi coche. En la comisaria me detienen, y me quitan las llaves del coche y el coche. A las 24 horas me dejan en libertad, sin pasar por ningún juez, ni declaración, ni nada de nada.

Mi coche no ha transportado drogas. Mi mujer lo cogia algunas veces para ir a su trabajo. Eso es todo. Jamas ha servido de herramienta de nada. Mi cuenta solo tiene los ingresos de mi sueldo y la devolucion del IRPF.

Mi coche esta embargado por la financiera. Lo compre a 8 años, y solo habia pagado 2. Tras todo esto sufrí graves penalidades economicas, y no pude pagar mas letras del coche. Ahora me amenazan con embargarme la nomina.

Ya se lo he pedido todo al juez, y se niega. He pedido una AUDIENCIA con él, y también se niega.

¿Es legal la actitud del juez? ¿O esta actuando de forma ilicita?

24/09/2014 23:44
Yo si veo ajustada a derecho la actuacion del juez.


Artículo 374 CP.

1. En los delitos previstos en los artículos 301.1, párrafo segundo, y 368 a 372, además de las penas que corresponda imponer por el delito cometido, serán objeto de decomiso las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, los equipos, materiales y sustancias a que se refiere el artículo 371, así como los bienes, medios, instrumentos y ganancias con sujeción a lo dispuesto en el artículo 127 de este Código y a las siguientes normas especiales:

1 .ª Las drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas serán destruidas por la autoridad administrativa bajo cuya custodia se encuentren, una vez realizados los informes analíticos pertinentes y guardadas muestras bastantes de las mismas, salvo que la autoridad judicial competente haya ordenado su conservación íntegra. Una vez que la sentencia sea firme, se procederá a la destrucción de las muestras que se hubieran apartado, o a la destrucción de la totalidad de lo incautado, en el caso de que el órgano judicial competente hubiera ordenado su conservación.
2 .ª A fin de garantizar la efectividad del decomiso, los bienes, medios, instrumentos y ganancias podrán ser aprehendidos o embargados y puestos en depósito por la autoridad judicial desde el momento de las primeras diligencias.
3 .ª La autoridad judicial podrá acordar que, con las debidas garantías para su conservación y mientras se sustancia el procedimiento, el objeto del decomiso, si fuese de lícito comercio, pueda ser utilizado provisionalmente por la Policía Judicial encargada de la represión del tráfico ilegal de drogas.
4 .ª Si, por cualquier circunstancia, no fuera posible el decomiso de los bienes y efectos señalados en el párrafo anterior, podrá acordarse el de otros por un valor equivalente.
5 .ª Cuando los bienes, medios, instrumentos y ganancias del delito hayan desaparecido del patrimonio de los presuntos responsables, podrá acordarse el decomiso de su valor sobre otros bienes distintos incluso de origen lícito, que pertenezcan a los responsables.
2. Los bienes decomisados podrán ser enajenados, sin esperar el pronunciamiento de firmeza de la sentencia, en los siguientes casos:

a) Cuando el propietario haga expreso abandono de ellos.
b) Cuando su conservación pueda resultar peligrosa para la salud o seguridad públicas, o dar lugar a una disminución importante de su valor, o afectar gravemente a su uso y funcionamiento habituales. Se entenderán incluidos los que sin sufrir deterioro material se deprecien por el transcurso del tiempo.
Cuando concurran estos supuestos, la autoridad judicial ordenará la enajenación, bien de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o la representación procesal de las comunidades autónomas, entidades locales u otras entidades públicas, y previa audiencia del interesado.

El importe de la enajenación, que se realizará por cualquiera de las formas legalmente previstas, quedará depositado a resultas del correspondiente proceso legal, una vez deducidos los gastos de cualquier naturaleza que se hayan producido.

3. En los delitos a que se refieren los apartados precedentes, los jueces y tribunales que conozcan de la causa podrán declarar la nulidad de los actos o negocios jurídicos en virtud de los cuales se hayan transmitido, gravado o modificado la titularidad real o derechos relativos a los bienes y efectos señalados en los apartados anteriores.

4. Los bienes, medios, instrumentos y ganancias definitivamente decomisados por sentencia, que no podrán ser aplicados a la satisfacción de las responsabilidades civiles derivadas del delito ni de las costas procesales, serán adjudicados íntegramente al Estado.


25/09/2014 16:50
Hola,

lo estipulado en el articulo 374 del Codigo Penal...

está muy bonito para alguien que haya cometido delito, este imputado, o lo que sea.

Para mi que soy inocente, no estoy imputado, no hay ni una sola prueba en el sumario en contra mia, ya que no puede haberla...

Siendo yo un trabajador que todo se lo gana honradamente, teniendo un trabajo fijo desde hace mas de diez años, y siendo oficial de segunda electromecanico de mantenimiento...

Siendo yo el tittular del vehiculo, la cuenta bancaria y el telefono...

Y teniendo separacion de bienes con mi esposa desde que nos casamos...

Opino que lo que está haciendo el señor Juez con mis hijos, mi familia, mi hogar y mi mismo es:

Una barbaridad que me está ocasionando graves perjuicicos en mi vida y en la de los mios, y que...

Voy a denunciarlo tras tener yo en mis manos, sus motivos para negarse a devolverme mis cosas, e intentaré que no destruya más familias númerosas inocentes...

Porque no se puede jugar de esta forma con la vida de unas personas inocentes, que no han hecho nada...

Y... ¿quereis el colmo de los colmos?

Me acaba de decir mi abogado que mi coche lo lleva usando la UDYCO casi desde el primer dia que me lo quitaron...

¡Cómo para que me diga el juez que mi coche es una prueba!

Mi moraleja es esta:

Puede que los buenos de la pelicula... No sean tan buenos.

Ahi queda eso.
07/10/2014 00:10
Puse una reclamación en el Consejo General del Poder Judicial, y me acaban de contestar:

Acusamos recibo a su reclamación electrónica de fecha 22 de septiembre de 2014, en relación al Juzgado de Instrucción número 8 de Málaga.

Tras su lectura, le informamos de que, para poder valorar la misma, es preciso que nos indique la clase y número del procedimiento judicial al que se refiere, y, asimismo, que nos concrete si ha solicitado por escrito la devolución de los efectos que indica, en su caso, en qué fecha, así como si se ha resuelto dicha petición.

Puede facilitarnos esos datos a través de nuestra dirección de correo electrónico: atencionciudadana@cgpj.es

Ya os iré contando como va yendo todo.
07/10/2014 17:33
Que la UDYCO utilice tu coche es legal y entra dentro de lo normal en casos de tráfico de drogas. No hay motivo para pensar que los buenos no lo sean tanto. El forista topi ya puso esto:

3 .ª La autoridad judicial podrá acordar que, con las debidas garantías para su conservación y mientras se sustancia el procedimiento, el objeto del decomiso, si fuese de lícito comercio, pueda ser utilizado provisionalmente por la Policía Judicial encargada de la represión del tráfico ilegal de drogas.
07/10/2014 22:56
Hola Paleg, el del ultimo mensaje.

Espero que no te pasé nunca lo que me ha pasado a mi, siendo yo inocente, y no estando imputado en nada.

Que tus hijos nunca pasen lo que pasaron los mios, que nunca te quiten tu coche, cuando ello sea tu herramienta de trabajo, por hacer 70 kilometros diarios para llegar a mi puesto de trabajo.

Que esos buenos como tu los llamas, no te hagan sufrir vejaciones las 24 horas que pasas en un calabozo, como me las hicieron a mi. SI, TUS BUENOS, espero no verlos nunca por la calle, porque ahora no se si me podre contener y decirles a la cara la escoria que son.

Espero que nunca te lleves en tratamiento psiquiatrico por depresión durante un año, como llevo yo, por no haber hecho nada y que te jodan la vida de tu familia y tus hijos.

Espero que nunca te bloqueen tu cuenta con tu sueldo, como a mi, y te las veas y te las desees como me las vi yo para sacar adelante a mis hijos, a una anciana enferma de cancer y a una discapacitada mental con 33 años.

Y... ¿esto es la justicia?, ¿esos son tus buenos?,y... ¿quien o quienes hacen este maravilloso código penal que causa tanto daño colateral y destruye a tantos inocentes, como mis hijos de 15, 13 y 5 años?

¿asi es ese señor juez, que ni tiene dignidad para ofrecerme una audiencia, y ni siquiera contestarme a nada en todo este tiempo? ¿por que yo, con separación de bienes con mi mujer, tengo que pagar los presuntos delitos de mi mujer? Yo estoy 9 horas fuera de mi casa a diario por mi trabajo, y no se si mi mujer me pone los cuernos con otro.

Pero sabes que... que sobreviví, a trancas y barrancas, con mis hijos, con esa anciana enferma de cancer y con la discapacitada mental. Y sobreviviré a todo esto de este juez y juzgado. Pero ya nunca veré a tu justicia y a tus buenos... como los ves tú.

Espero que nunca te toque lo que me tocó a mi, yo, trabajador, sin antecedentes, hombre de mi casa... quizas como puedas ser tú.

08/10/2014 07:36
Y se me olvidó decirte tambien Pauleg...

espero que tu padre nunca fallezca preocupado por ti por un caso como este... como ha fallecido el mio hace dos semanas.

Ni veas nunca la cara de un niño de 5 años... como ví la cara del mio, cuando llegué a mi casa, después de pasar 24 horas en un calabozo, y habiendo estado mi hijo sin su madre y su padre.

¿Y que he hecho yo para sufrir todo esto? Nada, absolutamente nada. Te repito que soy inocente, no he hecho nada, no he cometido delito, no estoy imputado.

Para los que alaban esta justicia: esta justicia comete muchos fallos, juega con las vidas de demasiadas personas inocentes, destruye a demasiados inocentes.

No dejare ni una piedra sin mover para que todo esto cambie.
11/10/2014 14:41
Estimado amigo. Comprendo tu situación. Soy abogado de Málaga y el Juez de Instrucción 8 es alguien con criterios difíciles de modificar. Te lo digo por propia experiencia. Creo que deberías darle un nuevo impulso a tu caso. Juan Carlos Rojo.
13/10/2014 01:11
Gracias por tu comprensión lordgatsby.

Todavia sigo sin entender porque esta justicia, golpea primero y pregunta luego, al cabo de mucho tiempo.

Tendré en cuenta tu proposición.

Un saludo.
13/10/2014 13:57
hola, que tal?

Me ha vuelto a contestar el Consejo General del Poder Judicial, os pongo lo que me han dicho:

Acusamos recibo a su mensaje de correo y a su formulario electrónico de fechas 7 y 10 de octubre de 2014, en relación al Juzgado de Instrucción número 8 de Málaga, que unimos al expediente número 44288/2014.

A la vista de los mismos, le comunicamos que vamos a dirigirnos al citado órgano judicial a fin de que nos informen sobre los hechos que expone, y tan pronto como recibamos esa información nos pondremos de nuevo en contacto con Vd.

Al menos, se están tomando en serio mi problema. Ya os contaré como va todo. Un saludo.
13/10/2014 14:14
Hola, amigo. En un caso similar al tuyo con el mismo Juzgado presenté dos quejas al Consejo General del Poder Judicial. La respuesta que te han mandado es exactamente la misma que me mandaron a mí. Después de éso, se limitaron a pedir información al Juzgado.
La única opción que tienes es luchar en el Juzgado hasta que consigas la devolución de tus pertenencias.
Yo tengo varios temas en Instrucción 8 y conozco a casi todos los funcionarios y al Juez. Esto no me coloca en mejor posición que ningún otro abogado, pero si puedo ayudarte, dímelo.
Juan Carlos Rojo García